La AFIP extendió hasta el 10 de julio próximo el
plazo para que los contribuyentes puedan inscribirse en el Régimen de
Regularización Tributaria, a través del cual se puede solicitar la condonación
de las deudas fiscales y de la seguridad social vencidas hasta el 31 de octubre
de 2022.
La incorporación a
ese Régimen estaba prevista, originalmente, hasta el 15 de junio, pero el ente
recaudador formalizó su prórroga a través de la Resolución General 5376/2023,
publicada este jueves en el Boletín Oficial.
"En orden a
facilitar y garantizar que aquellos contribuyentes que cumplan con las
condiciones previstas accedan al régimen de regularización, se estima
aconsejable extender hasta el 10 de julio de 2023, inclusive, el plazo para
interponer la respectiva solicitud", de acuerdo con el texto oficial.
AFIP: cómo
acceder a beneficio para regularizar deudas
Se trata de un plan
que incluye la posibilidad de solicitar la condonación para obligaciones
vencidas hasta el 31 de octubre del año pasado, sus intereses resarcitorios y/o
punitorios, multas y demás sanciones, incluidas aquellas que se encuentren en
proceso de fiscalización, así como a las deudas en discusión administrativa,
contencioso-administrativa o judicial.
El beneficio puede
solicitarse por única vez y la solicitud no podrá ser rectificada cuando las
obligaciones a condonar se encuentren validadas.
A través de otra
Resolución General -del 16 de mayo último- la AFIP había establecido los
requisitos, el procedimiento, los plazos y las demás formalidades que deben
observar el Estado Nacional, las provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y los municipios, incluidos los organismos públicos, para acceder al Régimen,
que fue creado en la Ley de Presupuesto Nacional de este año.
En esa norma, se
dispuso que los contribuyentes puedan gestionar la incorporación al régimen
hasta el 15 de junio de 2023 (fecha extendida ahora hasta el 10 de
julio) debiendo a tal efecto acreditar su calidad de sujetos alcanzados por el
beneficio de condonación y manifestar el compromiso de regularización de su
situación fiscal, así como de desistimiento de los procesos judiciales en
curso.
AFIP: Cuáles son
los requisitos
Para solicitar la
adhesión al beneficio, los sujetos alcanzados deberán poseer Domicilio Fiscal
Electrónico, haber presentado la totalidad de las declaraciones juradas
determinativas e informativas vencidas hasta la fecha de solicitud del
beneficio y tener la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) activa sin
limitaciones.
También tendrán que
tener actualizado el código de la actividad desarrollada de acuerdo con el
"Clasificador de Actividades Económicas (CLAE) - Formulario N° 883" y
no registrar baja en impuestos por omisión en la presentación de declaraciones
juradas. |