El Gobierno, a través de la Administración Federal de Ingresos Públicos
(AFIP), relanzó
los créditos a tasa 0% para monotributistas, por un
monto de hasta $150.000 dependiente de la categoría. Habrá un plazo de
seis meses para empezar a pagarlo y se podrá hacer en hasta 12 cuotas.
La medida ya fue
oficializada a través de un DNU publicado en el Boletín Oficial, que detalló la
"letra chica" de los beneficios para los monotributistas.
Desde la AFIP,
organismo que está a cargo de Mercedes Marcó del Pont, informó que la posibilidad de solicitar un Crédito a Tasa Cero estará
habilitada a partir de fines de agosto. La fecha sería a partir del
día 25.
Se aclaró que
quedarán excluidos automáticamente todos los que “perciban ingresos en relación
de dependencia o estén inscriptos en el Sistema Integral Previsional Argentino
(SIPA) como trabajadores autónomos”.
Podrán solicitar
este crédito quienes ya hayan recibido uno en el marco del programa similar que
se implementó el año pasado, siempre y cuando no se encuentren en mora en el
cumplimiento de sus obligaciones y que tampoco se encuentren con ejecución en
trámite, o se les hubiera ejecutado la garantía del Fondo de Garantías
Argentino (FoGAr).
En cambio, los que
recibieron un Crédito a Tasa Cero en el marco del Programa ATP y al momento de
solicitar este nuevo financiamiento se encontrasen en mora en el cumplimiento
del crédito 2020, “deberán destinar el monto del nuevo crédito a cancelar la
totalidad del monto adeudado y podrán gozar libremente del saldo, si quedara
remanente”.
Por otra parte,
hasta la cancelación total de la financiación, los beneficiarios no podrán:
Acceder al Mercado Único y Libre de Cambios
para realizar operaciones correspondientes a la formación de activos externos.
Concertar ventas en
el país de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o canjes de
títulos valores por otros activos externos o transferencias de los mismos a
entidades depositarias del exterior.
Para acceder al
programa, los interesados podrán postularse utilizando el servicio que pondrá a
disposición la Administración Federal de Ingresos Público (AFIP) en su sitio
web, a partir de la última semana de este mes.
Cómo serán los créditos a tasa 0% para
monotributistas
Créditos por hasta
$150.000 para más de 1 millón de monotributistas de todo el país.
Los créditos están
garantizados por el Ministerio de Desarrollo Productivo y se tramitarán a
través de la página web de la AFIP.
Los préstamos se
acreditarán en un solo desembolso en la tarjeta de crédito de cada
monotributista.
Los préstamos
contarán con 6 meses de gracia y la devolución se realizará en 12 cuotas sin
intereses.
El sistema
informará el monto máximo del crédito que depende de categoría de monotributo
al 30 de junio (antes de la recategorización)
Categoría “A”:
hasta $90.000
Categoría “B”:
hasta $120.000
Resto de las
categorías: hasta $150.000
¿Desde cuándo se puede solicitar los
créditos para monotributistas?
A partir de la
última semana de agosto los y las monotributistas podrán solicitar los Créditos
a Tasa Cero 2021 a través del sistema en la página web de la AFIP.
En la web de AFIP
se deberá ingresar con clave fiscal y elegir el servicio “Crédito Tasa Cero”.
En la web se
visualizará si el/la contribuyente califica para solicitarlo y el monto del
crédito que le corresponde de acuerdo a su categoría. Deberá seleccionar la
entidad financiera donde está emitida su tarjeta de crédito para finalizar el
trámite.
Quienes hayan
accedido a un Crédito a Tasa Cero el año pasado podrán tramitar un nuevo
préstamo en 2021. Cuando el solicitante se encuentre en situación de mora, la
entidad financiera destinará una parte del nuevo crédito a cancelar el saldo
adeudado del préstamo anterior.
Requisitos para
solicitar los créditos a tasa 0% para monotributistas
estar adheridos al
monotributo y cumplir las condiciones establecidas por el Ministerio de
Desarrollo Productivo
no percibir un
ingreso en relación de dependencia, ni jubilación, y no prestar servicios al
sector público (es decir, cuando al menos el 70% de su facturación fue emitida
a favor de jurisdicciones o entidades del sector público)
no estar en situación
3, 4, 5 o 6 en la central de deudores del Banco Central
los beneficiarios
no podrán acceder al mercado libre de cambio ni concertar operaciones de venta
en el país de títulos con liquidación en moneda extranjera, ni canjes de
títulos valores por otros activos externos o transferencias de los mismos a
entidades depositarias del exterior.
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