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Por la alta inflación, suben el piso para pagar Ganancias
ABC Mercado de Cambios S.C. comunica sobre la fuente de la siguiente nota:
Texto informativo: 17/10 - 08:18 La Nación
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Por Silvia Stang - El ministro de Economía, Sergio Massa, anunció ayer que a partir de noviembre el salario bruto más bajo alcanzado por Ganancias subirá de $280.792 a una cifra “por encima de 330.000”, para evitar que, por efecto de la inflación y los reajustes salariales, se sigan sumando empleados al grupo de los que tienen descuentos por ese impuesto. En rigor, la variación del índice que se usa para actualizar la cifra avanzó de tal manera que hoy el umbral para tributar debería ser de $360.453. Por eso, entre los contadores se señala que la medida es insuficiente y se advierte que, al no reajustarse los valores de la tabla de alícuotas, no evita que se produzcan distorsiones ante aumentos salariales.

Massa también confirmó que esta semana lanzarán un plan para comprar televisores, teléfonos celulares y equipos de aire acondicionado en hasta 30 cuotas fijas, un acuerdo para fijar precios de productos de consumo masivo y el pago de un bono a personas vulnerables.

El ministro de Economía, Sergio Massa, afirmó ayer que a partir del 1° de noviembre se aplicará un reajuste del valor del salario más bajo gravado por Ganancias (el llamado mínimo no imponible), una medida que tiende a evitar o aliviar las situaciones en las cuales hay empleados que van quedando alcanzados por el impuesto sin que hayan obtenido una mejora de sus ingresos en términos reales, es decir, sin que hayan mejorado su poder adquisitivo, porque solo aumentan nominalmente en un contexto de muy alta inflación. Según el funcionario, la remuneración que actúa como umbral para el pago del impuesto, que hoy está en $280.792, será llevada a un valor “por encima de $330.000”, tomando en cuenta el salario bruto. Y agregó, en declaraciones a Radio Rivadavia: “Esta semana hay una reunión con las organizaciones sindicales, el Poder Ejecutivo y el Ministerio para terminar de ordenarlo; lo hablé con todas las personas que participan en las decisiones del Gobierno”.

El viernes último el Indec difundió el dato de inflación del mes de septiembre y, entonces, se supo que en el tercer trimestre del año –el período entre el mes del último reajuste en Ganancias y el mes pasado– la inflación fue de 22%.

En rigor, la actualización del ingreso más bajo para empezar a sufrir el descuento impositivo (el mínimo no imponible) se hace siguiendo la evolución de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte). Ese es el indicador que una ley que se aplica desde 2018 dispuso usar como referencia para la actualización de diferentes variables del esquema de Ganancias en cada mes de enero. La aceleración de la suba de precios y los consecuentes reacomodamientos salariales llevaron a que se dispusieran reajustes en otros meses del año: en 2021 fue una ley la que estableció la primera de esas actualizaciones, pero al mismo tiempo se le dieron facultades al Poder Ejecutivo para concretar esos reajustes.

Tal como informó la nacion semanas atrás, como la última vez que se tocó el ingreso base para la imposición (en junio), se consideró el valor del Ripte hasta marzo, para una nueva modificación se prevé que se tendrá en cuenta lo ocurrido con el índice a partir de abril. Lo dicho por Massa sugiere que se consideraría lo que pasó con el índice en el segundo trimestre del año, o bien su variación hasta julio. Si se toma la evolución del Ripte hasta junio, la nueva cifra sería de $327.291. Si, en cambio, se considera la variación hasta el séptimo mes del año, entonces el nuevo umbral debería fijarse en $344.700. Y, en caso de tomarse la suba del Ripte hasta agosto (último dato difundido), entonces no deberían tributar quienes tengan una remuneración de hasta $360.368, siempre en bruto.

La ley 27.617, impulsada el año pasado por Massa en el Congreso, complejizó el cálculo del impuesto y llevó a que se generaran distorsiones. Esto es porque, para lograr que menos asalariados pagaran Ganancias, se recurrió a fijar un mecanismo de deducciones especiales y se decidió no modificar (ni facultar al Poder Ejecutivo para que lo haga) los valores de la tabla que, en función de rangos de ingresos, define qué alícuota paga cada persona cuyos ingresos quedan gravados.

El dato a mirar, por otra parte, para saber si alguien está o no sujeto a la carga fiscal, no es solo el de la remuneración de cada mes, sino también el del salario bruto promedio de un lapso determinado. Ahora, por ejemplo, pagan quienes tienen en el mes en cuestión una remuneración superior a los $280.792, si es que también se cumple esa condición en el sueldo promedio del período iniciado en junio. Para saber si el aguinaldo queda alcanzado, en cambio, se mira el valor de la remuneración promedio de todo el año.

La actualización del salario más bajo sujeto a Ganancias también implica un reajuste al esquema por el cual para los salarios ubicados dentro de un cierto rango se aplican deducciones incrementadas respecto de las que rigen regularmente (las deducciones son montos que se descuentan del ingreso sobre el que se calcula el impuesto y, por tanto, si son más altas alivian la carga). Hoy ese rango es de $280.792,01 a $324.182. Con la nueva actualización, ese rango pasaría a ser de entre $327.290 y $377.866, de entre $344.700 y $397.966 o de entre $360.453 a $416.152, dependiendo de si se considera el Ripte hasta junio, hasta julio o hasta agosto.

Lo que se conoció ayer sobre el nuevo cambio (faltan los detalles de la implementación y las cifras exactas) generó algunas observaciones. Para el contador César Litvin, CEO de Lisicki, Litvin & Asociados, “resulta prioritario reformular todas las deducciones (mínimo no imponible, cargas de familia) y actualizar los montos de las escalas de alícuotas”, ya que la totalidad del esquema impositivo se ve afectado por la erosión provocada por la inflación.

“La medida, más allá de resultar insuficiente considerando que representa un incremento del 47% sobre el monto vigente desde enero de 2022, será bienvenida por los asalariados”, consideró Marcelo Rodríguez, de MR Consultores, quien agregó, sin embargo, que “la medida resulta injusta y vulnera los principios de igualdad y equidad para quienes tienen remuneraciones mayores a $330.000”, que no se verán impactados. Además, consideró que sí se resolverían inconsistencias que se habían generado con respecto a la imposición sobre el aguinaldo, dada la forma en que se calcula la carga sobre ese concepto.

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