Por Patricia Blanco - La Corte Suprema de Justicia hizo lugar al amparo
que promovió el senador de Juntos por el Cambio Luis Juez y removió a
su par del Frente de Todos Martín Doñate en el Consejo de la
Magistratura. Doñate llegó al Consejo como fruto de una jugada promovida por
Cristina Kirchner en el Senado: partir el bloque del Frente de Todos en dos
subloques para tener más representantes en el organismo que remueve y elige a
los jueces de la Nación. Para la Corte, esa jugada que el kirchnerismo vivió
como un triunfo fue un “ardid” y una maniobra “manipulativa” que desnaturalizó
“el fin constitucional de representación pluralista procurado por el
constituyente y el legislador”.
“La realización de acciones que, con apariencia de legalidad, procuran
la instrumentación de un artificio o artimaña para simular un hecho falso o
disimular uno verdadero con ánimo de obtener un rédito o beneficio ilegítimo,
recibe un enfático reproche en múltiples normas del ordenamiento jurídico
argentino. Tal reproche se acentúa cuando el ardid o la manipulación procura
lesionar la exigencia de representación política (en este caso, con relación a
las minorías), aspecto de suma trascendencia para la forma de gobierno
representativa adoptada por el texto constitucional argentino y, en definitiva,
su ideario democrático”, se advirtió.
La sentencia fue dictada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos
Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda. El juez Ricardo Lorenzetti no
participó de la decisión, ya que se basa en el incumplimiento de la sentencia
que restituye la vigencia de la ley 24.937, que el ministro consideró derogada.
El fallo sostuvo que la maniobra que hizo el oficialismo en el Senado
quebró “las reglas más básicas del debido proceso legislativo”. Y en una
directa alusión a Cristina Kirchner sin nombrarla, la sentencia
afirmó: “La Presidencia del Senado no solo designó al representante de ‘Unidad
Ciudadana’ sin convocar al ‘Frente PRO’ para escuchar sus posiciones, sino que
lo hizo de espalda a los pedidos escritos que este último bloque ya le había
presentado.”
Y advirtió que no se trata de cuestionar decisiones legislativas sino de
hacer revisar el cumplimiento de un aspecto no discrecional del
proceso por el cual el Poder Legislativo participa en la conformación de
un órgano constitucional del Poder Judicial como lo es el Consejo de la
Magistratura. “Lo contrario, que esta Corte renuncie a esa revisión judicial,
implica ubicar a otro Poder del Estado por encima de la Constitución y de las
leyes”, advirtió.
La noticia no solo tiene un fuerte impacto político. También incluye un
mensaje al Congreso que por estas horas debe decidir quiénes serán los
representantes parlamentarios para el Consejo de la Magistratura por las
mayorías y las minorías. El organismo, después del fallo de la Corte Suprema de
fin año, debe tener 20 miembros con la presidencia del titular del máximo
tribunal, Horacio Rosatti.
Todo se remonta a la resolución firmada por la presidenta de la Cámara
de Senadores, Cristina Kirchner, quien designó a Martín Doñate, integrante
del bloque de Unidad Ciudadana, como representante de esa Cámara en el Consejo
de la Magistratura. Previamente, el interbloque del Frente de Todos se había
dividido en dos bloques: Frente Nacional y Popular, con 21 senadores, y Unidad
Ciudadana, con 14. Siguiendo esa lógica, el Frente Nacional y Popular era la
mayoría legislativa, la Unión Cívica Radical era la primera minoría y la Unidad
Ciudadana la segunda, respectivamente.
Luis Juez y Humberto Schiavoni fueron a tribunales para impugnar
esa decisión. Decian que eran los legítimos ocupantes de esas bancas en el
Consejo de la Magistratura. En primera y en segunda instancia, la justicia en
lo contencioso administrativo rechazó el planteo. Juntos por el Cambio llegó a
la Corte. En el mientras tanto, a Doñate se le tomó juramento, pero tal como
sucedió con otros consejeros electos mientras se sustanciaban las impugnaciones
a sus designaciones.
Hace unos días, el Procurador interino Eduardo Casal entendió que la
Cámara en lo Contencioso se apartó arbitrariamente de las constancias de
la causa al calificar la cuestión como no justiciable y promovió hacer
lugar al planteo.
Hoy, la Corte Suprema avaló esa postura. “La partición del Bloque Frente
de Todos implica un apartamiento de lo resuelto por esta Corte en su sentencia
“Colegio de Abogados de la Ciudad”, viola la finalidad representativa de la ley
24.937 y, por lo tanto, resulta inoponible a los fines de la conformación del
Consejo de la Magistratura”, concluyó el máximo tribunal.
La sentencia “Colegio de Abogados de la Ciudad” es la que hizo que en
diciembre pasado la Corte declarara la inconstitucionalidad del sistema de
integración, quorum y mayorías previsto en los arts. 1° y 5° de la ley 26.080 y
dispuso que, hasta tanto el Congreso dictara una ley que respetara la noción de
equilibrio allí establecida, el Consejo de la Magistratura debía integrarse
conforme con el régimen legal anterior de la ley 24.937. En el mientras tanto,
daba 120 días corridos para nombrar a los representantes según esa nueva-vieja
estructura que faltaban.
