Por Emiliano
Galli - La disposición del Gobierno de obligar a las empresas que
contratan fletes a contar con una SIRASE aprobada para, recién entonces, poder tramitar
la fecha de pago al exterior en el Mercado Único y Libre de Cambios
(intervenido con un parking de 90 días) está provocando serios problemas en el
comercio exterior.
El SIRASE es
el Sistema de Importaciones de la República Argentina y Pagos de Servicios
al Exterior y a través del cual se tramitan los permisos para
importar.
En primer lugar, es
abrumadora la mayoría de SIRASEs rechazadas u observadas, cumpliendo así la
lógica oficial de postergar al máximo en el tiempo el giro de divisas.
En segundo lugar, y
lo que reviste de mayor gravedad, es que los operadores de transporte y agentes
de carga advierten que la medida se está aplicando de manera retroactiva,
abonando argumentos respecto de su inconstitucionalidad.
El
Banco Central, en la mira de las empresas por cepo a las importaciones
Eduardo Pereyra,
presidente de la agencia de cargas internacionales Airsealand, explicó que
tenía pedidos de acceso al MULC con toda la documentación presentada al banco
para antes de la publicación de la comunicación "A" 7771 del Banco
Central.
"Estábamos ya
para calendarizar (fijar la fecha de transferencia) y el Banco Central publica
la norma. Recibimos el llamado del banco que nos decía que tenía que analizar
la nueva comunicación. Luego de unos días, nos confirman que necesitábamos presentar la SIRASE por
esas operaciones", contó.
"Están
modificando el contrato de transporte con posterioridad a su
realización. El contrato ya estaba cumplido, perfeccionado e
informado. Y por una nueva burocracia, nosotros incumplimos compromisos
con el exterior. Es muy grave", subrayó.
La retroactividad
de la medida se verifica en prácticamente todos los operadores consultados, y
se repite la situación: operaciones en las que se presentó en el banco la factura
del agente o la factura comercial, se adjuntó el conocimiento de embarque (que
otorga titularidad de la mercadería y habilita su retiro de la terminal) e
incluso el pedido de transferencia y acceso al MULC, que era un procedimiento
automático antes del cambio normativo.
Lucas Bianchi, CEO
de Interborders, también forwarder, confirmó la situación: "Por más que la
mercadería embarcada haya salido de origen al momento de la publicación de la
norma, todos los bancos están comenzaron a exigir SIRASE".
"La comunicación no habla de nuevos embarques, por lo que todo lo que no haya sido transferido
"Lo peor es la
ambigüedad: los bancos te dicen que presentes
SIRASE y que, si no
sale, por algo será… Los extra costos en terminales, para todos los que tenían
operaciones en curso, y no los pueden cancelar desde el exterior, no los van a
poder evitar", concluyó.
Desde la mesa de
Cambios de uno de los principales bancos que operan en comercio exterior se
limitaron a explicar que "se estableció un Comité de Revisión de
Operaciones y Área técnica" para hacer este seguimiento. "Se van
a establecer pautas, no genéricas, sino por operaciones", agregaron.
Para especialistas, el Banco Central no puede aplicar medidas
retroactivas
No obstante, los
abogados consultados expertos en comercio exterior y derecho aduanero se
concentraron en la inviabilidad de la aplicación retroactiva de la norma.
Enrique Barreira,
miembro de la comisión redactora del Código Aduanero, subrayó, a priori, que
tanto las viejas DJAI como las SIMI y las actuales SIRA "son
inválidas porque no están autorizadas por ley del Congreso".
Al margen, recordó
que "por más autárquico que sea el Banco Central", no puede
sustraerse a la ley de Procedimientos Administrativos y a lo que indica el
artículo 5° del Código Civil y Comercial: "Las leyes rigen
después del octavo día de su publicación oficial, o desde el día que ellas
determinen". "La
jurisprudencia aplica este principio a las normas inferiores", acotó.
"Hay un
principio básico: toda persona tiene que saber qué norma rige para poder
manejar sus decisiones. Si no puedo decidir porque el Gobierno me va a
aplicar algo retroactivo, que además es limitativo, me está quitando el derecho
en el momento en que obré", reflexionó.
Consultado por
eventuales pedidos de cautelares o reclamos, Barreira limitó mayores
comentarios: "Hay temor".
Por su parte, Juan Sluman,
abogado especializado en derecho aduanero y del comercio internacional,
advirtió que la "aplicación retroactiva de la norma" podría
encuadrarse como inconstitucional "porque viola derechos ya
adquiridos".
"Puede
invocarse el artículo 7 del Código Civil y Comercial que dispone que no
pueden tener efecto retroactivo si afectan los derechos adquiridos: el
artículo 17 de la Constitución Nacional consagra la inviolabilidad del derecho
de propiedad, que aplica a los derechos emergentes de las normas anteriores"
sobre las operaciones de transporte ya cursadas.
A su vez, el doctor en Derecho Alejandro Perotti manifestó
que "la retroactividad sólo puede ser aplicada cuando la propia norma
lo establece explícitamente, y siempre que no afecte derechos adquiridos".
En el caso de la
comunicación del Central, su punto 2 deroga la excepción que tenían los
servicios de flete de contar con una SIRASE aprobada para acceder al MULC,
"excepción que no rige desde la fecha de la comunicación (18 de mayo) sino
desde que fue publicada en el Boletín Oficial (24 de mayo) porque no se
estableció su vigencia retroactiva", fundamentó Perotti.
La frustración por
"lo escandaloso" de toda la normativa vigente, y la evidente
configuración de inconstitucionalidad en la aplicación retroactiva no
derivaría, no obstante, en una lluvia de cautelares.
La naturalización de lo que en cualquier país serio sería un
"escándalo" tiene una única explicación: el
temor a la represalia oficial. |