La Secretaría de Agricultura,
Ganadería y Pesca fijó cupos de carne a países de Corporación Andina y Mercosur.
Lo hizo mediante la Resolución 8/2024. El 18 de octubre de
2004 se firmó un Acuerdo de Complementación Económica entre
la Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay, estados que componen el Mercosur. En
tanto la Comunidad Andina está conformada por Colombia, Ecuador y Venezuela. El
acuerdo establece una Zona de Libre Comercio a través de un programa de
liberalización comercial aplicable a productos originarios de los Estados
Partes signatarios, entre ellos las carnes vacunas enfriadas y congeladas, los
chocolates y golosinas, y los productos lácteos. En este sentido, la
resolución dispone que se distribuya 906,989 toneladas. Al
mismo tiempo se establece que el remanente de 3,787 toneladas pasan
a conformar el Fondo de Libre Disponibilidad. La cantidad a exportar expresada
por el Artículo 1º de la presente resolución deberá ingresar a Colombia hasta
el 31 de diciembre de 2024. Por otra parte, se
agrega que se estableció que los cupos cárnicos serían
distribuidos en partes iguales correspondiendo a cada Estado del Mercosur parte
el VEINTICINCO POR CIENTO (25%) del tonelaje total
acordado para cada año. Las exportaciones autorizadas en
carácter de adelantos de cupo con arreglo al ciclo comercial
2024 quedan comprendidas en la adjudicación final de la
presente medida. Argentina abre
cupo arancelario de carne vacuna para Estados Unidos A través de la Resolución 477/2023 se abrió el cupo arancelario
anual de carne vacuna deshuesada, fresca, enfriada o congelada con
destino a los Estados Unidos de para el ciclo comercial 2024. El cupo es de 20.000 toneladas y se otorgará a través de un proceso de
adjudicación en el que participarán empresas titulares de
establecimientos frigoríficos habilitados para exportar al norte y proyectos
conjuntos conformados por grupos de productores y/o asociaciones de criadores
de raza bovina y empresas con frigoríficos. El plazo de
inscripción para el ciclo 2024 será de 15 días corridos y
comenzará a partir de la entrada en vigor de la presente resolución, es
decir, desde este miércoles 6 de diciembre. Los interesados deberán
completar un formulario a través del Trámite a Distancia (TAD) y
presentar la documentación requerida.
Asimismo, la
Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca autorizó a la Subsecretaría de
Mercados Agroindustriales a otorgar adelantos desde el inicio del
ciclo comercial y hasta el dictado del acto de adjudicación final
únicamente para aquellas empresas y proyectos conjuntos que hubieren superado
el control documental. AMBITO |