Para la Corte, la seguidilla de sucesos en el Congreso, “mirados en
conjunto, evidencian una maniobra que tiene por consecuencia frustrar la
pluralidad representativa considerada en el remedio dictado por esta Corte
Suprema en el caso “Colegio de Abogados de la Ciudad”. Y añadió: “Este Tribunal
no puede dictar sus sentencias a espaldas de esa maniobra”.
Según la mayoría el tribunal está claro que a la fecha de la sentencia
de esta Corte, que puso en marcha la estructura de 20 miembros del Consejo, la
segunda minoría era el “Frente Pro” y que, aún conociendo esa situación y
desoyendo el planteo efectuado por el referido bloque en cuanto a la
designación de los actores, el Frente de Todos partió su bloque en dos y
dispuso integrar cada uno de esos nuevos bloques con el número de senadores
necesarios para quedarse con el bloque mayoritario y al mismo tiempo con la
segunda minoría desplazando al bloque “Frente Pro”.
Martin Doñate
Frente a ello, entendió el tribunal, la división no obedece, entonces, a
fines genuinos sino al objetivo de una fuerza política de ocupar en el Consejo
un lugar que no le corresponde.
“Dicho comportamiento, que permitió que el ‘Frente de Todos’ y su desprendimiento
‘Unidad Ciudadana’ se hicieran —como se dijo— de tres lugares en el Consejo de
la Magistratura, no puede ser desatendido por este Tribunal en la medida en que
transforma al proceso de designación de consejeros en un ‘juego de sorpresas’. En
efecto, la manipulación de los bloques para desplazar la segunda minoría
violenta el señalado criterio de buena fe, siendo este estándar un factor
relevante al momento de ponderar las responsabilidades que pueden emerger en
caso de incumplimiento de las sentencias judiciales y las conductas de los
otros órganos del Estado a la hora de cumplir el procedimiento legislativo para
la integración del Consejo de la Magistratura”.
La sentencia añadió que “las conductas descriptas, encaminadas a la
obtención de un rédito político violentando la finalidad y el espíritu de
las normas que gobiernan el procedimiento aquí cuestionado, imponen recordar
que, como ya ha sostenido este Tribunal en otras ocasiones, la obligación de
respetar y acatar el proyecto de república democrática que establece la
Constitución Nacional pesa también sobre los partidos políticos, por su
condición de instituciones fundamentales del sistema democrático”.
Horacio Rosatti en el Consejo de la Magistratura
En uno de sus párrafos, el tribunal se encargó de aclarar: “No está en
discusión el ejercicio de la función legislativa. Tampoco se trata de revisar
judicialmente la forma en que el Senado organiza su funcionamiento interno o
decide los requisitos a los que están sometidos la conformación de los bloques
y su modificación de acuerdo a la dinámica parlamentaria propia de ese cuerpo.
Por el contrario, el planteo exige examinar, de acuerdo con el remedio ordenado
por esta Corte en la sentencia “Colegio de Abogados de la Ciudad”, cómo se
deben identificar los bloques a los efectos de integrar el Consejo de la
Magistratura, si la Presidencia del Senado se apartó de tal aspecto del
procedimiento y si, en consecuencia, vulneró los derechos invocados por los
recurrentes”.
“Las conductas descriptas exceden de una disquisición sobre los grados
de afinidad política para erigirse en bloques parlamentarios y demuestran que
la partición viola lo dispuesto en la sentencia y, de ese modo, incumple con la
finalidad representativa de la ley 24.937 y, por lo tanto, resulta inoponible
para la conformación del Consejo de la Magistratura”, se agregó.
Bajo el análisis de los argumentos de las partes y el dictamen del
Procurador Eduardo Casal que había avalar la postura de Juez, el tribunal
resolvió: “Hacer lugar a la acción de amparo y declarar la nulidad del decreto
parlamentario DPP N° 33/22, por medio del cual la Presidencia de la Honorable
Cámara de Senadores de la Nación designó como representante de la segunda
minoría para integrar el Consejo de la Magistratura, como miembro titular, al
Senador Claudio Martín Doñate y, como suplente, al Senador Guillermo Snopek”.
No obstante, la Corte dejó a salvo todas las decisiones tomadas hasta ahora
mientras Doñate integró el organismo.
El desabastecimiento en un tema
que preocupa a los funcionarios de Comercio (Maximiliano Luna)
Mientras tanto, un relevamiento de la consultora LCG arrojó para la
primera semana de noviembre suba promedio de precios de los alimentos de 0,7%,
se mantuvo constante el ritmo de la semana anterior. El índice
de alimentos y bebidas relevado (que incluye unos 8.000 productos)
presentó una inflación mensual de 7,1% promedio en las últimas 4
semanas y 5% punta a punta del mes.
Las categorías de verduras y lácteos tuvieron una inflación mensual
promedio de dos dígitos: 10,8% para las verduras y 10,1% para los lácteos.
Detrás se ubicaron rubros como panificados, cereales y pastas (8,8%); frutas
(8,6%); y condimentos (7,5%), entre otros. |