Por iProfesional
- El Gobierno avanzó con la puesta en marcha del nuevo régimen de fomento
a las exportaciones a partir del cual las grandes empresas que realicen
proyectos de inversión superiores a US$ 100 millones podrán disponer libremente
del 20% de las divisas obtenidas de las ventas al exterior.
La semana pasada
los ministerios de Economía y de Desarrollo Productivo crearon la Comisión
de Evaluación de Proyectos de Inversión, y establecieron una serie de
precisiones y definiciones concretas para esta clase de proyectos de inversión,
para exportación y ampliación de negocio existente.
De acuerdo a la
resolución conjunta 4/2021, estas precisiones tienen por objetivo "brindar
reglas claras y un marcado horizonte de la orientación de desarrollo productivo
del régimen".
Estas normas
complementarias del Régimen de Fomento de Inversiones para las
Exportaciones determinan que una inversión para la exportación es toda
aquella "que implique mejoras en la capacidad exportadora del solicitante,
independientemente de que dichas mejoras redunden, además, como resultado, en
una mejora de capacidades productivas en el mercado interno".
A partir de estas
definiciones, el régimen aplicará en los casos que un proyecto de
inversión no menor a u$s100 millones se realice para la ampliación de una
unidad de negocio ya existente en las actividades agroindustrial y
manufacturera.
Esta ampliación
debe incluir incorporación de maquinaria, tecnología o ampliación de planta que
impacte en un cambio de escala productiva, y una mejora tecnológica que
incremente la productividad de la empresa.
En el caso de las
actividades minera e hidrocarburífera, se considerará "toda inversión
de exploración, construcción y explotación, como así también toda incorporación
de maquinaria, tecnología o ampliación de planta que implique el aumento de la
capacidad productiva o la extensión de la vida útil de un establecimiento
minero e hidrocarburífero existente".
Los ministerios que
conducen Martín Guzmán y Matías Kulfas destacaron que "se
requiere prever un tratamiento diferenciado según el tipo de inversión de que
se trate, como también según el sector que se busque fomentar, lo cual es de
vital importancia, ya que ni el nivel de inversión inicial, ni el tiempo de
maduración de cada proyecto constituyen una unidad homogénea".
Por eso remarcaron
que "resulta primordial otorgar a la empresa la libertad necesaria para
ejecutar su proyecto de inversión según las necesidades de la misma, lo que
permite un mayor margen de maniobra para los beneficiarios, quienes mejor
conocen su propio proyecto".
A comienzos de
abril de este año, el Gobierno lanzó el Nuevo Régimen de Fomento de Inversiones
para las Exportaciones, que busca dar previsibilidad a la inversión extranjera
directa o a la nacional financiada con crédito externo, siempre destinadas a
incrementar las ventas externas.
El beneficio tendrá
una duración de 15 años y requiere la presentación de un plan de inversión no
menor a los US$ 100 millones, por lo que apunta en particular a proyectos de
las industrias de los hidrocarburos, automotriz, minera, foresto industrial o
agroindustrial, principalmente.
Libre
aplicación
El nuevo esquema
prevé que el 20% de las divisas obtenidas en las exportaciones vinculadas a
una nueva inversión serán de libre aplicación, y el tope máximo anual
es el equivalente al 25% del monto bruto de divisas ingresadas para el
proyecto.
El destino de esos
fondos podrá ser el pago de capital e intereses de pasivos en el
exterior, utilidades y dividendos de balances cerrados y auditados, y
repatriación de inversiones directas de no residentes.
La presentación de
proyectos de inversión deberá realizarse ante la nueva Comisión de
Evaluación de Proyectos de Inversión.
En el caso de
empresas extranjeras sin actividad en Argentina, una vez aprobado el proyecto
de inversión, deberán constituirse en el país.
Si los cobros de
las exportaciones no se aplicaran inmediatamente a los usos
previstos, los fondos podrán ser depositados hasta su utilización en cuentas en
el exterior de entidades financieras argentinas o en cuentas locales en moneda
extranjera en bancos argentinos.
El régimen se
aplica a nuevos proyectos o a iniciativas ya establecidas que busquen
ampliar su capacidad productiva a fin de exportar.
La resolución no
considera parte de este tipo de inversiones a las colocaciones financieras o de
portafolio; a la fusión o adquisición de empresas; o a la compra de cuotas o
acciones o participaciones societarias.
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