La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció ayer que flexibilizará las condiciones de los planes permanentes de pago para los empleadores que desarrollen actividades críticas. A través de esta medida, el organismo contempla beneficiar a 109.000 contribuyentes. “Estamos abocados a llevar alivio a los sectores más afectados para sostener el empleo y la actividad. La flexibilización de algunas condiciones de los planes permanentes de pago es una respuesta favorable a pedidos específicos realizados por distintas cámaras empresarias que desarrollan actividades críticas”, expresó la directora de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont. A través de la resolución 4992/2021, publicada en el Boletín Oficial, el ente recaudador suspendió el requisito que establece que las cuotas mensuales de los planes permanentes de pago no pueden superar 25% del ingreso mensual de cada contribuyente. El objetivo de la normativa es colaborar con la recuperación de los sectores más afectados por la pandemia de coronavirus. En total, la medida beneficiará a alrededor de 109.000 empleadores que podrán acceder a mejores condiciones en los planes de pago para regularizar deudas por un monto cercano a $40.000 millones. El beneficio adicional será de aplicación exclusiva para los empleadores que, al 19 de abril pasado o al momento de adhesión al plan, estén registrados como actividad principal en aquellos rubros afectados “en forma crítica”, según el programa Repro II. La flexibilización estará vigente hasta el 31 de agosto. A su vez, la AFIP extendió hasta fines de agosto la vigencia de los beneficios en materia de tasas de interés, cantidad de cuotas y calificación de riesgo para los planes permanentes de pago de deuda administrativa o judicial. En ese sentido, los beneficios consisten en permitir obtener hasta 10 planes de pago y un máximo de 8 cuotas para las pymes, con una tasa de interés máxima del 3% mensual. En cambio, sin la extensión, las empresas podrían acceder a un máximo de planes de entre 2 y 6, con un tope de entre 4 y 8 cuotas, y una tasa de interés que surgiría de la calificación del riesgo SIPER. La medida responde a pedidos específicos efectuados por distintas cámaras Se podrán obtener hasta 10 planes de pago y un máximo de 8 cuotas para pymes |