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La Corte interviene y apura una resolución del conflicto por las clases presenciales
ABC Mercado de Cambios S.C. comunica sobre la fuente de la siguiente nota:
Texto informativo: 20/04 - 07:45 La Nación
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Por Hernán Cappiello - La Corte Suprema de Justicia aceptó ser el árbitro de la batalla política entre la Casa Rosada y el gobierno porteño por las clases presenciales. En plena escalada de tensión, con los colegios de la ciudad abiertos a pesar de la prohibición establecida en el DNU del jueves pasado, el tribunal avisó que resolverá el caso esta semana en un “proceso sumarísimo”.

Los jueces aceptaron su competencia originaria para tratar la demanda de inconstitucionalidad radicada por el jefe de gobierno, Horacio Rodríguez Larreta. La Ciudad insiste en que la Nación no puede imponerle medidas en materia de educación. Y celebró ayer como un triunfo que se hubiera sostenido el dictado de clases presenciales en gran parte de las escuelas de la ciudad, al amparo del fallo que dictó anteayer la Cámara en lo Contencioso Administrativo porteña.

El presidente Alberto Fernández defendió el decreto que suspendió la presencialidad. “Si hacemos política con la pandemia, condenamos a los argentinos. Yo no voy a cargar con eso en mi conciencia”.

En medio de la tensión entre la Nación y la ciudad de Buenos Aires, la Corte Suprema de Justicia se declaró competente y avanza con la medida cautelar que presentó Horacio Rodríguez Larreta para dejar sin efecto y declarar inconstitucional el decreto de Alberto Fernández que suspendió las clases presenciales en el área metropolitana de Buenos Aires por 15 días.

El máximo tribunal dijo que el caso es de “competencia originaria” de la Corte y corrió vista de la acción de inconstitucionalidad al Poder Ejecutivo Nacional para que conteste los argumentos esgrimidos por la administración de Rodríguez Larreta.

Estableció que la demanda se realizará mediante un “proceso sumarísimo”, es decir, muy rápido, que está previsto en el Código Procesal Civil y Comercial. Para eso, le corrió traslado de la demanda por el plazo de cinco días al Estado nacional, de lo que notificó a la Jefatura de Gabinete de ministros. La decisión de la Corte se tomó con la disidencia del jueza Elena Highton de Nolasco, que ya tiene dicho en otras ocasiones que los casos de la Ciudad contra la Nación o las provincias no son de competencia originaria de la Corte.

Cuando la Nación responda –lo que seguramente hará de inmediato–, la Corte estará en condiciones de decidir. Es posible que esta semana se concrete esta definición de la Corte Suprema de Justicia.

Escenarios múltiples

En paralelo, la Sala IV de la Cámara en lo Contencioso Administrativo de la Justicia porteña suspendió anteayer el efecto del decreto presidencial, aún sin declararlo inconstitucional. Ese fallo nadie puede apelarlo porque las partes son los padres de alumnos que iniciaron la demanda, la Ciudad –que es la demandada– y la fiscalía. Los tres están de acuerdo en que haya clases presenciales.

El Gobierno dijo que ese fallo era un “mamarracho” y un “estrago jurídico”. Más allá de estas expresiones, la decisión de la Cámara en lo Contencioso Administrativo de la ciudad también fue cuestionada por constitucionalistas, porque entienden que como tribunal local es incompetente para suspender el efecto de un decreto nacional.

En un tercer escenario de esta batalla judicial entre la Ciudad y la Nación, el Estado nacional acudió a la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal para conseguir un fallo –ahora sí del fuero federal– que respalde el decreto de Alberto Fernández.

Dos abogados de la Jefatura de Gabinete, Santiago Juan Manuel Herrera y Carolina Soledad Maidana, le reclamaron al juez contencioso administrativo federal Esteban Furnari que le pida a la Justicia de la ciudad que deje de seguir interviniendo y que declare nula la decisión tomada anteayer, que permitió el regreso de las clases presenciales.

En un escrito de 64 páginas, los funcionarios denunciaron un caso de “gravedad institucional y escándalo jurídico”, porque el fallo cuestionado “implica la suspensión en una jurisdicción local [la Justicia porteña] de normas de naturaleza federal [el decreto de Alberto Fernández), inaudita parte [sin escucharlos], afectando el poder de policía sanitaria en el marco de una emergencia sanitaria internacional”.

Los abogados dijeron que la Ciudad eligió el foro local y no le dio intervención a la Nación, y señalaron que el decreto del Presidente que suspende las clases presenciales provee “medidas razonables y proporcionadas con relación a la amenaza y al riesgo sanitario que enfrenta nuestro país” y que “se adoptan en forma temporaria, toda vez que resultan necesarias para proteger la salud pública”.

El cuarto escenario paralelo es el que activó la oposición: Patricia Bullrich presentó otro amparo en la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal con la esperanza de que otro juez le dé la razón y suspenda el decreto de Fernández. Por otro lado, Jorge Macri, intendente de Vicente López, ya presentó un nuevo amparo en la Justicia provincial para habilitar las clases presenciales en su distrito.

Macri ya había intentado un amparo en la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal, pero el Juzgado Federal Nº 2 en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo se declaró incompetente para entender en la acción presentada, por considerar que debe instaurarse exclusivamente contra la provincia de Buenos Aires, y ordenó la remisión a la jurisdicción de San Isidro para su sorteo. Lo mismo ocurrió en San Martín.

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