Por Liliana
Franco - El Gobierno descarta
el prorrogar la fecha límite del 30 de abril para efectuar la repatriación de
activos con el objeto de evitar la aplicación de la alícuota adicional del
impuesto sobre los Bienes Personales, según señalaron
a Ámbito fuentes de la Casa Rosada.
Cabe recordar que
el Decreto 330 prorrogó hasta mañana la última fecha para el ingreso de
fondos para el período fiscal 2019. La repatriación es respecto a las tenencias
de moneda extranjera en el exterior y a los montos que se generaron resultado
de los activos financieros pertenecientes a las personas humanas domiciliadas
en el país.
La alícuota
adicional no se aplicará a quienes hubieren repatriado activos financieros por
el equivalente de 5% del total del valor de los bienes situados en el exterior.
Las normas
contemplan que este beneficio se mantendrá en la medida que esos
fondos permanezcan depositados hasta el 31 de diciembre próximo en cuentas
en entidades financieras locales.
Sin embargo, en
medios de los contadores se comenta que muchos de sus clientes han tenido
dificultades para para la apertura de estas cuentas. Al respecto, la Federación
Argentina de Graduados en Ciencias Económicas solicitó a la AFIP que
disponga una prórroga en el plazo previsto para efectuar la repatriación de
activos.
“Los bancos están siendo
muy rígidos en la aplicación de la norma”, señalan entre los profesionales
en ciencias económicas. Por ejemplo, comentan que contribuyentes que quisieron
ingresar divisas originadas en fondos comunes declarados en el exterior pero
que no le fueron aceptados por los bancos por “no provenir de una cuenta
personal del contribuyente”. A esta situación se agrega las dificultades
operativas que se presentan en el mercado local por las restricciones para
operar en medio de la pandemia que lógicamente también ocurre en el exterior,
contribuyen a complicar los giros.
Otro ejemplo, para
depositar los fondos a repatriar era necesario abrir una cuenta de manera
personal, situación que se complicó cuando se declaró la pandemia. Recién hace
unas pocas semanas atrás se permitió el trámite virtual.
“Los bancos no
simplifican la apertura de estas cuentas y se ciñen estrictamente a las
disposiciones del BCRA para abrir una nueva cuenta”, explican los contadores.
En tanto, desde el
Banco Central consultado por Ámbito explican que la norma que dicto
entidad para la creación de las cuentas destinada a la repatriación de fondos
está vigente y que la autoridad monetaria no ha recibido ninguna duda o
queja al respecto.
En estos términos,
vencido el plazo de mañana, los contribuyentes que no ingresaron fondos
del exterior deberán pagar el próximo 6 de mayo una alícuota diferencial que
varía según el monto de las tenencias declaradas fuera del país.
El resultado será
que el Estado recibirá más pesos por esta sobretasa, pero a costa de un menor
ingreso de divisas que podrían haber engrosado las reservas del Banco Central.
Además,
al no reglamentar otros destinos para este impuesto, como por ejemplo,
invertirlos en fondos para la construcción, el gobierno se perdió que haya un
mayor incentivo a repatriar capitales. |