Las personas
adheridas al monotributo,
de todas las categorías, podrán acceder a un crédito a tasa cero de hasta 150.000 pesos de acuerdo lo
determinó un Decreto de Necesidad y Urgencia ( DNU) firmado por el
presidente Alberto Fernández, y deberán cumplir con ciertos requisitos.
Requisitos para
acceder a los créditos tasa cero para monotributistas
- Estar inscriptos en cualquier categoría del monotributo y, en los casos de los contribuyentes inscriptos
en las categorías A y B, no
encontrarse alcanzados por el beneficio del IFE (no existe
limitación por grupo familiar).
- Que el monto de
la facturación electrónica del período comprendido entre el 12 de marzo y el 12
de abril de 2020 haya caído por
debajo del promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la
categoría en la que se encuentre registrado.
- No prestar
servicios al sector público nacional, provincial o municipal.
- No percibir
ingresos en razón de mantener una
relación de dependencia o provenientes de una jubilación.
- En los casos en
que la facturación electrónica no se encuentre disponible, las compras no
deberían ser superiores al 80% del promedio mensual del límite inferior de la
categoría en que se encuentre registrado.
- En que consiste el crédito a tasa cero para monotributistas
- Una financiación
a ser acreditada en la
tarjeta de crédito del beneficiario o de la beneficiaria en
los términos que, para la implementación de la medida, establezca el Banco
Central.
- El monto de la
financiación no podrá exceder una
cuarta parte del límite superior de ingresos brutos establecidos
para cada categoría del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, con
un límite máximo de $150 mil.
- El financiamiento será desembolsado
en tres cuotas mensuales iguales y consecutivas.
- A cada una de tales
cuotas se adicionará el monto equivalente al pago de las sumas totales que
los trabajadores y las trabajadoras deben abonar por los períodos
mensuales resultantes en concepto de impuesto integrado y cotizaciones
previsionales a cargo de los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado
para Pequeños Contribuyentes o de aportes previsionales obligatorios del
régimen de trabajadoras y trabajadores autónomos. El monto referido será
retenido y depositado periódicamente en Afip.
- El Fondo Nacional de Desarrollo
Productivo (FONDEP) bonificará el 100% de la tasa de interés y del
costo financiero total que devenguen los créditos. El Gobierno transferirá
a este Fondo, en concepto de aporte directo, $11.000 millones.
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