El ministro de
Economía, Sergio Massa, dispuso que el medio aguinaldo quedará exento del
impuesto a las Ganancias para
los salarios brutos de hasta $ 880.000.
Según informó el
Palacio de Hacienda en un comunicado, la medida beneficiará a más de medio
millón de trabajadores y trabajadoras de todo el país.
El proyecto de
decreto que aumenta la exención del inciso z del artículo 26 de la Ley de
Impuesto a las Ganancias implica que los sueldos anuales complementarios
estarán exentos de Ganancias si la remuneración mensual del trabajador no
supera los $ 880.000 brutos, lo que equivale a 10 veces el Salario Mínimo Vital
y Móvil.
Se trata de un
beneficio extraordinario por única vez para los trabajadores que pagan el
impuesto a las Ganancias, con el objetivo de que recompongan el poder
adquisitivo y proyectando que esta mejora del salario de bolsillo se traduce en
mayor consumo y actividad económica.
Aguinaldo: ¿Cuántos
trabajadores no pagarán Impuesto a las Ganancias?
La medida beneficia
a 513.000 trabajadores y trabajadoras de todo el país que se encuentran sujetos
a retenciones de Ganancias y registran salarios brutos mensuales de entre $
506.230 y $ 880.000.
En este sentido,
más del 50% de los trabajadores que hoy pagan el impuesto están alcanzados por
el beneficio.
La medida dispuesta
por Massa implica una mejora de bolsillo promedio por empleado que supera los $
110.000 ($ 112.600), y un incremento sobre el sueldo mensual promedio de
bolsillo del 26%.
En el caso del
aguinaldo, la retención del impuesto se va calculando mes a mes.
Por esto, la medida
propone devolver lo retenido para estos salarios en dos cuotas mensuales,
iguales y consecutivas, junto con el cobro de las remuneraciones mensuales
devengadas en junio y julio.
Para ello, los
empleadores deberán exponer la devolución en un renglón separado del recibo de
sueldo, identificando claramente el beneficio de la medida.
Aguinaldo: Alivio
fiscal a los trabajadores, sector por sector:
-El alivio fiscal
definido por Massa alcanzará a:
-92.640
trabajadores y trabajadoras de la industria manufacturera
-72.598 de la
enseñanza
-56.059 de
intermediación financiera y servicios de seguro
-43.570 de
servicios de transporte y almacenamiento
-41.633 de
información y comunicaciones
-33.682 de salud
humana y servicios sociales
-29.110 de comercio
al por mayor y por menor y reparación de vehículos automotores
-28.501 de
exploración de minas y canteras
-19.669 de la
construcción
-18.161 de
servicios de asociaciones y servicios personales
-16.923 de
suministros de electricidad, gas, vapor y aire acondicionado
-14.582 de policía
y fuerzas de seguridad
-13.770 de
servicios profesionales, científicos y técnicos
-12.552 de
actividades administrativas y servicios de apoyo
-8.376 de
suministros de agua, cloacas, gestión de residuos y recuperación de materiales
-4.515 de
agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca
-3.092 de servicios
artísticos, culturales, deportivos y de esparcimiento
-2.236 de servicios
de alojamiento y de comida
-1.013 de servicios
inmobiliarios
-318 de servicios
de organizaciones y órganos extraterritoriales. |