Por Alfredo Sainz -
Ayer entró en vigor el programa Compre sin IVA, mediante el cual se reintegra
el 21% de las compras que realicen los jubilados, monotributistas,
beneficiarios de la AUH y empleados en relación de dependencia que cobren por
debajo de $708.000 mensuales.
La iniciativa
oficial no requiere inscripción previa y contempla el reintegro en forma
automática en un plazo de hasta 48 horas y con un tope de $18.800 mensuales.
Para saber si se está alcanzado por el beneficio, se puede consultar en este
link:
Si bien el programa
se presentó, con un espíritu marketinero, como una devolución del IVA, en los
hechos se trata de un sistema de reintegros más parecido a un subsidio, y
alcanza a productos que están gravados con una alícuota inferior al 21% o que
incluso están exentos.
¿Qué se puede
comprar? 1
Cuando se anunció
el programa, el ministro de Economía, Sergio Massa, informó que la devolución
del IVA alcanzaba a los productos de la “canasta básica”. Sin embargo, en los
hechos, y a menos que se introduzca un cambio en la operatoria, el beneficio
cubre a todos los artículos que comercializan los comercios habilitados para
vender alimentos, sin discriminar por categoría o rubro. De esta manera, la
devolución también rige para las bebidas alcohólicas y para alimentos que en
principio la gente no asocia con la canasta básica, como una mostaza importada
o una penca de salmón rosado. Lo mismo cuenta para los electrodomésticos o las
prendas de ropa que se venden en los hipermercados.
2¿Cuánto se
puede ahorrar?
En todos los casos,
el tope que rige para los beneficios es de $18.800 mensuales, aunque el
reintegro que recibe el cliente es un poco mayor a lo que está pagando en
concepto de IVA. “A través de este sistema no se devuelve el IVA de la compra,
sino que es un reintegro del 21%. La única similitud que tiene el reintegro con
el IVA es que la alícuota de ese impuesto es del 21% y el reintegro es del 21%
de la compra”, precisó el tributarista Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores
Tributarios.
En la Argentina,
existen antecedentes de programas tradicionales de devolución del IVA. El más
extendido en el tiempo fue la devolución del 5% en las compras realizadas con
tarjetadedébitoqueimplementóDomingoCavalloen2001yqueseextendió hasta 2017. En
ese caso, el monto de devolución era del 5% sobre el importe de la compra sin
IVA, lo que implicaba que el consumidor recibía en su cuenta el 4,13% de lo que
había gastado. Siguiendo esta misma lógica, ahora los consumidores no deberían
tener una devolución de $21 por cada $100, sino de un poco menos de $18, que
era el impuesto que estaban pagando en la compra. Sin embargo, en el caso del
programa Compre sin IVA la cuenta es diferente y el reintegro para el
consumidor es de casi 3 puntos más.
3. ¿En todos los
productos la devolución es igual?
Al no tratarse de
una devolución del IVA, sino de un reintegro, el monto que recibe cada cliente
es siempre el 21% sin importar si el producto está gravado con una alícuota del
21% o si tiene un régimen diferencial (frutas, verduras, carnes y la leche entera
tiene una alícuota del 10,5%). De esta manera, se dan casos llamativos. Por
ejemplo, una novela que se compre en un hipermercado pasó a tener desde ayer un
reintegro del 21% por más que los libros estén exentos del IVA.
4¿Para qué
comercios rige?
La devolución del
IVA rige para los comercios habilitados en la AFIP bajo 25 nomencladores de
actividades económicas, incluyendo mayoristas, hipermercados, supermercados,
minimercados, fiambrerías, almacenes, dietéticas, carnicerías, pescaderías,
verdulerías, mercados y puestos móviles. El único requisito que se pide es que
los comercios estén registrados para la venta de alimentos, aunque no se
especifica que sea una actividad exclusiva. Por ejemplo, un hipermercado que
además de alimentos y bebidas comercializa juguetes, electrodomésticos y ropa
está alcanzado por el programa para todos sus productos. Es decir que un
juguete o una remera que se compra en un hipermercado no paga IVA, pero sí lo
hace cuando el mismo producto se adquiere en una juguetería o un local de
indumentaria. “Nosotros nos limitamos a informar el monto de la operación y el
CUIT del cliente, y el monto de devolver es responsabilidad del Gobierno”,
explicaron en un supermercado.
5. ¿Qué medio de
pago que hay que usar para tener devolución?
Los clientes
deberán pagar con tarjeta de débito, aunque desde la AFIP precisaron que la
devolución también alcanzará a los pagos realizados desde las billeteras
digitales Modo y Mercado Pago, siempre que las cuentas estén asociadas a una
tarjeta de débito. En el Gobierno contaron a que publicarán la nacion un link
para aquellos que no aparecieron incluidos ayer en la lista oficial para cobrar
el beneficio y quieran quejarse, y para poder aclarar qué tarjeta de débito
usan.ß
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