Por Francisco Jueguen - La AFIP informó ayer que les reclamará a 2000 empresas el reintegro de la ayuda que les brindó el Estado el año pasado –en medio de la cuarentena– para pagar salarios. El organismo considera que han incurrido en algún incumplimiento de las condiciones de acceso al programa, como la compra de dólares. La AFIP se rehusó a dar un perfil de las empresas involucradas. La AFIP informó ayer que, ante un supuesto “incumplimiento” de las condiciones de acceso –como la compra de dólares–, les reclamará a unas 2000 empresas la devolución de la ayuda estatal que recibieron para pagar salarios durante la cuarentena de 2020. En caso que decidan no reintegrar el aporte, la AFIP podría accionar judicialmente. Pese a que no fue directamente señalado por la AFIP –sí sugerido–, el acceso a los dólares financieros o a otros mecanismos para dolarizarse en vez de utilizar los recursos pagar sueldos habrían disparado la medida. Muchas empresas privadas buscan hace meses cubrirse de una futura expectativa de devaluación generada por la política económica gubernamental en momentos de elevada inflación (por arriba de la pauta oficial), un dólar planchado gracias a múltiples cepos, brechas cambiarias elevadas y volátiles, creciente emisión monetaria, nulo financiamiento externo, tasa de interés en pesos que no son reales y elevado gasto fiscal. Por otro lado, la decisión de las empresas privadas de pedir una ayuda estatal para el pago de salarios devino directamente de la crisis económica que generó la instalación oficial de una cuarentena estricta el año pasado por un período de tiempo prolongado. La iniciativa de la entidad que conduce Mercedes Marcó del Pont fue publicada a través de la Resolución General N°5035 y establece un mecanismo por el que las firmas que no cumplieron con las condiciones establecidas por el Comité de Evaluación y Monitoreo –que supervisaba el Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP)– deberán restituir los fondos correspondientes al salario complementario. El Estado invirtió más de $220.000 millones en el pago de ATP el año pasado. La AFIP rescató que el 99,35% de las empresas cumplieron. “Algún peso pesado hay”, contó una fuente sobre los 2000 “incumplidores”. Sin embargo, todos los consultados destacaron que aparecen grandes, medianas, y pequeñas empresas. La entidad se negó a dar información sobre el monto global que reclamará a las compañías y del perfil de las empresas imputadas. El ATP fue el principal plan oficial para sostener el pago de salarios en firmas privadas en la cuarentena estricta. El Gobierno había condicionado el acceso a este programa, entre otras cosas, a que las firmas beneficiadas no pudieran volcarse al mercado de cambios para adquirir dólares por un tiempo determinado ni tampoco operar a través del Contado con Liquidación o el llamado dólar MEP o Bolsa. A esto se sumaba la imposibilidad para la distribución de dividendos, la recompra de acciones y la posibilidad de transferir fondos a firmas establecidas en países no cooperantes. La AFIP aclaró que si no se ingresa en un plan de pagos podrá accionarse judicialmente contra la empresa. “Operada la caducidad –situación que se pondrá en conocimiento del empleador a través de su Domicilio Fiscal Electrónico–, este Organismo quedará habilitado para disponer el inicio de las acciones judiciales tendientes al cobro del total adeudado”, dijo la resolución. El organismo informó que las firmas que reciban una notificación de AFIP tendrán un plazo de 15 días hábiles para reintegrar las sumas percibidas mediante un plan de pagos a través del servicio “Mis Facilidades”. Todavía no se definió cuándo comenzarán a enviarse las notificaciones las empresas. La financiación contempla un pago a cuenta del 20% de la deuda consolidada y hasta cinco cuotas mensuales, iguales y consecutivas, a excepción de la primera, que incluirá los intereses financieros desde el día de la consolidación del plan hasta su vencimiento. La tasa efectiva mensual será del 2%. “Los procedimientos de control realizados a partir de distintas fuentes de información provistas por el Banco Central y la Comisión Nacional de Valores permitieron determinar la caducidad del beneficio para unos 2000 empleadores”, informó la AFIP y aclaró: “Las firmas serán notificadas por el organismo para reintegrar los recursos y podrán hacerlo a través de un plan de pagos”. “El Programa ATP representó un esfuerzo inédito del Estado argentino que permitió amortiguar el impacto económico de la pandemia del Covid-19 y las medidas dispuestas para garantizar los cuidados”, señaló el organismo. Los criterios para acceder y conservar los beneficios previstos en el Programa ATP fueron establecidos en su momento por el Comité de Evaluación y Monitoreo que encabezó la Jefatura de Gabinete, que conduce Santiago Cafiero, junto con la AFIP y los ministerios de Economía, Desarrollo Productivo y Trabajo. Allí estuvieron involucrados entonces Marcó del Pont, Martín Guzmán, Matías Kulfas y Claudio Moroni. “La normativa del Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa ATP también establecía que los beneficiarios no podían adquirir títulos valores en pesos para su posterior e inmediata venta en moneda extranjera o su transferencia en custodia al exterior y tampoco realizar erogaciones de ninguna especie a sujetos relacionados directa o indirectamente con el beneficiario cuya residencia, radicación o domicilio se encuentre en una jurisdicción no cooperante o de baja o nula tributación”, recordaron.
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