Por iProfesional
- El Gobierno dispuso prohibir a
partir de hoy y hasta el 31 de diciembre de 2023 la exportación de siete cortes
de carne bovina con el propósito de frenar la suba de precios del producto en
el mercado interno que tienen una fuerte incidencia sobre el índice de precios
al consumidor.
Mediante
el decreto 911 publicado en el Boletín Oficial, que lleva la firma del
presidente Alberto Fernández, del jefe de Gabinete, Juan Manzur, y del ministro
de Agricultura, Julián Domínguez, se
establece que no se podrá exportar asado con o sin hueso, falda,
matambre, tapa de asado, nalga, paleta, y vacío. A estos cortes los llama
"Cortes Preferidos", en la modalidad de frescos, enfriados o congelados.
Según
los fundamentos de la norma, "las medidas que se disponen contribuyen a
generar un equilibro entre el mercado argentino y la exportación de
productos cárnicos".
A
su vez, el decreto considera que "es necesario construir una política
pública para la cadena de la carne con el objeto de aumentar la
producción, la existencia ganadera y el peso promedio de faena, generando
previsibilidad al productor, e incrementar asimismo los volúmenes
exportables".
Además,
mediante dos resoluciones publicadas en la misma edición del Boletín Oficial,
301 y 302, el Ministerio de Agricultura libera las exportaciones de cortes
provenientes de las categorías de vacas D y E –llamadas de manufactura-, entre
otras medidas, y crea un Observatorio de Producción de la Carne Vacuna que será
presidido por Domínguez e integrado por representantes de los gobiernos
provinciales, las entidades de producción y de la industria, entre otros.
El
decreto y las resoluciones conocidas hoy constituyen el último paso del
cepo a las exportaciones de carne que comenzó a aplicar el Gobierno en
mayo pasado para frenar las subas del precio de la carne en el mercado interno.
Primero fijó una prohibición total, con excepción de las cuotas asignadas al
país en otros destinos, y luego estableció un cupo para exportar del 50%
respecto de lo vendido al exterior en 2020. Más tarde fue flexibilizando las
restricciones, especialmente de los cortes de las categorías de vacas D y E que
mayoritariamente tienen como destino China, el principal mercado de exportación
de la Argentina.
El cepo no cumplió con su
objetivo porque el precio de la carne no bajó, según señalaron los especialistas
del negocio. Por el contrario, en noviembre pasado tuvo subas promedio de 9 por
ciento.
Las
medidas conocidas hoy habían sido adelantadas por Julián Domínguez a técnicos
de las entidades rurales e industriales frigoríficos la semana pasada. Antes,
el propio ministro había informado que pasado el plazo del 31 de diciembre
establecido para las anteriores restricciones se iba flexibilizar el cepo.
Información
de la subsecretaría de Ganadería del MAGYP
La
subsecretaría de Ganadería del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de
la Nación informa que este lunes se publicaron en el Boletín Oficial las
Resoluciones 301/21 y 302/21 que instrumentan el Decreto N° 911/21 del
Presidente Alberto Fernández y la Resolución conjunta con la cartera de Desarrollo
Productivo N° 10. Este paquete de medidas establece un marco normativo para la
comercialización y exportación de la ganadería argentina para los años 2022 y
2023.
Se ha consensuado con las
entidades de productores (y la industria frigorífica), con el objeto
de dar previsibilidad y confianza a la ganadería argentina, garantizando
la producción, la exportación y el consumo de los argentinos, en base a los
análisis técnicos del sector.
La
Resolución 301/21 libera en su totalidad las exportaciones vacunas de las
categorías D, E y toros, así como de huesos con carne resultantes del desposte.
También establece la creación, en el ámbito del MAGyP, del "Observatorio
de la Producción de la Carne Vacuna". Dicho organismo consultivo brindará
asesoramiento para impulsar la productividad y generar un buen clima de
negocios en la cadena de la carne.
A
su vez, el Decreto 911/21 reserva para el mercado interno los cortes preferidos
por los argentinos (asado con o sin hueso, falda, matambre, tapa de asado,
nalga, paleta y vacío) hasta el 31 de diciembre de 2023 inclusive.Por su parte,
la Resolución 302/21 abre el registro de exportadores durante 60 días a partir
de su entrada en vigencia, permitiendo la inscripción de grupos de productores
y nuevas plantas.
Finalmente, la Resolución
dictaminada en conjunto con el Ministerio de Desarrollo Productivo N°10/21
determina que las carnes vacunas destinadas al comercio minorista deben salir
de los frigoríficos en unidades de hasta 32 kg, atendiendo a la solicitud de
las entidades gremiales del sector. Para cumplir con estos
requisitos se otorgan plazos de hasta 6 meses.
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