Por Santiago
Escobar - El dato de inflación del Instituto Nacional de Estadística y Censos
(INDEC) se conocerá en pocos días (el 12 de octubre), pero con el
inicio del mes ya se empiezan a publicar las estimaciones privadas de suba de
precios en septiembre. ¿Qué anticipan los analistas respecto del índice y cómo
impactó especialmente en alimentos, el rubro más sensible?
La inflación en los alimentos alcanzó un 12,8%
durante septiembre, de acuerdo con un informe de la consultora Focus Market. El relevamiento, que se hizo en base al
precio de 682 productos, refleja que todas las categorías de consumo masivo
presentaron aumentos de dos dígitos el mes pasado. Y es que, a la suba de los
alimentos mencionada se suma la de elementos de cuidado personal (15,3%),
artículos de limpieza (17,8%) y bebidas (11,8%).
"En dos meses, la devaluación del tipo de cambio oficial mayorista de agosto
fue devorada por la inflación. Mantenemos una variación de precios muy
elevada a pesar del ancla del tipo de cambio minorista, que se fijó en $365 por
dos meses, y el congelamiento de combustibles, prepagas, transporte público,
medicamentos, tarifas de luz y gas", sostiene el director de Focus Market,
Damián Di Pace.
Según el informe, en el top 10 de los productos cuyos precios más aumentaron en el
noveno mes del año (con relación a agosto) se encuentran: el puré ( 27,4%), vinos ( 23,3%), huevos ( 22,9%), enlatados de
pescado ( 22,7%), snacks ( 21,9%), lavandina ( 21,6%), edulcorantes ( 21,6%),
té ( 21,6%), jabón de tocador ( 21,2%) y sal ( 20,8%).
¿Qué dicen otros
relevamientos sobre inflación?
Otro relevamiento,
el de la consultora Labour Capital and Growth (LCG), que encabeza Guido
Lorenzo, concluye que los alimentos aumentaron 0,5% en
la última semana de septiembre. Esto se traduce en una desaceleración de 2,4%
en el ritmo de suba con respecto a los siete días previos y marca
el índice de inflación semanal más bajo desde principios de julio.
No obstante, para
la consultora, los precios de los alimentos registraron un alza mensual de 8,2% en promedio en las últimas cuatro semanas y
un aumento del 6,8% de punta a punta en el mismo lapso de tiempo.
Según LCG, solo en la cuarta semana de septiembre, los productos que
más aumentaron fueron las frutas (4,2%), verduras (3,8%) y los lácteos y huevos
(2,9%). Así, de las 10 categorías analizadas, se ubicaron por encima del
promedio semanal (0,5%) y tres se posicionaron por debajo. La consultora
concluye que a pesar de que las frutas y verduras aumentaron por encima de la
variación semanal, la desaceleración de la carne (baja de 2,2%) ayudó a que la
inflación del rubro alimentos desacelere.
En tanto, la
Secretaría de Política Económica difundió el pasado viernes el índice "Rubinstein" de inflación semanal (el dato que da
a conocer cada siete días el Gobierno) y arrojó una suba del 1,7% entre el 18 y
el 24 de septiembre, mientras los registros previos habían dado cuenta
de un incremento del 2% para la segunda semana del mes y del 2,1% en la
primera.
Suba de precios de
septiembre: hay consenso en que fue de dos dígitos
Cabe recordar que,
en ese contexto, las consultoras estiman que la inflación de septiembre
estará por debajo de la de agosto, que llegó al 12,4%, pero igualmente esperan
que se mantenga en los dos dígitos.
El economista
Federico Glustein, coincide con estas previsiones al estimar que el IPC de
septiembre estará entre el 10,2% y 10,7% para
septiembre "tras registrarse una desaceleración en las últimas dos
semanas, aunque manteniendo los dos dígitos mensuales".
