Buenos Aires 1/3/2024. Inauguración de las Sesiones
Ordinarias del HCN, el presidente Javier Milei junto a diversas autoridades del
gobierno nacional, preside la asamblea en el recinto de la cámara de diputados
de la nación. Rodrigo Nespolo/ pool ARGRA
El Poder Ejecutivo envió a los gobernadores un nuevo
borrador de la ley ómnibus como punto de partida para volver a
negociar en el Congreso. De forma separada, adjuntó un paquete de medidas
fiscales que, en algunos artículos, implicará un alivio fiscal a
las arcas provinciales por la vía de una mayor coparticipación, como por
ejemplo la restitución del pago de Ganancias para unos 800 mil
empleados.
“El Estado argentino se encuentra bajo la obligación
de balancear sus cuentas fiscales, debiendo para ello apoyarse en dos
pilares fundamentales: la reducción de gasto público y la mejora en la
recaudación impositiva”, asegura la Casa Rosada en el proyecto de ley que giró
hacia los gobiernos provinciales.
“El sistema fiscal argentino registra una de las mayores
tasas de presión fiscal en el mundo cuando se analiza el sector formal de la
economía. La existencia de numerosos impuestos distorsivos dificulta y margina
a muchos individuos, empresas y emprendimientos del sector formal. Ello derivó
en un incumplimiento de obligaciones fiscales por parte de estas empresas, que
perjudicó ampliamente la recaudación fiscal a lo largo de las últimas décadas”,
continuó.
El Gobierno adjuntó a la nueva versión de la ley ómnibus un
paquete de medidas fiscales que, en algunos artículos, implicará un alivio
fiscal a las arcas provinciales por la vía de una mayor coparticipación
Para justificar el retorno de la cuarta categoría de
Ganancias, eliminado a fines de 2023 por el Congreso tras un proyecto empujado
por el entonces ministro de Economía y candidato presidencial Sergio
Massa, el Poder Ejecutivo planteó que “ese impuesto es el tributo de mayor
progresividad del entramado fiscal argentino, ya que toma como base para
su determinación los ingresos netos del contribuyente, por oposición a otros
tributos que, de manera regresiva, imponen cargas fiscales homogéneas a
distintos contribuyentes sin tomar en cuenta su situación particular o que
recaen sobre el valor del activo sin tener en cuenta su rendimiento económico”.
Ganancias
El paquete fiscal prevé volver a cobrar ese tributo a un
grupo numeroso de trabajadores en relación de dependencia que habían quedado
exentos. “Se propone modificar la Ley del Impuesto a las Ganancias para
alcanzar, a través de alícuotas progresivas, una carga tributaria que permitirá
al Estado recomponer los ingresos perdidos por la política fiscal
adoptada en forma previa a diciembre de 2023 sin dejar de lado los elementos
rectores del tributo en cuestión: la valoración de la capacidad contributiva de
cada contribuyente en particular y la progresividad del impuesto a los ingresos
para que, mientras mayor sea el resultado económico de un contribuyente, mayor
sea su contribución”, explica el proyecto.
Ganancias volvería a contar con cuarta categoría, según el
paquete fiscal que giró el Ejecutivo a los gobernadores (Télam)
“El actual diseño de la norma propuesta tiene por fin evitar
situaciones en las cuales exista un desincentivo a incrementar el resultado de
la actividad económica por temor a sufrir una carga impositiva adicional
que anule dicho mayor ingreso. En efecto, bajo las normas propuestas, no
habrá casos en los que un contribuyente que aumente su ingreso vea dicho
incremento anulado totalmente por el impuesto”, continúan los considerandos.
Según lo estipulado en el articulado de ese capítulo de la
ley, los ingresos alcanzados serían los sueldos mensuales a partir de 1,25
millones de pesos, es decir la misma cifra que se planteó en la primera versión
de la Ley Ómnibus, que se debatió entre diciembre y enero. No hubo, asegura el
tributarista Sebastián Domínguez, una actualización nominal a pesar de la
inflación acumulada entre una versión y otra de la iniciativa.
“Esto no es para nada razonable ya que se conoce
la inflación de enero y febrero. Por lo menos debería ajustarse por esa
inflación y que no se tribute hasta un sueldo brutos de $1.700.000. Por
otro lado, se debe mantener el ajuste por IPC trimestral agregando
una clausula gatillo permanente para que si se verifica dentro del trimestre un
20% acumulado se adelante la actualización tanto para deducciones como para
tramos de escala”, planteó Domínguez.
Según lo estipulado en el articulado de ese capítulo de la
ley, los ingresos alcanzados serían los sueldos mensuales a partir de 1,25
millones de pesos, es decir la misma cifra que se planteó en la primera versión
Por otra parte, cuestionó que “si se aprueba sería
retroactiva al 1° de enero. No es razonable aunque sea legal porque el periodo
fiscal de Ganancias sea el año calendario. Debería entrar en vigencia a partir
del 1° del mes siguiente al de su publicación en el Boletin Oficial. No
debe generarse deuda a empleados que probablemente hayan debido gastar
todo lo cobrado ante el aumento de los costos de vida”.
