Por Dolores Olveira - El cepo
al dólar busca que no salgan dólares del país pero
también impedirá que
entren las necesarias divisas que oxigenarían
el balance cambiario y, por lo tanto, aliviarían la fuga de reservas del Banco Central.
Esto se debe a que el cepo, al obligar a utilizar dólares
propios a las empresas para pagar las importaciones, también desalienta
las exportaciones, explicó el economista Matías Rajnerman, de
la consultora Ecolatina.
El Gobierno pierde diariamente reservas del Banco Central
por salir a vender dólares que frene la corrida de quienes quieren aprovechar
la diferencia cambiaria entre el retrasado dólar oficial y la divisa al precio del contado con
liquidación, bolsa o blue.
Por ese motivo, cada pocos días aprieta el cepo sobre el
mercado cambiario con nuevas restricciones a empresas y particulares para
acceder a la compra de dólares oficiales pero también a través del contado con
liquidación, por ejemplo.
Una de las primeras medidas fue prohibir el contado con
liquidación a aquellas empresas que hubieran aceptado
ayuda para pagar sueldos y salarios del Programa ATP, primero si tenían más de
800 empleados y luego, para las compañías de todos los tamaños.
Por ese motivo, el Gobierno se vio obligado a poner
operativo un mecanismo para la devolución de los ATP, y muchas empresas se
anotaron para realizar este reembolso, incluso teniendo que pagar intereses, ya
que los requisitos no sólo afectan la posibilidad de comprar dólares por
contado con liquidación, sino la misma posibilidad de sacar renta de la
compañía hasta 2022 o 2023.
Por último, la Comunicación "A" 7030 del BCRA
estableció severas
restricciones para el acceso por parte de las empresas al
Mercado Libre y Único de Cambios (MULC), dificultando así la posibilidad de
realizar giros al exterior.
Estas modificaciones, cuya aplicación comenzó el 29 de mayo
de 2020, en los hechos extienden el "cepo cambiario" sobre las
operaciones más usuales de comercio exterior, como pago de importaciones; pagos
de servicios a no residentes; pagos de capital e intereses de deuda, y
distribución de dividendos y utilidades.
Las nuevas restricciones cambiarias tienen
como pilares, indicaron Luciano Cativa e Ignacio Fernández Borzese, de FB Tax
& Legal:
-Sujetar los giros de divisas a la autorización previa del
BCRA, aunque con limitadas excepciones de acceso directo al mercado libre de
cambios, como el pago de deuda en dólares a bancos locales.
-Condicionar el acceso al mercado libre de cambios al
depósito en cuentas bancarias de la totalidad de las divisas que las empresas
poseen en el país.
-La utilización de las divisas en el exterior para el pago
de operaciones de comercio exterior.
-Imposibilitar las operaciones de contado con liquidación.
El objetivo parece claro, obligar a importadores, compañías,
y usuarios de comercio exterior, a que utilicen sus divisas, o las depositen en
el país, enfatizaron Cativa y Fernández Borzese.
En la práctica, la norma del BCRA condiciona
el acceso directo al mercado libre de cambios a
que quienes deban realizar pagos al exterior manifiesten que la totalidad de
sus tenencias de moneda extranjera en el país se encuentran depositadas en
cuentas en entidades financieras y que no posan activos externos líquidos
disponibles.
El término "activos externos líquidos" comprende,
entre otros, las tenencias de billetes y monedas en moneda extranjera,
disponibilidades en oro amonedado, depósitos a la vista en entidades
financieras del exterior, inversiones en títulos públicos externos, fondos en
cuentas de inversión en administradores de inversiones radicados en el
exterior, criptoactivos, fondos en cuentas de proveedores de servicios de pago.
La norma del BCRA sujeta el pago de importaciones a la
autorización previa del BCRA; excepto cuando no exista mercadería abonada
pendiente de oficialización en la AFIP o ésta no supere
los u$s250.000.
La norma requiere la conformidad previa del BCRA cuando el
monto pendiente de regularización por pagos anticipados de importaciones sea
mayor al equivalente de u$s5 millones.
Esta restricción del pago de importaciones se encuentra
limitada temporalmente hasta el 30 de junio próximo, aunque sabemos que estamos
medidas serán prorrogadas, enfatizaron Cativa y Fernández Borzese.
Cómo afecta a las exportaciones
Rajnerman explicó que, al importar insumos,
el empresario tiene que usar dólares que podría vender en el mercado formal
paralelo del contado con liquidación o dólar MEP a un cambio de $110,
a la hora de pagar esas compras al exterior.
Ese valor de la divisa, añadió Rajnerman, es también el valor
de reposición si luego quiere volver a hacerse de dólares
en el mercado, ya que tiene vedado la compra en el mercado
oficial a $70.
Pero al exportar la producción, la misma compañía recibirá
dólares que deberá liquidar en el mercado único de cambios a $70.
"En el medio de sus operaciones, el empresario sufriría
una suerte de quita de capital", dijo Rajnerman.
Este problema afecta especialmente a empresas industriales,
pero si alguna vinculada con el agro quisiera importar y exportar, habría que
sumar a la ecuación la pérdida por el pago de retenciones, precisó Rajnerman.
Si la producción, en cambio, se vende localmente, el
empresario puede trasladar parcialmente al menos a los precios la pérdida por la diferencia cambiarias,
advirtió.
Por este motivo, es claro que las restricciones cambiarias
del Banco Central tiene un sesgo anti exportador, concluyó
Rajnerman.
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