Por Patricia Blanco
- El gobierno nacional reclamó este martes a la Corte Suprema de Justicia que
suspenda los efectos de su propio fallo en donde se le ordenó al Estado
Nacional, a través de una medida cautelar, que entregue el 2,95% de los fondos
de coparticipación a la Ciudad de Buenos Aires. A través de una serie de
escritos presentados por el Procurador del Tesoro, Carlos Zannini, el
presidente Alberto Fernández recusó a los ministros de la Corte
Suprema y a la vez planteó la revocatoria del fallo dictado la semana pasada,
con efecto suspensivo y que, “oportunamente”, se deje sin efecto la resolución
que favoreció al jefe de Gobierno porteño Horacio Rodríguez Larreta.
“A través del fallo
aquí cuestionado la Corte Suprema ha sustituido a los otros Poderes del
Gobierno Federal, adoptando una decisión de mérito que excede sus competencias
constitucionales”, afirmó la presentación del Estado Nacional a la que
accedió Infobae. “Al adoptar la medida cautelar que nos ocupa, V.E.
adelantó su criterio con relación a varios aspectos de la controversia, que son
cruciales para la definición del fondo de la cuestión debatida en autos. Tal
circunstancia justifica que los señores magistrados de este Excmo. Tribunal que
suscriben la sentencia del 21 de diciembre del año en curso se aparten de la
causa”.
De esta manera, el
gobierno ejecutó lo que el jefe de Estado ya había anunciado ayer, lunes, a
través de una serie de tuits, luego del comunicado del jueves pasado por parte
del presidente y un grupo de gobernadores que se trataba de un fallo de
cumplimiento imposible y se habló de la idea de desacatar la resolución del
máximo tribunal, que desató una serie de denuncias penales por parte de la
oposición.
Así como la Corte
Suprema recibió hoy estos escritos también recibió la presentación desde el
Gobierno de la Ciudad en donde se sostiene que el Estado Nacional se encuentra
incumpliendo el fallo porque ya no le depositó el dinero que debía salir desde
los fondos del Banco Nación para comenzar a cumplir con la cautelar.
Ambos planteos
quedarán para el 2023. Durante enero, el Poder Judicial está en receso de
verano y solo tramitan cuestiones urgentes. No será este caso, en donde se
discute una cuestión patrimonial, parte de ese análisis, confirmaron
a Infobae las fuentes consultadas en el máximo tribunal.
Ahora, a través de
una serie de escritos, el Gobierno Nacional sostuvo que debe dejarse sin
efecto el fallo dictado el miércoles de la semana pasada: se trata de un fallo
“arbitrario, injusto y parcial, con grave afectación al principio de la
división de poderes y por consiguiente a los intereses de la Nación en su
conjunto”.
“El encuadre que le
da el fallo que nos ocupa, revela que la Corte anticipa su criterio sobre el
fondo: los gastos derivados del traspaso de funciones de seguridad deben ser
atendidos, según el Tribunal, en el marco del régimen de coparticipación”, se
afirmó. La presentación del Estado Nacional cuestionó la decisión de otorgarle
cautelarmente el 2,95 por ciento de los fondos a CABA hasta que se resuelva la
cuestión de fondos porque, dijo, “no existe informe documentado en las
presentes actuaciones, ni pericia producida -en esta etapa preliminar- que
justifique la concesión de tal coeficiente”. También afirmó que “la
Constitución impone en casos de trasferencia de servicios es la remisión de los
recursos necesarios para 17 la atención del gasto; y no la modificación de los
coeficientes de coparticipación, como prejuzgó la CSJN”. Además, aseguró, “la
sentencia soslaya, a pesar de invocar el federalismo de concertación, que en
esta última hipótesis adoptada por el Alto Tribunal, sería necesario rediscutir
el régimen de coparticipación de manera general, con la intervención de todas
las jurisdicciones”.
Según la
Procuración, “resulta irrazonable pretender, por este concepto, que se mantenga
un porcentaje de la masa coparticipable que – como sucedió desde inicios del
año 2016 hasta el dictado del Decreto N° 735/2020 y la ulterior sanción de la
Ley N° 27.606- excede el costo real de los servicios transferidos, generando un
beneficio injustificado en favor de la jurisdicción local”. Una vez más, el
Gobierno criticó la decisión del macrismo al entregarle esos fondos. “Tan burda
fue la maniobra, que ni siquiera fueron cuidadas las formas más elementales; ni
la concatenación de fechas resultó consistente y las decisiones plasmadas en
ambos Decretos estuvieron huérfanas de la debida y necesaria motivación”,
opinó.
“El encuadre que le
da el fallo que nos ocupa, revela que la Corte anticipa su criterio sobre el
fondo: los gastos derivados del traspaso de funciones de seguridad deben ser
atendidos, según el Tribunal, en el marco del régimen de coparticipación. En
concreto, mediante la modificación del porcentaje de coparticipación asignado a
la CABA, desvinculado del costo real de los servicios transferidos, cuando en rigor
este último es el parámetro que debería ser tomado a tales efectos. 3.2.2.
ón. Se recuerda
que, la Nación y la CABA suscribieron el 5 de enero de 2016 el Convenio de
transferencia progresiva de facultades y funciones de seguridad en materias no
federales. Pero el Poder Ejecutivo Nacional, durante la gestión que impulsó ese
Acuerdo, nunca lo sometió a la consideración y eventual aprobación del Poder
Legislativo. La intervención del H. Congreso de la Nación, resultaba
jurídicamente insoslayable para el perfeccionamiento del Acuerdo. |