La restitución de la cuarta categoría de Ganancias es
posiblemente el más relevantes de los impuestos abordados por el paquete
fiscal. Eso es así porque al tratarse de un tributo que integra la
coparticipación con las provincias, forma parte del tira y afloje entre la
Casa Rosada y los gobernadores, que vieron reducida su tajada de reparto
federal de impuestos, junto con el ajuste en las transferencias discrecionales
desde la Nación.
Monotributo
Las escalas de monotributo pasarían a ser, de acuerdo al
paquete fiscal, de un máximo de ingresos de $3.000.000 anual (unos
$250.000 mensuales) para la categoría más baja; para la categoría B un tope
de $4.000.000 anuales ($333.333 mensuales); para la C un máximo
de $5.500.000 por año ($458.333 mensuales); para la D un techo
de $7.500.000 anuales ($625.000 por mes).
Para las categorías más altas las escalas quedarían: para la
E con un ingreso anual máximo de $10.000.000 ($833.333 mensuales);
para la F de $13.000.000 anuales ($1.083.333 por mes); para la G
de $16.500.000 ($1.375.000 mensuales); y para la H, un tope
de $20.500.000 ($1.708.333 mensuales).
Por otro lado, la ley determina que tendrán esos montos
actualización trimestral. “Los montos máximos de facturación, los montos de
alquileres devengados y los importes del impuesto integrado a ingresar,
correspondientes a cada categoría de pequeño contribuyente (...) se
actualizarán trimestralmente a partir del mes de abril del año fiscal
2024, inclusive, por la variación anual del Índice de Precios al Consumidor
(IPC)”, reza el artículo 52°.
Las escalas de monotributo pasarían a ser, de acuerdo al
paquete fiscal, de un máximo de ingresos de $3.000.000 anual (unos $250.000
mensuales) para la categoría más baja hasta $20.500.000 para la última
Bienes Personales
El proyecto prevé una reducción de alícuotas, tal como lo
estipulaba la versión anterior que fracasó en la Cámara de Diputados. “No
escapa al conocimiento general que, durante los períodos fiscales que van entre
el 2016 y el 2023, la alícuota nominal del impuesto sobre los bienes personales
fue incrementada en sucesivos saltos desde el 0,25% (proyectado bajo el
artículo 70 de la ley 27.260) hasta una tasa máxima del 2,25%, vigente
actualmente”, menciona en los considerandos.
“Resulta evidente que un tributo patrimonial cuya alícuota
máxima actual alcanza el 2,25% resulta excesivo a la luz de las
garantías constitucionales de capacidad contributiva y no confiscatoriedad que
rigen nuestro sistema fiscal, ya que en muchos casos implicaría la absorción de
una parte sustancial de la renta de los activos gravados e, incluso, podría
resultar en la pérdida paulatina del capital productor de renta”,
planteó.
Respecto del ritmo en que se reducirán las alícuotas, para
las declaraciones juradas con los patrimonios hasta fin de 2023 las tasas
serán, tal cual lo previsto, entre 0,5% y 1,50 por ciento. Entre 2024
y 2026 quedarían vigente solo dos alícuotas, entre 1,25% y 1,50% y
desde 2027, una única tasa de 0,25 por ciento.
Por otro lado, el Poder Ejecutivo volverá a proponer un
esquema de pago anticipado de ese tributo por los montos que
corresponden a los próximos años, hasta 2027. Se trata del Régimen
Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (“REIBP”) por
todos los períodos fiscales hasta la fecha de su caducidad, el 31 de diciembre
de 2027, asegura el articulado.
El Gobierno buscará nuevamente bajar Bienes Personales
hasta una alícuota única de 0,25% del patrimonio
“Los contribuyentes deberán realizar un pago inicial del
REIBP de no menos del 75% del total del impuesto a determinar bajo las normas
del presente régimen. Este pago inicial deberá ser realizado hasta el 30 de
junio de 2024, inclusive”, menciona.
Y también otorgará estabilidad fiscal por 14 años. “Los
contribuyentes que opten por adherirse al REIBP gozarán de estabilidad fiscal
hasta el año 2038 respecto del Impuesto sobre los Bienes Personales y de todo
otro tributo nacional (cualquiera fuera su denominación) que se cree y que
tenga como objeto gravar todos o cualquier activo del contribuyente, no
pudiendo ver incrementada su carga fiscal por tributos patrimoniales”.
Otras medidas tributarias
El paquete fiscal del Poder Ejecutivo también volverá a
insistir con otras iniciativas tributarias como el blanqueo de capitales,
la moratoria impositiva, modificaciones a distintos impuestos internos, la
eliminación del impuesto a la transferencia de inmuebles y la creación de un
régimen de transparencia para el consumidor.
El blanqueo tendrá como plazo máximo de ingreso el 31 de
diciembre de 2024 y el Ejecutivo se reserva el derecho de extenderlo hasta el
31 de marzo de 2025. La iniciativa tendrá tres etapas. Una primera cuyo fecha
límite de manifestación de adhesión y pago del anticipo obligatorio es
el 31 de julio y en la cual el contribuyente pagaría una alícuota
de 5% sobre los activos que declare. Una segunda desde el 1° de
agosto hasta el 30 de septiembre (10% de alícuota) y una tercera
desde el 1° de octubre hasta fin de año, con una alícuota de 15 por
ciento. INFOBAE
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