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Cómo serán los planes de salud con copagos que deben ofrecer las prepagas
ABC Mercado de Cambios S.C. comunica sobre la fuente de la siguiente nota:
Texto informativo: 04/01 - 08:36 La Nación
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Por Silvia Stang - Las entidades de medicina prepaga deberán ofrecer planes de salud con copagos por consultas y prácticas médicas a precios que sean un 25% más bajos –por lo menos– que los valores de los contratos sin copagos, es decir, sin adicionales que los pacientes deban pagar al momento de recibir atención.

Esa obligación, que, con vigencia desde este mes, había sido dispuesta por el decreto de necesidad y urgencia 743 de noviembre último, fue reglamentada con la resolución 2 de la Superintendencia de Servicios de Salud, publicada ayer en el Boletín Oficial. La misma normativa incluyó precisiones sobre el formulario que, tal como informó ayer

la nacion, deben completar quienes tienen ingresos mensuales menores a seis veces el salario mínimo y quieran pedir que se les aplique un tope al aumento de cuotas.

La medida del Poder Ejecutivo dispone que los planes con copagos a un costo menor deben ser, en cuanto a lo que ofrecen, “idénticos” a los que no contemplen esos pagos extras. La resolución publicada ayer instruye a las prepagas a informar a la Superintendencia los valores de los copagos de cada plan y establece que los listados se publicarán en la web del organismo.

Los valores de los copagos podrán ser incrementados mensualmente, siguiendo como referencia la variación del índice de costos de salud que elabora el Gobierno. Ese índice es el que se usa desde mediados de 2022 para la actualización de las cuotas de las prepagas. Y es del cual surge que, para febrero, los precios se incrementarán un 8,21% (salvo para quienes queden alcanzados por el tope –equivalente al 90% de la variación mensual del índice salarial Ripte– que, para el mes próximo, será de 4,91%).

En el sector de las prepagas, la disposición sobre los planes con copagos tiene un impacto heterogéneo, dependiendo de cuáles son las ofertas que hoy tiene cada una disponible. Con respecto a los planes vigentes, contratados antes del 10 de noviembre de 2022, (el día en que se publicó el decreto 743), la resolución aclara que “mantendrán su vigencia bajo los mismos términos en que fueron contratados”. Es decir, podrán mantener otro diferencial en el precio, respecto de los planes sin copagos, que el que ahora se establece.

Las prestaciones por las que podrá haber copagos en los planes ofrecidos son: consultas médicas; psicología; prácticas de laboratorio; pruebas de diagnóstico y terapéuticas; prácticas de kinesiología, fisiatría, fonoaudiología y foniatría; atención domiciliaria (código verde o amarillo); odontología; tomografía axial computarizada; resonancia magnética; radio in mu no ensayo y radio in mu no análisis; laboratoriobio molecular y genético; medicina nuclear; estudios de imágenes que requieran preparación previa o uso de medios de contraste, prácticas endoscópicas, con excepción de las neuroquirúrgicas y las cardiovasculares.

No podrá haber adicionales para las embarazadas y los niños de hasta 3 años; los pacientes oncológicos, los trasplantados y las personas con discapacidad, ni para quienes estén en programas preventivos o quienes reciban prestaciones y prácticas de urgencia.

Con respecto al formulario, ya habilitado, para solicitar la aplicación de un tope a la suba de cuotas, la resolución aclara que los ingresos netos que deben observarse son los del mes previo al de la declaración (en este caso, los de diciembre). La planilla podrá completarse hasta el día 20 de cada mes.

Para acceder al formulario se debe habilitar el servicio Mi SSSalud en www.afip.gob.ar, ingresando con clave fiscal y clickeando en “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal”. Allí, se despliega un listado de organismos y se debe optar por la Superintendencia de Servicios de Salud y, posteriormente, por Mi SSSalud, y confirmar la adhesión. Hecho eso, se debe ir a www.sssalud.gob.ar/misssalud/ y, desde allí, a la declaración jurada de ingresos, donde se pide consignar cuál es la prepaga y clickear “Sí” en dos enunciados: “Declaro que poseo ingresos inferiores a seis salarios mínimos, vitales y móviles”, y “Autorizo a la Superintendencia de Servicios de Salud a validar los datos ingresados con otros organismos”. Finalmente, se debe confirmar lo declarado.●

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