Por Carlos Lamiral - El Ministerio de Economía dispuso elevar las tasas de intereses resarcitorios y punitorios,
que son los que se pagan por el retraso en el pago de impuestos, por encima del
15% mensual, según la Resolución 3/2024, que
se publicó en el Boletín Oficial.
"Las tasas de
intereses por la falta de pago en término de obligaciones impositivas,
previsionales y aduaneras pasan de valores fijos a valores variables y se
ajustarán en forma bimestral desde el primero de febrero,
inclusive", señaló el tributarista Sebastián Domínguez.
En un reporte,
señala que la tasa de intereses resarcitorios, que es
cuando se produce una mora, pasa del 5,91% a 1,3 veces la tasa activa efectiva mensual de descubiertos en
cuenta corriente no solicitado previamente del Banco Nación Argentina
(BNA) "Eso llevaría la tasa de intereses resarcitorios poco más del 15% mensual", explicó.
Las nuevas tasas
de intereses punitorios
Por otro lado, la
tasa de intereses punitorios, que es la que rige cuando la
AFIP hace un reclamo por vía judicial, pasa del 7,37% 1,5 veces la tasa activa
efectiva mensual de descubiertos en cuenta corriente no solicitado
previamente del (BNA). "Eso llevaría la tasa de intereses punitorios casi
el 18% mensual", advirtió.
Las tasas de
intereses resarcitorios y punitorios para deudas en dólares se mantienen en el
0,83% mensual y 1% mensual respectivamente.
Para el caso de
devoluciones, acciones de repetición, reintegros y otros casos, se aplicará la
tasa de depósitos a 30 días publicada por el BCRA. Actualmente la tasa era fija
del 3,84%.
Una advertencia
sobre cambios en las tasas
"Sin duda las
tasas vigentes hasta el 31 de enero son tasas reales negativas muy alejadas de
la inflación actual. Esto
genera que los contribuyentes, en muchas ocasiones, se financien a través de
planes de pago que otorga la AFIP o incluso no paguen ya que el costo de la
mora es bajo, afectando las cuentas públicas", señaló el socio de SDC
Asesores Tributarios.
Sin embargo,
plantea que "el contexto económico actual y alta presión fiscal que
existe en la Argentina genera que muchos contribuyentes estén imposibilitados
de cumplir con sus obligaciones en término y un incremento casi al
triple de los intereses resarcitorios, puede afectarlas aún más".
"Sobre todo,
porque la tasa de interés aplicables a descubiertos en cuenta corriente no
pactados son las más altas que cobra el BNA", advirtió.
Domínguez indicó
que "el Ministerio de Economía debería fijar la misma tasa de interés para
las devoluciones, acciones de repetición, entre otras que interponen los
contribuyentes".
"No puede ser
que la AFIP cobre una tasa cuando el contribuyente se atrasa en el pago de sus
obligaciones y no pague la misma tasa cuando se demora (y en muchos casos sin
razones) en efectuar las devoluciones", exigió el tributarista.
Las tasas de
intereses serán publicadas, al inicio de cada bimestre, en el sitio web de AFIP. AMBITO |