Cuáles eran los requisitos, plazos y pasos que deben cumplir quienes
quieran aprovechar los beneficios que tiene el blanqueo para la construcción
El Gobierno decidió prorrogar -una vez más- la vigencia
del blanqueo para la construcción que entró en vigor en marzo de 2021
a través de la Ley 27.613 (de Incentivo a la Construcción Federal
Argentina y Acceso a la Vivienda).
La nueva norma reestablece la regularización y exteriorización
voluntaria tanto de moneda nacional como extranjera que no fueron declaradas al
22 de agosto de 2022, bajo los mismos lineamientos de la ley anterior.
En este contexto, es ideal recordar cuáles eran los requisitos, plazos y
pasos que deben cumplir quienes quieran aprovechar los beneficios que tiene el
blanqueo para la construcción.
Sujetos que pueden exteriorizar
Las personas humanas, sucesiones indivisas y las empresas, que sean
residentes argentinos al 22 de agosto de 2022 (en base a lo establecido en el
artículo 116 de Ley del Impuesto a las Ganancias).
Quedan excluidos aquellos que hayan desempañado funciones públicas, sus
cónyuges, padres o hijos menores emancipados y aquellos que hayan sido
condenados de acuerdo con la Ley Penal Tributaria y Previsional o Código
Aduanero, lavado de dinero o financiamiento del terrorismo.
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