Esa estimación
coincide con la de otras consultoras privadas. Por ejemplo, desde la
consultora Orlando J. Ferreres, el IPC-OJF (GBA) registró un alza de
los precios de 10,7% mensual y estiman que la inflación núcleo avanzó a un
ritmo mensual de 11,6%, marcando un aumento de 140% anual. Así,
la general acumulada fue de 99,9% y la núcleo acumuló 103,1%
en septiembre.
Inflación de
privados: en una leve desaceleración
En general, los privados coinciden en que durante los últimos días de
septiembre se presentó una desaceleración en la dinámica de precios. Así lo
confirma, también la Fundación Libertad y Progreso que, en su reporte, sostiene
que, "en el mes de septiembre, el IPC mostró un aumento de 11%
mensual. El rubro “Alimentos y bebidas no alcohólicas” presentó una
suba de 10,2%, con una incidencia de 2,4 p.p. en el índice.
“Septiembre se
ubica como el segundo mes consecutivo con dos dígitos de inflación después de
agosto. Si bien registramos una
desaceleración, el IPC sigue corriendo a un ritmo semanal de entre el 1,5%-2%.
Mensualizado, está en el orden del 9%. Esto nos marca una inflación que se
volvió a estabilizar otra vez un escalón más arriba”, dice Eugenio Marí,
economista jefe de la Fundación.
Así, el dato de LyP
coincide con el de Eco Go, que estimó que el IPC de septiembre será de 11%. En tanto, la variación promedio del mes
para la categoría Alimentos y bebidas es de 12,9% para ellos. La consultora
sostiene que "los precios estacionales también contribuyeron a la
inflación con un registro del 13,1%, llevando así la inflación acumulada a 95,2%".
Desde Eco Go,
sostienen que los precios de los alimentos y bebidas registraron una leve
aceleración el mes pasado, luego del 12,7% registrado en agosto por la
consultora, "impactando el fuerte arrastre que dejaron los aumentos que se
dieron luego de las PASO y la devaluación" del 14 de agosto.
La consultora
concluye que "en septiembre el 88,2% de la canasta de alimentos mostró
variaciones, siendo 83,4% positivas y 4,8% negativas. Esto implica una
reducción en la cantidad de productos que experimentó variaciones respecto al
mes pasado cuando se ubicó en 85,2%", coincidiendo con los demás
pronósticos citados en esta nota.
Por último, Camilo Tiscornia, de C&T Consultores, estima que el
IPC para septiembre estará en línea con los pronósticos del
11%. La fuerte variación mensual estuvo muy influida por el arrastre que
dejó el aumento de precios generalizado que tuvo lugar en la segunda quincena
de agosto, asevera el economista, luego del salto de los tipos de cambio post
elecciones.
"En el
comportamiento semanal se detectó una moderación a lo largo del mes, reflejando que hubo un reacomodamiento puntual a la
modificación de los tipos de cambio. Esto favorece que octubre arranque
con un menor nivel de inflación", añade Tiscornia.
Inflación: las
"sensación" de la gente
En tanto, la
expectativa de los ciudadanos respecto del dato de suba de precios para
septiembre es superior al de las consultoras privadas. Según una encuesta de la Universidad Torcuato Di Tella, la
población espera para septiembre un nivel de suba de precios del 13,6% y, para
los siguientes doce meses, prevén que aumenten en un 99,1%, es decir que
casi se duplicarán de acá a un año.
Impuesto a las
Ganancias: cuánto hay que pagar desde octubre y qué pasa con el aguinaldo
Los trabajadores
que estaban alcanzados por el Impuesto a las Ganancias previo
a la última modificación deberán esperar hasta noviembre para recibir el beneficio de la suba
del mínimo no imponible, por lo que los salarios que cobran estos días serán
aún con la retención.
La aprobación de
la Ley 27.775 que modifica el universo alcanzado por el
impuesto a las Ganancias, a través de la creación de un régimen cedular sobre
los mayores ingresos, es la instancia legislativa de un cambio que inicialmente
se aplicará por el Decreto 473/2023. Desde AFIP resaltaron que la medida
se aplicará recién en noviembre en base a los sueldos de octubre.
