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Monotributo: por la desactualización de las escalas más contribuyentes corren el riesgo de tener que pagar IVA y Ganancias
ABC Mercado de Cambios S.C. comunica sobre la fuente de la siguiente nota:
Texto informativo: 03/03 - 07:22 Infobae.com
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Por Ximena Casas - En su discurso ante del Congreso, el presidente Alberto Fernández pidió que se apure el tratamiento de la ley que propone reformas y actualiza las escalas del Monotributo, que aún no tiene fecha definida. Mientras tanto, se mantienen sin actualizar las mismas escalas de 2020, lo que impacta en los contribuyentes que por su nivel de facturación deben pasar al régimen general.

En caso de prosperar el proyecto, los monotributistas que se encuentran en situación de exclusión podrán permanecer en el régimen simplificado si al 31 de diciembre de 2020 sus ingresos no superaron el 25% del límite superior previsto en la máxima categoría. También está previsto que aquellos que se hubieran excluido voluntariamente puedan reingresar si cumplen la pauta porcentual señalada.

Pero el principal problema es que mientras se demora el tratamiento, las escalas siguen desactualizadas. “El problema con la demora en tratar las modificaciones del monotributo es que el atraso en la actualización de los montos máximos de ingreso no es algo que viene de principio de este año. La última vez que se actualizaron estos importes fue en enero 2020, es decir que vienen con un atraso de 14 meses de inflación”, señaló Florencia Fernández Sabella, especialista en impuestos del estudio Laún, Fernández Sabella & Smudt.

“Además, el monotributo mira solamente los ingresos brutos, es decir, el importe de las ventas sin descontar gastos. Entonces, el monotributista que tiene un comercio y que por efecto de la inflación debe subir sus precios queda expulsado del régimen cuando quizás en realidad cada vez gana menos”, agregó.

Hoy, de acuerdo a la normativa vigente, cuando se supera el monto máximo de ingresos, el monotributista debe pasarse al régimen general (y debe comenzar a tributar IVA y Ganancias). Sin embargo, hasta el 1º de abril de 2021 están suspendidas las bajas de oficio en la AFIP. Esto significa que, hasta esa fecha, el organismo va a permitirles a los monotributistas permanecer en el monotributo si no pasaron al régimen general por su propia voluntad.

Pero los especialistas advierten que cuando se levante la suspensión, a partir de abril, la baja de oficio va a ser retroactiva al día en que el monotributista superó el monto máximo de ingresos. El monto máximo de ingresos anuales para permanecer es de $1,7 millones (categoría F) para prestación de servicios y $2,6 millones (categoría K) para venta de bienes.

“Para esos casos el proyecto de monotributo tiene soluciones depende de si el exceso fue hasta el 25% del máximo o más. El peligro en la demora está en que el 25% de ese monto fijo, a medida que corren los meses y la inflación acumulada va creciendo, cada vez representa menos en términos reales”, agregó la especialista.

Según el proyecto, si excede el límite superior de facturación la máxima categoría del monotributo, el contribuyente podrá acceder al “procedimiento transitorio” de acceso al régimen general. En este caso, se les permitirá computar el IVA comprendido en las compras vinculadas a su actividad y un importe adicional en concepto de crédito fiscal presunto.

Los “mecanismos puente” para acceder al régimen general previstos son:

- Procedimiento permanente de acceso al régimen general: podrán computar el IVA discriminado en las compras de bienes, locaciones o servicios vinculadas con la actividad en los 12 meses anteriores al cambio de régimen.

- Régimen voluntario de promoción tributaria del régimen general: que tiende a promover la exclusión voluntaria de los contribuyentes. Los que accedan a esta opción gozarán de una reducción escalonada del débito fiscal liquidado durante los 3 primeros años del 50%, 30% y 10 por ciento.

A diferencia de lo que sucedió en los años anteriores, en 2021 aún no hubo actualización de las escalas que determinan cuánto debe pagar cada monotributista según su nivel de facturación. Los contribuyentes deben recategorizarse cada año, en enero y julio, de acuerdo con la facturación que tuvieron en los 12 meses previos. Este año, debieron hacerlo con las mismas escalas que estaban vigentes en enero de 2020.

“El principal problema de no actualizar las tablas es que eso, sumado a la imposibilidad de las exclusiones de oficio y sumado a que la inflación de los bienes y servicios es superior a la que muestra el Índice de Precios al Consumidor (IPC), el combo es explosivo”, señaló el tributarista Iván Sasovsky.

“El Gobierno termina siendo víctima de su propia medicina, dado que al suspender la ley de movilidad jubilatoria se suspenden las actualizaciones y, más allá de los monotributistas reales, el Estado necesita del régimen para mantener millones de contratos de locaciones de servicios que tienen los distintos niveles de gobierno con esa forma precarizada de tener empleados en negro”, agregó. Y anticipó que el problema puede derivar en una moratoria o un nuevo plan de pagos.

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