Por David Cayón - Algo que
generalmente no genera la mayor de las alegrías este año podría convertirse en
mucho más que eso y significar un alivio que puede llevar a evitar la quiebra a
las pymes y mal momento a algunas familias. Durante finales de marzo y abril
buena parte de los argentinos se prepara para realizar sus presentaciones
juradas de impuestos frente a los organismos de recaudación que se suman a los
vencimientos habituales de patentes, inmobiliario, IVA, que deben afrontar
todos los meses.
Sin embargo, el
aislamiento preventivo que se impuso desde el pasado 20 de marzo hizo que los
ingresos de miles de ciudadanos independientes y de empresas se vieran erosionados
por la caída de la facturación de venta de bienes y servicios. De ahí que la
gran mayoría de los entes recaudadores en todo el país decidieran lanzar
prórrogas de las fechas de pagos y hasta rebajas impositivas.
La Administración
Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió la Feria Fiscal y amplió hasta el 30 de abril el plazo
para presentar la DDJJ de Ganancias, lo que significa que se
prorrogó la fecha para el cómputo de los plazos vigentes en distintos
procedimientos administrativos como determinaciones de oficio, sumarios,
multas, descargos, clausuras, intimaciones de pago y requerimientos de
fiscalización.
En marzo pasado se
suspendió las exclusiones y las bajas del Monotributo, medida que alcanzó a 3,6
millones de contribuyentes.
Asimismo, el
organismo postergó hasta el 30 de junio la fecha del primer corte para ingresar a
la Moratoria impositiva 2020.
Con esta medida
organismo extendió dos meses el periodo previsto para la “adhesión temprana” al
plan de regularización. Ahora, los nuevos plazos de adhesión disponibles
para pymes, monotributistas, autónomos y las entidades civiles sin fines de
lucro como cooperativas, consorcios de propietarios, obras sociales,
universidades públicas y clubes de barrio. En todos los planes, el primer
vencimiento será el 16 de julio.
En lo que se
refiera las empresas, la AFIP prorrogó por dos meses el pago de las
contribuciones patronales que vencían en abril. La medida
alcanza al 56% de las empresas argentinas, que emplean a más de 3,5 millones de
trabajadores.
El beneficio está
disponible para aquellas firmas incluidas en el listado de actividades definido
por la Jefatura de Gabinete de Ministros en el marco del Programa de Asistencia en la Emergencia para el Trabajo y la Producción (ATP).
El único requisito
para acceder a esta prórroga que deberán cumplir quienes se encuentren
comprendidos en ese listado de actividades será el de haberse registrado en el
sitio web del ente recaudador.
Las empresas podrán
inscribirse en el ATP a través del servicio web habilitado por el organismo
hasta el 15 de abril.
Con respecto a los embargos,
la entidad que conduce Mercedes Marcó del Pont estableció una nueva prórroga
la suspensión de embargos a pymes, en el marco del avance del
coronavirus, hasta el 30 de abril próximo.
Entre las últimas
medidas que tomó la AFIP durante la cuarentena se encuentra la extención
del Plan Permanente de Facilidades de Pago, en donde se estableció la
extensión de la vigencia del régimen permanente hasta el 30 de junio, cuando
originalmente vencía el 31 de marzo.
Otro trámite al que
también se le extendió el plazo fue la presentación web del formulario 572
Deducciones del Impuesto a las Ganancias, la operación que permite a aquellos
en relación de dependencia informar los conceptos a deducir, las percepciones
que le practicaron; y otros ingresos obtenidos en caso de pluriempleo. La
operación que había que presentar antes del 30 de marzo ahora se extendió
y habrá plazo hasta el 30 de abril.
Las medidas de la
AFIP son para todos los contribuyentes del país, pero acompañando este modelo
también se sumaron la provincia y a Ciudad de Buenos Aires.
Facilidades en la provincia de Buenos Aires
En el caso del
distrito gobernado por Axel Kicillof también tomó medidas. Luego de
un comienzo de año se vio uno de los primeros cruces entre oficialismo y
oposición por los impuestos en la provincia, el escenario cambió y hoy las
decisiones apuntan también a las prórroga.
Por el lado
del Inmobiliario Urbano y Rural se prorrogó su vencimiento
beneficiando a 3,2 millones de hogares.
Kicillof también
dispuso prorrogar por dos meses los pagos de Ingresos Brutos, lo que
significó una medida con impacto en 250.000 pymes, miecroempresas y autónomos.
Y, al igual que la
Nación, suspendieron los embargo e inhibiciones por dos meses.
