Por Francisco Jueguen - El gobierno de los Estados Unidos publicó
finalmente anoche a última hora en la página de la Departamento del Tesoro el
acuerdo de intercambio automático de información financiera sellado con la
Argentina el lunes pasado y comenzó a develar algunas precisiones que los
tributaristas y abogados especialistas en impuestos estaban esperando.
Según los expertos, el acuerdo intergubernamental (IGA1, por las siglas
en inglés) no es retroactivo –pese a que algunos advierten que se podrá ir para
atrás en el tiempo usando el intercambio de requerimiento vigente desde 2016– y
el primer intercambio comenzaría a efectivizarse, si se llega con los
procedimientos de seguridad que reclama EE.UU. antes de fin de año, recién en
2024 y con información de 2023.
Por otra parte, los expertos volvieron a recalcar que solo alcanzará a
personas físicas (no a sociedades) y advirtieron que es probable que algunas
personas reestructuren sus tenencias financieras con sociedades que actúen de
“fronting” para evitar que el intercambio de sus cuentas lleguen al país y a la
AFIP.
“El artículo 3 punto 3 establece que la información se obtendrá e
intercambiará con respecto al año calendario de entrada en vigor de este
acuerdo y todos los años subsiguientes. Por otra parte, el artículo 10 punto 1
indica que el acuerdo entrará en vigor el 1º de enero del año calendario
siguiente a la fecha de la notificación por escrito de Argentina a los EE.UU.
confirmando la finalización de los procedimientos internos necesarios de
Argentina para la entrada en vigor de este acuerdo. Esto implica que la
información a intercambiar no podrá ser de 2022, sino, si se cumpliera con lo
requerido, corresponderá al año 2023. Y esa información se recibiría recién en
septiembre de 2024”, dijo el tributarista Sebastián Domínguez.
Agregó: “La Argentina no recibiría información automática durante el
gobierno actual sino que la recibiría el próximo gobierno. Esto debilita la
postura oficial de tratar de aprobar una ley de blanqueo y lograr una amplia
adhesión”.
“Se informarán, recién cuando el IRS convalide a la Argentina como país
confiable y seguro, intereses de cuentas financieras que sean iguales o
superiores a US$10 por año. También otro tipo de rentas obtenidas en EE.UU.,
por ejemplo dividendos, que sean reportadas por las instituciones financieras.
Sólo se enviarán datos de personas humanas, por lo que no se enviarán datos de
beneficiarios finales de estructuras, como sociedades, trusts, fundaciones de
interés”, explicó el abogado especialista en impuestos Diego Fraga.
“El intercambio, en el caso de cuentas de argentinos, solo alcanzará
personas físicas y no será en absoluto retroactivo”, dijo el abogado Martín
Litwak. “La vigencia para EE.UU. depende de que dicho país esté tranquilo con
la seguridad de la información a transmitir a la Argentina. Queda 100% claro
porque el gobierno argentino no quería que se hiciera público el tratado”,
agregó.
“La AFIP está trabajando contrarreloj para llegar con protocolos de
seguridad antes de fin de año. Si llega, el primer intercambio va a ser
respecto de 2023 en septiembre de 2024. Si no llegan, será sobre información de
2024 en 2025”, concordó el tributarista César Litvin, que mencionó el uso de la
retroactividad usando el intercambio de requerimiento vigente desde 2016. ● |