Bajo esta
instrumentación, comunicada el 13 de septiembre, el ministro de Economía, Sergio
Massa, buscó adelantar tres
meses lo que se aplicará de forma anual en 2024: el piso de 15 salarios mínimos
vitales y móviles como nuevo mínimo no imponible, actualmente en
$1.980.000. Sin embargo, se especulaba con la posibilidad de que a partir del
1° de octubre se aplicaran los cambios de forma retroactiva a septiembre, y los
800.000 trabajadores que dejarán de pagar Ganancias ya vieran un alivio en sus
cuentas en base al sueldo del mes pasado.
Por otra parte, los
beneficiados por este cambio si notarán el reintegro
retenido a cuenta de la segunda cuota del sueldo anual complementario,
junto a las remuneraciones y haberes devengados correspondientes al mes pasado.
Alejandra Sarni, integrante de BDO Argentina, lo explica de
esta manera: “Si durante los meses transcurridos en el segundo semestre de
2023, el valor promedio de la remuneración no haya superado la suma equivalente
a 15 salarios mínimos, se devuelve el Impuesto
correspondiente de la cuota de la doceava parte gravada desde julio hasta
agosto”.
Dicha devolución
deberá estar consignada en forma expresa en el recibo de haberes, bajo la
leyenda “Devolución Decreto N° 473/23” y de manera independiente
a la retención que pudiera corresponder en el mes que se liquida.
Bajo la reciente
implementación, solo los sueldos de 88.000 contribuyentes
serán alcanzados por este tributo.
El cálculo del
impuesto se realizará de manera semestral, es decir que,
a los fines de la determinación del gravamen, se deberá considerar el valor del
SMVM vigente al 1° de enero de ese año, con actualización el 1 de julio. Para
la especialista de BDO Argentina, la actualización debería estar conforme con
las subas del SMVM, que se dan más de dos veces al año.
Por otro lado, de
acuerdo a la nueva Ley, los trabajadores abarcados por este impuesto ingresarán
en el régimen cedular dentro del impuesto a las Ganancias denominado “Mayores Ingresos”.
Fernanda Laiún, del estudio Laiún, Fernández Sabella &
Smudt, especificó quiénes conformarán el nuevo esquema:
aquellos provenientes de cargos públicos nacionales, provinciales, municipales
y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. También jubilaciones, pensiones,
retiros o subsidios de cualquier especie, en tanto tengan su origen en el
trabajo personal y en la medida que hayan estado sujetos al pago del impuesto.
Los sujetos alcanzados se guiarán en concepto de mínimo no imponible por la
suma equivalente a ciento ochenta salarios mínimos anuales. No podrán deducir
ningún otro concepto que autorice la Ley.
A su vez, detalló quiénes quedarán por fuera del régimen cedular: los
sueldos de magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial nacional y
provincial y del Ministerio Público nacional, cuando su nombramiento hubiera
ocurrido a partir del año 2017 -inclusive-; cargos de secretario de Estado en
adelante y equivalentes; diputados y senadores; directores, síndicos, miembros
de consejos de vigilancia de sociedades anónimas y cargos equivalentes de
administradores; miembros de consejos de administración de otras sociedades,
asociaciones, fundaciones y cooperativas, consejeros de las sociedades
cooperativas; y asignaciones mensuales y vitalicias reconocidas a presidentes y
vicepresidentes de la Nación.
Los que no entran
en el régimen de mayores ingresos van a pagar impuesto a las
ganancias utilizando las deducciones generales y personales normales, lo
cual implica considerar el sueldo bruto descontando los aportes obligatorios,
el mínimo no imponible, la deducción especial, los importes que correspondan
por hijo, cónyuge y honorarios médicos, entre otros. |