Por Guillermo
Gammacurta - Con la finalidad de aliviar el estrés financiero que
enfrentan las empresas en medio del parate económico, la AFIP decidió ampliar los planes de
facilidades de pago permanente y además postergará por dos semanas el
vencimiento del impuesto a las Ganancias, según una resolución general que será
publicada mañana en el Boletín Oficial.
Según explicaron
fuentes oficiales a Ámbito, se elevarán de 3 a 6 los planes permanentes de
facilidades de pago vigentes por la resolución general 4268. La decisión
se adoptó porque los planes actuales están “saturado”, y era necesario atender
la situación de las pymes y grandes empresas. Esta medida de alivio fiscal se
inscribe en una serie de disposiciones que la titular de la AFIP, Mercedes
Marcó del Pont, viene tomando en consonancia con el pedido de Alberto Fernández de
preservar a las empresas y las fuentes de trabajo.
En la misma
línea, el vencimiento del impuesto a las ganancias para personas jurídicas
que operaba el 13, 14 y 15 de mayo, se posterga para dentro de dos
semanas. No es un diferimiento porque se abonará dentro del mismo mes,
pero si da más aire a las empresas pymes y grandes para cumplir con las
obligaciones.
Además, en el caso
de impuesto a las ganancias para personas jurídicas, se eliminará el
filtro del “scoring” que supone el Sistema de
Perfil de Riesgo (SIPER) para establecer las cuotas e intereses
en función de los tres perfiles de cumplimiento de los contribuyentes, de esta
forma todos podrán acceder a 3 cuotas.
En función de
diferentes conversaciones y pedidos que tuvo Marcó del Pont con cámaras
empresarias, en esta ampliación de los planes de facilidades de pago se
incluirá el IVA diferido con el objetivo de morigerar la delicada
situación de las cadenas de pago en los diferentes rubros de servicios y
productivos.
Hay que recordar
que los planes permanentes están vigentes por la RG 4268 y modificatorias, y
permite financiar deudas impositivas lo que no implica una condonación. En los
planes actuales se pueden incluir deudas impositivas y de los recursos de la
seguridad social, así como sus intereses resarcitorios y multas.
Estas medidas se
agregan a la decisión de la AFIP de
prorrogar por una semana los vencimientos para la presentación y el pago de las
declaraciones juradas de los aportes y contribuciones de la seguridad social,
con el objetivo de facilitar el acceso a los beneficios previstos por el
Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP).
Las fechas para que
los empleadores completen los formularios y cancelen las obligaciones serán los
días 18, 19 y 20 de mayo, para lo que se habilitó las herramientas informáticas
que permiten a los empleadores imputar la reducción o postergación del
componente SIPA de las contribuciones patronales correspondientes al período
devengado abril.
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