A través de la Resolución 477/2023 publicada este martes en
el Boletín Oficial se abrió el cupo arancelario anual
de carne vacuna deshuesada, fresca, enfriada o congelada con
destino a los Estados Unidos de para el ciclo comercial 2024.
El cupo es de 20.000 toneladas y se otorgará a través de un proceso de
adjudicación en el que participarán empresas titulares de
establecimientos frigoríficos habilitados para exportar al norte y proyectos
conjuntos conformados por grupos de productores y/o asociaciones de criadores
de raza bovina y empresas con frigoríficos.
El plazo de
inscripción para el ciclo 2024 será de 15 días corridos y
comenzará a partir de la entrada en vigor de la presente resolución, es
decir, desde este miércoles 6 de diciembre. Los interesados deberán
completar un formulario a través del Trámite a Distancia (TAD) y
presentar la documentación requerida.
Asimismo, la
Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca autorizó a la Subsecretaría de
Mercados Agroindustriales a otorgar adelantos desde el inicio del
ciclo comercial y hasta el dictado del acto de adjudicación final
únicamente para aquellas empresas y proyectos conjuntos que hubieren superado
el control documental.
La resolución
comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial.
Requisitos para la
solicitud
Para la
categoría INDUSTRIA
Constancia de
inscripción actualizada ante la Inspección General de Justicia (IGJ) o la
autoridad registral correspondiente a su jurisdicción.
Copia del poder
extendido a favor de una persona humana determinada.
Copia del Documento
Nacional de Identidad del titular, representante y/o apoderado.
Instrumento que
acredite la titularidad del establecimiento o bien su carácter de tenedor o
poseedor.
Nota dirigida a la
Subsecretaría de Mercados Agroalimentarios, que detalle la cantidad de
toneladas que se compromete a exportar y el programa de faena mensual.
Nota dirigida a la
Subsecretaría de Mercados Agroalimentarios, que detalle el cronograma de
exportaciones mensualizado.
Declaración del
número de establecimiento ante el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad
Agroalimentaria (SENASA).
Declaración del
número de establecimiento ex-ONCCA en el Registro Único de Operadores de la
Cadena Agroalimentaria (RUCA).
Documentación
adicional referida a registro de marcas comerciales, experiencia en el negocio
de comercialización de carnes vacunas, listado de importadores y clientes, etc.
Identificación de
los antecedentes de exportación dentro y fuera del contingente.
Para los
postulantes nuevos
Copia de los
contratos constitutivos, estatutos o reglamentos junto con las modificaciones.
Documentación que
acredite que el/los signatario/s de la solicitud, poseen representación
suficiente.
Para las
empresas que conformen GRUPOS ECONÓMICOS
Documento legal que
acredite la constitución de un Grupo Económico.
Constancia de
inscripción actualizada de la Sociedad Controlada ante la IGJ.
Copia de Estatutos
Societarios de la Sociedad Controlada.
Condiciones
generales para todas las subcategorías
Verificación de
oficio por parte de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de que la
nómina de establecimientos posea la habilitación sanitaria correspondiente
expedida por el SENASA y que se encuentren debidamente inscriptos y con
matrícula vigente ante el RUCA.
Vigencia de las
habilitaciones e inscripciones al momento de la publicación de la medida.
En resumen, el
texto establece lo siguiente:
El cupo arancelario
de carne vacuna deshuesada para el ciclo comercial 2024 es de 20.000 toneladas.
El proceso de
adjudicación se realizará a través de un procedimiento competitivo.
El plazo de
inscripción para el ciclo 2024 será de 15 días corridos.
Las empresas
interesadas deberán completar un formulario a través del TAD y presentar la
documentación requerida.
La Subsecretaría de
Mercados Agroindustriales podrá otorgar adelantos a las empresas y proyectos
conjuntos que hubieren superado el control documental. AMBITO
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