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Cepo a las importaciones: el BCRA, en la mira de las empresas por una dura medida retroactiva
ABC Mercado de Cambios S.C. comunica sobre la fuente de la siguiente nota:
Texto informativo: 08/06 - 07:28 IProfesional
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Por Emiliano Galli - La disposición del Gobierno de obligar a las empresas que contratan fletes a contar con una SIRASE aprobada para, recién entonces, poder tramitar la fecha de pago al exterior en el Mercado Único y Libre de Cambios (intervenido con un parking de 90 días) está provocando serios problemas en el comercio exterior.

El SIRASE es el Sistema de Importaciones de la República Argentina y Pagos de Servicios al Exterior y a través del cual se tramitan los permisos para importar. 

En primer lugar, es abrumadora la mayoría de SIRASEs rechazadas u observadas, cumpliendo así la lógica oficial de postergar al máximo en el tiempo el giro de divisas.

En segundo lugar, y lo que reviste de mayor gravedad, es que los operadores de transporte y agentes de carga advierten que la medida se está aplicando de manera retroactiva, abonando argumentos respecto de su inconstitucionalidad.

El Banco Central, en la mira de las empresas por cepo a las importaciones

Eduardo Pereyra, presidente de la agencia de cargas internacionales Airsealand, explicó que tenía pedidos de acceso al MULC con toda la documentación presentada al banco para antes de la publicación de la comunicación "A" 7771 del Banco Central.

"Estábamos ya para calendarizar (fijar la fecha de transferencia) y el Banco Central publica la norma. Recibimos el llamado del banco que nos decía que tenía que analizar la nueva comunicación. Luego de unos días, nos confirman que necesitábamos presentar la SIRASE por esas operaciones", contó.

"Están modificando el contrato de transporte con posterioridad a su realización. El contrato ya estaba cumplido, perfeccionado e informado. Y por una nueva burocracia, nosotros incumplimos compromisos con el exterior. Es muy grave", subrayó.

La retroactividad de la medida se verifica en prácticamente todos los operadores consultados, y se repite la situación: operaciones en las que se presentó en el banco la factura del agente o la factura comercial, se adjuntó el conocimiento de embarque (que otorga titularidad de la mercadería y habilita su retiro de la terminal) e incluso el pedido de transferencia y acceso al MULC, que era un procedimiento automático antes del cambio normativo.

Lucas Bianchi, CEO de Interborders, también forwarder, confirmó la situación: "Por más que la mercadería embarcada haya salido de origen al momento de la publicación de la norma, todos los bancos están comenzaron a exigir SIRASE".

"La comunicación no habla de nuevos embarques, por lo que todo lo que no haya sido transferido

"Lo peor es la ambigüedad: los bancos te dicen que presentes SIRASE y que, si no sale, por algo será… Los extra costos en terminales, para todos los que tenían operaciones en curso, y no los pueden cancelar desde el exterior, no los van a poder evitar", concluyó.

Desde la mesa de Cambios de uno de los principales bancos que operan en comercio exterior se limitaron a explicar que "se estableció un Comité de Revisión de Operaciones y Área técnica" para hacer este seguimiento. "Se van a establecer pautas, no genéricas, sino por operaciones", agregaron.

Para especialistas, el Banco Central no puede aplicar medidas retroactivas

No obstante, los abogados consultados expertos en comercio exterior y derecho aduanero se concentraron en la inviabilidad de la aplicación retroactiva de la norma.

Enrique Barreira, miembro de la comisión redactora del Código Aduanero, subrayó, a priori, que tanto las viejas DJAI como las SIMI y las actuales SIRA "son inválidas porque no están autorizadas por ley del Congreso".

Al margen, recordó que "por más autárquico que sea el Banco Central", no puede sustraerse a la ley de Procedimientos Administrativos y a lo que indica el artículo 5° del Código Civil y Comercial: "Las leyes rigen después del octavo día de su publicación oficial, o desde el día que ellas determinen". "La jurisprudencia aplica este principio a las normas inferiores", acotó.

"Hay un principio básico: toda persona tiene que saber qué norma rige para poder manejar sus decisiones. Si no puedo decidir porque el Gobierno me va a aplicar algo retroactivo, que además es limitativo, me está quitando el derecho en el momento en que obré", reflexionó.

Consultado por eventuales pedidos de cautelares o reclamos, Barreira limitó mayores comentarios: "Hay temor".

Por su parte, Juan Sluman, abogado especializado en derecho aduanero y del comercio internacional, advirtió que la "aplicación retroactiva de la norma" podría encuadrarse como inconstitucional "porque viola derechos ya adquiridos".

"Puede invocarse el artículo 7 del Código Civil y Comercial que dispone que no pueden tener efecto retroactivo si afectan los derechos adquiridos: el artículo 17 de la Constitución Nacional consagra la inviolabilidad del derecho de propiedad, que aplica a los derechos emergentes de las normas anteriores" sobre las operaciones de transporte ya cursadas.

A su vez, el doctor en Derecho Alejandro Perotti manifestó que "la retroactividad sólo puede ser aplicada cuando la propia norma lo establece explícitamente, y siempre que no afecte derechos adquiridos".

En el caso de la comunicación del Central, su punto 2 deroga la excepción que tenían los servicios de flete de contar con una SIRASE aprobada para acceder al MULC, "excepción que no rige desde la fecha de la comunicación (18 de mayo) sino desde que fue publicada en el Boletín Oficial (24 de mayo) porque no se estableció su vigencia retroactiva", fundamentó Perotti.

La frustración por "lo escandaloso" de toda la normativa vigente, y la evidente configuración de inconstitucionalidad en la aplicación retroactiva no derivaría, no obstante, en una lluvia de cautelares.

La naturalización de lo que en cualquier país serio sería un "escándalo" tiene una única explicación: el temor a la represalia oficial.  

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