El gobierno
nacional validó en US$ 68.842.528.826 el valor de la deuda pública a negociar
con los acreedores, para su reestructuración, a través del decreto 250/2020
publicado hoy en el Boletín Oficial.
El mismo indicó que
ésa cifra representa el monto nominal máximo de las operaciones de
administración de pasivos, canjes y reestructuraciones de los títulos públicos
de la Argentina emitidos bajo ley extranjera existentes al 12 de febrero de
2020.
También determinó
que las prórrogas de jurisdicción sean en favor de los tribunales estaduales y
federales ubicados en las ciudades de Nueva York, Londres y Tokio.
En ese sentido,
puntualizó que “la renuncia a oponer la defensa de inmunidad soberana será
exclusivamente respecto de reclamos que se pudieran producir en las
jurisdicciones que se prorroguen, con relación a los contratos que se suscriban
y a las operaciones de crédito público que se realicen”, contempladas en el
decreto.
Asimismo, remarcó
que esto “no implicará renuncia alguna respecto de la inmunidad de la Argentina
con relación a la ejecución de los bienes” que se encuentren en el exterior.
El decreto destacó
que a efectos de resolver la situación de inconsistencia macroeconómica,
resulta fundamental implementar políticas de deuda como parte de un programa
integral diseñado con el objetivo de recuperar un crecimiento sostenible de la
economía y restaurar la sostenibilidad de la deuda pública.
Mediante la Ley
27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la
Emergencia Pública, entre otras cuestiones, se facultó al Poder Ejecutivo a
llevar adelante las gestiones y los actos necesarios para recuperar y asegurar
la sostenibilidad de la deuda pública.
Así, la Ley 27.544
declaró prioritaria para el interés de la Argentina la restauración de la
sostenibilidad de la deuda pública emitida bajo ley extranjera.
En consecuencia, el
decreto indicó que atendiendo a la situación actual de insostenibilidad de la
deuda pública, resulta necesario determinar un universo de montos nominales tal
que se preserven márgenes de acción en el diseño de las operaciones de
administración de pasivos, canjes y reestructuraciones de los títulos públicos
de la Argentina que el Ministerio de Economía decida implementar.
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