La
solicitud para la condonación de deudas podrá realizarse hasta el 16 de marzo,
mientras que la adhesión a la moratoria y los beneficios para contribuyentes
cumplidores se extienden hasta el 31 de marzo.
La
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
otorgó hoy más tiempo para que los contribuyentes puedan acceder a los
beneficios previstos en la ley de Alivio Fiscal, tanto para los pedidos de
condonación de deudas como para la adhesión a la moratoria y
los beneficios previstos para contribuyentes cumplidores.
La
ley de alivio fiscal contempla un conjunto de medidas para acompañar a los y
las contribuyentes en el proceso de recuperación económica, y la extensión de
los plazos está prevista en la Resolución General 5157/22 que será publicada en
el Boletín Oficial.
De
esta manera, la AFIP decidió que la solicitud para la condonación de deudas
inferiores a $100.000 podrá realizarse hasta el 16 de marzo, mientras que la
adhesión a la moratoria y los beneficios para contribuyentes cumplidores se
extienden hasta el 31 de marzo.
La
condonación de deudas pueden solicitarla entidades y organizaciones sin fines de
lucro como clubes de barrio, cooperativas de trabajo y escolares, bibliotecas
populares y organizaciones comunitarias.
También
abarca deudas inferiores a $100.000 de monotributistas y otros pequeños
contribuyentes, y de micro y pequeñas empresas que cuentan con el Certificado
MiPME.
Para
ingresar su solicitud los interesados deberán ingresar a la página web de la
AFIP, dentro del servicio “Condonación de deudas - Título I - Ley 27.653” con
clave fiscal nivel de seguridad 3.
En
caso de que la AFIP detecte inconsistencias o la falta de alguno de los
requisitos necesarios para acceder al beneficio, las y los contribuyentes
podrán manifestar su disconformidad hasta el 16 de marzo, inclusive.
El
plan de regularización de deudas forma parte de los beneficios previstos en la
ley de alivio fiscal, y la adhesión está habilitada hasta el 31 de marzo
mientras que la primera cuota vencerá el 16 de abril de 2022 y las
subsiguientes los 16 de cada mes.
El
plan de facilidades de pago permite solicitar el beneficio por deudas
impositivas, aduaneras o de la seguridad social, incluidos intereses, multas y
demás sanciones firmes relacionadas, vencidas al 31 de agosto de 2021,
inclusive.
Por
otra parte, los deudores en concurso preventivo podrán adherirse a la moratoria
hasta el 31 de marzo de 2022, inclusive.
En
cuanto a los contribuyentes cumplidores tendrán tiempo hasta el 31 de marzo
para acceder a los distintos beneficios establecidos en la ley de alivio
fiscal, y en el caso de los monotributistas podrán acceder a la eximición del
componente impositivo del pago mensual que se efectuará a partir del período
fiscal mayo de 2022.
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