La Secretaría de Comercio derogó más de 60 resoluciones y disposiciones, algunas con vigencia desde
la década de '90, en busca de lograr un "comercio interior más
simple, menos burocrático y más transparente". La decisión se formalizó
por medio de la Resolución 51/2024, publicada este lunes en el Boletín Oficial.
El objetivo de esta medida es lograr una
"profundización de la libertad de mercados, impulsando la interacción espontánea de la oferta y de la demanda como
modo de ordenamiento y reactivación de la economía, facilitando el
funcionamiento de los mercados y el comercio interno y externo, promoviendo la
desregulación de los mercados y la simplificación regulatoria", según el
texto oficial.
"Resulta indispensable alinear las políticas de
regulación del mercado interno en el sentido antes expuesto, procediendo a una
verdadera desburocratización y simplificación de los procesos productivos en
relación con el consumidor, así como a la eliminación de todas las trabas y
obstáculos al comercio que solo han generado incrementos en los costos de
transacción para los proveedores y el consecuente encarecimiento de los precios
de los bienes y servicios para los consumidores", enfatizó el Poder
Ejecutivo.
Entre las resoluciones derogadas se encuentran la 134/98
sobre Defensa del Consumidor: se elimina la obligatoriedad de que las
entidades bancarias, financieras y de cualquier otra índole informe
mensualmente a la Secretaría de Comercio la tasa de interés anual y efectiva
mensual aplicada al financiamiento de saldos deudores, en pesos y en dólares,
tasa de interés punitoria aplicada, tasa de interés de extracciones o adelantos
de dinero en efectivo, cargo o arancel mensual por gastos de administración;
cargo o arancel anual, gastos por emisión de tarjetas, gastos de envío del
resumen y tarjetas o cualquier otro cargo, tasa, comisión, gastos adicionales o
similares que cobren a los poseedores de las tarjetas.
Otras resoluciones
derogadas
También, se derogó la resolución 313/98: ahora, las
entidades financieras no tendrán la obligación de dar a conocer a la Secretaría
de Comercio el Costo Financiero Total de las operaciones de crédito hipotecario
destinado a la adquisición de viviendas.
Otra es la 387/99: las entidades que otorgan créditos
prendarios sobre autos cero kilómetro ya no tienen la obligación de
informar trimestralmente a la Secretaría de Comercio sobre el costo financiero
total y el valor de la cuota total de las operaciones. Esa información se podía
publicar y difundir para el conocimiento de los consumidores.
En tanto, con la derogación de la 678/99, las
escuelas privadas ya no tendrán la obligación de informar anualmente a Comercio
Interior el valor total de la cuota mensual que perciben por la prestación del
servicio educativo para cada nivel de enseñanza.
Asimismo, quedó sin efecto la resolución 54/2000:
los prestadores de medicina prepaga ya no deberán
informar periódicamente el valor total de la cuota mensual que perciben
por la prestación del servicio.
Otra que quedó sin vigencia es la 19/2002: los
supermercados ya no estarán obligados a informar a Comercio ni los precios
máximos ni mínimos, ni la presencia de los productos en góndola, ni la
variación ni promedio semanal de precios.
La resolución 52/2002 también quedó afuera: los proveedores
de productos y servicios que hayan informado el precio de los mismos
podrán comercializar al precio que deseen sin que implique un incumplimiento de
las leyes N° 22.802 y N° 24.240. IPROFESIONAL |