Viernes 15 - A partir del primer día de octubre que viene el nuevo piso del Impuesto
a las Ganancias aumentará a $1.770.000 mensuales.
El Gobierno
oficializó la modificación del impuesto a las Ganancias, para que desde octubre lo paguen las
personas con salarios superiores a $1,7 millones y aclaró cómo deberá
liquidarse la segunda cuota del aguinaldo.
A través del
decreto 473/2023 el Poder Ejecutivo aclaró que la decisión resultará de
aplicación para las remuneraciones y/o haberes que se devenguen a partir del 1º
de octubre de 2023, inclusive.
Impuesto a las
Ganancias: ¿cuándo comienza a regir el nuevo mínimo no imponible?
El nuevo mínimo no
imponible del Impuesto a las Ganancias comenzará a partir
del primer día de octubre.
¿Cuál será el
mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias a partir de octubre 2023?
Con la
actualización, el nuevo mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias que
regirá desde octubre 2023 será de $1,7 millones. Se trata del equivalente a 15
salarios mínimos, vitales y móviles.
¿Quiénes ya no
pagarán impuesto a las Ganancias?
A partir de la
elevación del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias dejarán de pagar
todos aquellos salarios que estén por debajo de los $1,7 millones brutos.
Quedarán exentos
policías, maestros, médicos y jubilados. En tanto, seguirán pagando
funcionarios públicos y jubilaciones de privilegio.
Sólo pagarán los
mayores ingresos superiores a 15 salarios mínimos. Esto es 90 mil
contribuyentes, menos del 1% del total de empleados del país.
¿Son
retroactivos los cambios en el Impuesto a las Ganancias?
Las modificaciones
dispuestas en el Impuesto a las Ganancias regirán desde octubre y no serán
retroactivas. Es decir que lo que ya pagaste no será devuelto.
¿Cómo se
actualizará el Impuesto a las Ganancias en 2024?
El Gobierno envió
un proyecto al Congreso para que la actualización del mínimo no imponible de
Ganancias se actualice de forma automática manteniendo la relación de los 15
salarios mínimos.
¿Qué pasa con los
salarios de septiembre con los cambios del Impuesto a las Ganancias?
El decreto 415 y la
resolución de la AFIP 5402, que lo reglamenta, establecieron una suba del 35%
de los valores mínimo y máximo de cada uno de los escalones de la tabla que,
según rangos de ingresos, define la alícuota que se aplica en cada caso.
Eso se dispuso con
vigencia desde enero último y, por tanto, generó la necesidad de un recálculo
del impuesto correspondiente a los meses del año ya transcurridos. La
diferencia entre lo efectivamente descontado y el monto del tributo que resulta
de aplicar la escala con valores incrementados se devuelve en dos partes
iguales, con la liquidación de los salarios de agosto y septiembre. Por lo
tanto, está pendiente aún el reintegro de la mitad de esa diferencia, y eso
ocurrirá con el próximo cobro.
¿Cómo impactarán
en el aguinaldo los cambios en el Impuesto a las Ganancias?
En cuanto a
la segunda cuota del aguinaldo, que debe abonarse en
diciembre, el decreto dispone que deberá considerarse el importe que surja de
aquellos 15 salarios mínimos y el promedio del segundo semestre calendario de
la remuneración y/o haber bruto.
¿Qué pasará con
quienes sigan pagando impuesto a las Ganancias?
Por otra parte, se
encomendó a la AFIP a incrementar los importes de la escala progresiva del
impuesto, con efectos para el período comprendido desde la entrada en vigencia
de este decreto y hasta los montos percibidos al 31 de diciembre de 2023,
inclusive.
Eso se decidió
"a los fines de reducir el monto de las retenciones de los sujetos que
obtengan los ingresos mencionados y que superen el importe previsto en el
decreto, con el objetivo de asegurar la progresividad del tributo, evitando de
esta forma que su carga neutralice la política salarial adoptada", explicó
la Casa Rosada.
El decreto señaló
que se elevará a consideración del Congreso un proyecto de ley "en línea
con lo dispuesto en esta medida a fin de dejar establecidas con jerarquía de
ley las políticas tributarias aquí impulsadas".
|