A través de una
resolución de la Secretaría de Hacienda se establece la implementación de un nuevo procedimiento digital para el pago
de obligaciones fiscales con Volante
Electrónico de Pago (VEP) a favor de la Administración Federal de Ingresos
Públicos(AFIP).
El nuevo
procedimiento se basa en la automatización del envío de las
órdenes de cancelación de los VEP a través de la Cuenta Única del Tesoro (CUT). Esto significa que los
contribuyentes y/o responsables ya no tendrán que realizar el
pago manualmente, sino que lo harán de forma automática a través de sus cuentas bancarias.
Dicha resolución
establece que la implementación del nuevo procedimiento se realizará por
etapas: En la primera, que ya está en vigencia, se automatizó el pago de
las obligaciones fiscales en concepto de retenciones impositivas y
previsionales.
Y en la segunda,
que entrará en vigencia el 1 de enero de 2024, se
automatizará el pago de las obligaciones fiscales en concepto de aportes y
contribuciones a la seguridad social.
Una vez que se
complete la implementación del nuevo procedimiento, el procedimiento aprobado a
través de la resolución 242/2013 de la Secretaría de Hacienda continuará
vigente para casos de contingencia, como así también para el pago de las
obligaciones fiscales que se abonan por fuera de la gestión CUT y aquellas
no alcanzadas por el presente despliegue.
En concreto, la
norma establece lo siguiente:
-Los contribuyentes
y/o responsables que se encuentren obligados a cancelar sus obligaciones
impositivas, de los recursos de la seguridad social y aduaneras mediante
transferencia electrónica de fondos, deberán observar el nuevo procedimiento para el pago de obligaciones fiscales con VEP a
favor de la AFIP a través de la CUT.
-El nuevo
procedimiento se basa en la automatización del envío de las órdenes de
cancelación de los VEP a través de la CUT.
-La implementación
del nuevo procedimiento se realizará por etapas.
-La primera etapa
ya está en vigencia y se ha automatizado el pago de las obligaciones fiscales
en concepto de retenciones impositivas y previsionales.
-La segunda etapa
entrará en vigencia el 1 de enero de 2024 y se automatizará el pago de las
obligaciones fiscales en concepto de aportes y contribuciones a la seguridad
social.
-Conceptos que se
habilitan para el procedimiento de pago automático de VEP en gestión CUT:
-Impuesto al Valor
Agregado (IVA) Responsable
Sustituto: responsable sustituto, rectificativas e intereses.
-Aportes y
Contribuciones a la Seguridad Social: intereses punitorios e intereses resarcitorios.
-Retención Sistema
Único de la Seguridad Social (SUSS) - códigos 1, 6, 10 y 11: intereses -punitorios, intereses
resarcitorios, multas y rectificativas.
-Retención Sistema de Control de
Retenciones (SICORE)
Impuesto a las Ganancias - código 4:
-intereses punitorios,
intereses resarcitorios, multas y rectificativas.
-Retención Impuesto
a las Ganancias Art. 79 -
código 47: intereses punitorios, intereses resarcitorios, multas y
rectificativas.
-Retención Sistema
Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE) IVA - código 5: intereses punitorios, intereses
resarcitorios, multas y rectificativas.
-Retención Impuesto
a las Ganancias Beneficiarios del Exterior - código 12: intereses punitorios, intereses resarcitorios, multas
y rectificativas.
-Multas en General.
-Obligaciones
Aduaneras: anticipos de pago de
tributos aduaneros.
|