A
la espera de cerrar los últimos detalles de las negociaciones con el Fondo Monetario Internacional (FMI), se confirmó
que el ministro de Economía Martín Guzmán irá
al Congreso a
explicar el acuerdo. Se estima que el proyecto de ley ingresará al Poder
legislativo federal antes del próximo fin de semana. El martes primero de marzo
el presidente Alberto Fernández debe abrir las sesiones ordinarias y se espera
que pida un fuerte respaldo de la Asamblea Legislativa.
El
argumento central para incorporar en su derrotero esta modificación tiene su
raíz en una ecuación que recorre transversal todas las conversaciones entre el
ministro Guzmán y la negociadora Julie Kozack: la Casa Rosada ha conformado en
su propuesta una arquitectura futura de menores gastos y mayores ingresos. Esos mayores ingresos implicarían también un mejor control de las
divisas y su utilización, tanto a nivel impositivo como también cambiario. La
intención del Gobierno es avanzar en esta modificación hacia fines de este año,
previo trabajo mancomunado con el FMI. Según se desprende del documento que se
trabaja para ser enviado al Congreso, pretende “mejorar la efectividad y
equidad” del régimen de administración de flujos de capital, es
decir el ingreso y la salida de dólares financieros del país.
Con
respecto a esto, señala que la administración de la cuenta capital -de la cual
deriva el cepo cambiario, pero también las distintas ventanillas del tipo de
cambio financiero- “seguirá siendo un elemento clave de nuestro
conjunto de herramientas que requerirá una calibración continua en el marco de
circunstancias que según como evolucionan las circunstancias”.
Guzmán
señala que recientemente se ha dejado sin efecto ciertas regulaciones que
limitaban la negociación de títulos en divisas. Y sostiene en el documento que “…a medida que las condiciones se normalicen, intentaremos
flexibilizar las regulaciones sobre pagos a la importación para apoyar la
recuperación económica”.
Ahora
bien. Ligado a esto, avanza en la idea de impulsar la “supervisión y aplicación
de las medidas de control cambiario” mediante una mejor
recopilación de datos y un mejor seguimiento de las operaciones. También
promete al FMI una mejor coordinación entre los organismos pertinentes (BCRA,
AFIP, Aduanas) para optimizar la detección de fraudes.
Sin
embargo, va más allá cuando menciona “la introducción de la
autorización de multas administrativas para hacer más eficiente el marco de
sanciones y mejorar la oportunidad de aplicación de las medidas de control”.
Aquí
anuda entonces la propuesta de modificación al régimen penal cambiario que,
dice el documento, se presentará al Congreso a más tardar a fines de 2022. En
esa línea, la intención del Gobierno es también “examinar la posibilidad
de ampliar las facultades del BCRA para regular y supervisar un conjunto más
amplio de transacciones que afectan a la balanza de pagos de Argentina”.
Por
supuesto también el Gobierno abre una ventana de expectativa. Sostiene que se
tendrá en cuenta el diseño de una “hoja de ruta
estratégica” para el alivio gradual de los controles cambiarios
“definiendo las condiciones necesarias para su implementación y sus objetivos”.
Un
detalle no menor es la mención de un “plan de trabajo”, que “se preparará en
consulta con el personal del FMI, se basará en experiencias internacionales
relevantes y al mismo tiempo tendrá en cuenta factores específicos de
Argentina, incluido su perfil de deuda pública, cobertura de reservas y alto
grado de dolarización”.
Cambios comprometidos
El Régimen Penal Cambiario es el que aplica sanciones de
multa y prisión. La particularidad es que el BCRA actúa, hasta ahora, como un
juez de instrucción. Aquí es donde el Gobierno quiere darle mayor poder a la
entidad, para imponer control y castigo. Las infracciones a la normativa que
rige el control de cambios son sancionadas por la Ley 19.359 que data del año
1971.
Siempre
hablando en materia cambiaria, y desde el punto de vista de las personas y
empresas, según los especialistas, la responsabilidad en este rubro es de tipo
penal, es decir que la falta implica consecuencias con mayor rigor que una mera
multa administrativa.
Tal
como hoy está vigente, el incumplimiento del Régimen Penal Cambiario se
presenta como un “delito” y, como tal, los imputados son sometidos a un
tratamiento legal similar al que puede tener alguien que ha sido procesado por
un delito contra la propiedad, como robo o hurto. Por ejemplo, durante el
proceso de sustanciación del sumario penal cambiario, el Banco Central puede
imponer medidas de porte, como prohibir la salida del país, trabar embargos,
etc. De hecho, quienes son encontrados como organizadores y hasta aquellos que
participan de alguna maniobra, depende el caso, pueden ser denunciados por
asociación ilícita, una figura que ostenta una pena máxima de 10 años. Ligado a esto, muchas veces deriva en cargos por lavado de dinero,
evasión tributaria o intermediación financiera no autorizada.
Como
se dijo, el Régimen Penal Cambiario actual no solo sanciona a las personas
humanas que hubieran cometido una infracción, sino también a la empresa. Las
actividades que se sancionan pueden ir desde una negociación de cambio que se
haga sin intervención una de institución autorizada, declaraciones falsas
vinculadas con las operaciones de cambio, olvidos u omisiones a la hora de
rectificar las declaraciones producidas (o efectuar los reajustes
correspondientes), incluso operaciones que no se perfeccionen por la cantidad,
moneda o incluso la cotización, en los plazos y condiciones establecidos. Los especialistas sostienen que la multa se hace efectiva solidariamente
sobre el patrimonio de la compañía y de los directores, representantes legales,
mandatarios, gerentes o síndicos.
A
menudo sucede que, ante una infracción formal, como la omisión de liquidar en
el plazo previsto las divisas del cobro de una exportación, por más
insignificante que sea el monto, deriva en un sumario cambiario sobre el
apoderado de la empresa que firmó el boleto de cambio, el responsable del área
de comercio exterior, el presidente de la sociedad, y en algunos casos, todos
los miembros del directorio.
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