En el marco
de la crisis económica y financiera por la que está atravesando el país,
el Banco Central dispuso nuevas restricciones para
acceder a dólares. El directorio del BCRA informó
este último jueves que las empresas que cuenten con activos líquidos originados en la formación de activos
externos deberán disponer primeramente de esos recursos para el pago
de obligaciones con el exterior.
Además,
señalaron que se extiende a 90 días previos y 90 días posteriores la
restricción para realizar operaciones de compra venta
de títulos públicos en moneda local con liquidación en divisas
para las empresas que requieran acceder al mercado oficial de cambio.
También el
directorio del Banco Central dispuso otras medidas para el acceso de las
empresas al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) "con el propósito de
ordenar el pago de obligaciones por la importación de bienes", entre las
que se estableció que las empresas
deberán solicitar autorización previa
al BCRA para acceder al mercado de cambios para el pago de obligaciones
comerciales con el exterior si redujeron el monto vigente al 1 de enero de 2020.
Frente a
esto, desde la Cámara de Importadores alertan que esta nueva
normativa endurece, en parte, la Comunicación "A" 7001 publicada hace
algunas semanas por la autoridad de aplicación, que legislaba "hacia
atrás" y castigaba con la prohibición de girar pagos anticipados
al exterior a aquellas empresas que, a la fecha de ingresar al mercado único y
libre de cambios y en los 30 días anteriores a la misma, hubieran
comprado dólar "MEP" o dólar "contado con
liqui".
Nuevas reglas de
juego
"Este
plazo cambió de 30 a 90 días, dejando sin margen de maniobra a muchas
empresas cuyas importaciones deben contar con un pago
anticipado como condición comercial para iniciar su fabricación
en origen", advierten desde la entidad.
Según
explican, si tienen dólar "MEP" o "contado con liqui" no
pueden hacer ningún egreso de divisas, es decir que no es sólo para
anticipos sino también para todos los pagos al exterior.
Esta nueva
determinación obliga a las empresas a utilizar sus reservas de valor (ahorros)
en moneda extranjera para realizar el pago de importaciones, pudiendo ingresar
al Mercado Único de Cambios solo en los casos en que no cuente con esta
posibilidad, y a través de una autorización previa del Banco Central.
"Se elimina así la posibilidad de pagar libremente al exterior por
los compromisos comerciales contraídos entre empresas radicadas en Argentina y
exportadores en sus diferentes orígenes", señala la Cámara en
un comunicado.
Otro tema
que resaltan es el tope para pagos sin contar con autorización previa del BCRA,
"porque se comparan las destinaciones oficializadas durante el 2020 contra
pagos realizados en esa misma fecha, quedando muchas empresas sin margen para
poder realizar pagos de importaciones", indican.
Además, la
nueva normativa permite hacer pagos sin registro hasta 250.000 dólares.
Desde la
Cámara concluyen en que es necesario "aplicar reglas de juego claras y
duraderas para que el sector empresario pueda tomar decisiones en un momento ya
de por sí difícil, atravesando una pandemia sin precedentes y con el riesgo
latente de bajar sus persianas".
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