Estas medidas
“representan un esfuerzo fiscal de $1.350 millones”, explicaron desde la
provincia.
El director de la
Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires, Cristian Girard,
le dijo a Infobae que las medidas fueron tomadas “con el objetivo de
aliviar la situación de los contribuyentes ante las dificultades provocadas por
la pandemia COVID-19, por eso suspendimos los embargos a deudores,
brindamos facilidades de pago y postergamos vencimientos de Ingresos Brutos,
Inmobiliario Urbano y Rural, ampliando la posibilidad de acceder a los
descuentos por cumplir en término”.
La Ciudad
La Ciudad Autónoma
de Buenos Aires también prorrogó impuestos para acompañar a sus vecinos en
medio de la pandemia. Desde la Administración General de Ingresos Públicos
(AGIP) explicaron a Infobae que todas “prórrogas definidas para
estas medidas podrán ir reprogramándose en función de la extensión del
aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el Gobierno
nacional”.
La ultima medida
tomada por la administración porteña fue la prórroga de vencimientos de
ABL y Patente hasta el día 17 de abril de 2020, el plazo para el pago de la
Cuota Nº 4/2020 del Impuesto Inmobiliario/ABL, cuyos vencimientos originales
operan los días 7 y 14 de abril, y hasta el mismo día el plazo para el pago de
la Cuota Nº 2/2020 del Impuesto de Patentes sobre Vehículos en General,
cuyos vencimientos originales operan los días 8 y 15 de abril de 2020.
También se
extendieron los plazos para la presentación de la DDJJ y el pago del
Impuesto sobre los Ingresos Brutos para Contribuyentes Locales
En el caso de la
Declaración Jurada y el pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos aplica para
todos los contribuyentes locales correspondiente a marzo del corriente año,
cuyos vencimientos estaban fijados para mediados de abril. Los nuevos
vencimientos serán del 27 de abril al 4 de mayo, según terminación del número
de CUIT.
“Esta medida pretende llevarles un alivio ante
los efectos generados por la Emergencia Sanitaria actual considerando las
especiales características económicas de los 116.000 contribuyentes
comprendidos bajo este régimen, en su mayoría PYMES, pequeños comercios y
prestadores de servicios, entre otros”, explicaron desde la administración
porteña.
Al igual que la
AFIP, la AGIP estableció una Feria Fiscal excepcional donde no se
computarán para los pasos procedimentales los días hábiles administrativos
comprendidos inicialmente en el período previsto entre los días 1º y 13 de
abril de 2020, ambas fechas inclusive.
Por otro lado
también se dipuso el aplazamiento hasta el día 31 de mayo de 2020 el plazo para
el pago de las liquidaciones por diferencias de avalúo y de los planes de
facilidades de pago por este concepto, cuyos vencimientos originales
eran durante marzo y abril de 2020.
Otros beneficios
La Ciudad resolvió
que sean susceptibles de regularización las obligaciones en mora con
vencimiento anterior al 1° de marzo de 2020, así como las deudas
originadas en caducidades de planes de facilidades anteriores a la fecha
indicada.
Se establece hasta
el 31 de mayo del 2020 una condonación total de interés por pago al
contado en una sola cuota y en caso de que se opte por el plan de hasta 12
cuotas, condonación del 50% de los intereses resarcitorios y condonación del
100% de los intereses por financiación.
Los planes de
pago de modo presencial se dilatan hasta el día 15 de abril de 2020, el plazo
para el pago de las cuotas de los planes de facilidades de pago cuya
cancelación sólo se efectúa de modo presencial, operando los vencimientos
originales en el período comprendido entre los días 20 de marzo y 14 de abril
de 2020, ambas fechas inclusive.
También se tomaron
medidas para Agentes de Recaudación Publicidad y Sellos Escribanos
Públicos. Para este sector se dispuso retrasar hasta el día 17 de abril el
plazo para la presentación de las Declaraciones Juradas y el depósito de las
sumas retenidas por los Escribanos Públicos del Impuesto de Sellos así como el
plazo para la presentación de las Declaraciones Juradas y el depósito de las
sumas retenidas por los Agentes de Retención de la Contribución por Publicidad,
ambos correspondientes a marzo de 2020, con vencimiento original el 10 de abril
de 2020.
Por último, la
AGIP estableció extender hasta el 27 de abril el plazo para Encargados del
RNPA y de Créditos Prendarios para la presentación de las Declaraciones
Juradas y el depósito de las sumas recaudadas por estos entes en su carácter de
agentes de recaudación del Impuesto de Sellos, correspondientes al período
marzo de 2020 y cuyo vencimiento original era el pasado 10 de abril.
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