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Rosatti advierte que la dolarización sería inconstitucional
ABC Mercado de Cambios S.C. comunica sobre la fuente de la siguiente nota:
Texto informativo: 20/09 - 07:41 La Nación
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El presidente de la Corte Suprema, Horacio Rosatti, se pronunció en contra de dolarizar la economía, como propone el candidato presidencial de La Libertad Avanza, Javier Milei, si esa medida implica la eliminación del peso.

“Si la dolarización elimina el peso es inconstitucional”, definió en una entrevista concedida al diario español El País. Y después amplió: “¿Cuál es la moneda de un país? La que emite: puede ser peso o patacón o lo que sea. Si una dolarización elimina la moneda argentina es inconstitucional. Si abandono una moneda y me voy enteramente a la otra es un camino que, para mí, es inconstitucional”.

Si bien en una serie de ponencias académicas Rosatti ya había planteado su postura sobre el tema, ahora cobra un mayor relieve dadas las chances de Milei de llegar a la Presidencia y a que el proyecto de dolarización es su propuesta económica estrella.

comprobó que en la Corte hay quienes no son tan terminantes como Rosatti y advierten que el máximo tribunal no se pronunció nunca sobre esta materia. Aquellos que toman distancia de Rosatti argumentan que habría que ver qué pasa si eventualmente llega un caso al tribunal.

Para Rosatti, el asunto es claro. “Esto es la letra de la Constitución, no es mi interpretación rebuscada, retorcida”. “Hay que tener una moneda que se emita en la Argentina –aseveró–. Yo no puedo regular el valor de la moneda de otro país; esa fantasía hay que terminarla”.

“Por dolarización puedo entender, por lo que estoy percibiendo, dos cosas. Una es en sentido estricto la dolarización. Me paso de una moneda a la otra. Yo no puedo defender la moneda de Estados Unidos, está claro eso, porque no tengo los resortes, porque no puedo emitir, porque no puedo regular la base monetaria. Hay cosas que sí se pueden y ya se han hecho, como ligar el valor de una moneda, la propia, a una modad neda extranjera, o a un conjunto de monedas”, argumentó el titular del máximo tribunal, al momento de marcar distinciones entre lo constitucional y lo inconstitucional.

“Cuando uno dice dolarización me parece que habría que ser un poco más preciso y decir “¿qué querés decir con esto?”, sugirió.

El juez de la Corte ya se había referido anteriormente a la dolarización de la economía doméstica con argumentos similares, aunque en esta oportunidad hizo hincapié en que la medida sería “inconstitucional si implica la eliminación del peso”. Es decir, que podría ser habilitada si es que conviven en el país dos o más monedas de curso legal, como sucede, por ejemplo, en Cuba. “No se puede [dolarizar], el artículo 75, inciso 19 de la Constitución: la defensa del valor de la moneda”, dijo Rosatti en mayo pasado en un encuentro organizado por el Grupo Clarín.

Milei logró imponer la dolarización en la agenda pública. Desde el resultado de las PASO la convirtió en un eje central de la discusión sobre cómo romper la espiral de la inflación. Tenía su propio plan cuando empezó a hablar del tema en la campaña de 2021 pero, hace unos meses, el economista Emilio Ocampo se le acercó y le llevó una propuesta distinta, que el candidato libertario decidió finalmente adoptar. Sin embargo, aún persisten dudas y las principales críticas provienen de cuatro frentes que los mismos técnicos admiten que son los desafíos más urgentes a resolver en caso de ganar las elecciones: las reservas, la estructura de precios relativos de la economía, las trabas políticas y la implementación práctica.

“Frente a una híper, no les quedaría otra que apoyar porque no hay otra solución”, argumentó Ocampo en agosto en una entrevista con la

nacion tras ser consultado sobre las trabas políticas a la iniciativa de dolarizar la economía.

Las palabras de Rosatti, marcando límites constitucionales a la idea de dolarizar, volvieron a sembrar dudas en torno al plan. Ocampo, principal gurú del libertario en la temática, ratificó ante la nacion lo que entiende que es la constitucionalidad de la medida. Lo hizo al compartir un artículo de su autoría, de febrero de este año, en el que rebate los argumentos del magistrado.

En ese texto, luego de aclarar que todas las críticas “deben ser evaluadas muy seriamente” y que su especialidad “no es el derecho sino la historia y la economía”, Ocampo sostiene que en la gran mayoría de los casos esos posicionamientos expresarían “cierta confusión” respecto de lo que implicaría una dolarización, además de que mezclarían “consideraciones de índole jurídica con juicios de valor” en relación con las “funciones” que debe cumplir la moneda en la economía, al agregar “otros conceptos difusos como ‘el valor de la soberanía’”.

El centro de todo el debate es el artículo 75 de la Constitución, que habla de las “atribuciones” del Congreso. “Según el diccionario de la RAE, atribución significa ‘cada una de las facultades o poderes que corresponden a cada parte de una organización pública o privada según las normas que las ordenen’”, cita Ocampo en su artículo, para después apuntar: “Atribución, poder o facultad no equivale a mandato, imposición u obligación”.

“Por ejemplo, el artículo 75 inciso 4 dice que es atribución del Congreso ‘contraer empréstitos sobre el Crédito de la Nación y el inciso 22 ‘aprobar o desechar’ tratados con otras naciones’. Obviamente, ni endeudarse, ni firmar tratados internacionales es una obligación. La Constitución deja discreción en manos de los legisladores”, explica el economista.

Para Ocampo, según apunta en su artículo, “dolarización es un término genérico que en su acepción más acotada simplemente significa adoptar el dólar como moneda de curso legal en todo el territorio nacional. Esto no necesariamente significa que desaparecería el peso”. Y mencionó los casos de Panamá, Ecuador y El Salvador, que, a pesar de haber dolarizado, siguen en circulación distintas monedas.●

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