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La Corte inhabilitó a Uñac y advirtió sobre el riesgo de las reelecciones sin límite
ABC Mercado de Cambios S.C. comunica sobre la fuente de la siguiente nota:
Texto informativo: 02/06 - 07:33 La Nación
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Por Hernán Cappiello - La Corte Suprema emitió ayer un fallo de alto impacto político por el que inhabilitó al gobernador de San Juan, el peronista Sergio Uñac, a competir por otro mandato y advirtió sobre el riesgo que implica para el sistema republicano la ausencia de límites a las reelecciones.

La sentencia abunda sobre el papel que puede tener la Corte para decidir sobre la organización política de las provincias. Y proyecta un mensaje sobre casos que el tribunal podría tratar en breve, como la demanda contra el nuevo intento reeleccionista de Gildo Insfrán, que gobierna Formosa desde 1995.

En uno de sus párrafos, el fallo rechaza los “experimentos institucionales” que “intentaron forzar, en algunos casos hasta hacer desaparecer, los principios republicanos” que establece la Constitución. Lo firmaron Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Carlos Rosenkrantz, que registró un voto aparte.

La Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional la postulación del gobernador de San Juan, Sergio Uñac, que aspiraba a un nuevo mandato. El máximo tribunal dictó un fallo de alto impacto, con duras advertencias sobre las reelecciones, que proyecta su mensaje sobre otros casos. La Corte tiene que resolver si toma una demanda contra la reelección indefinida de Gildo Insfrán, quien gobierna desde hace 28 años y que fue habilitada por la Constitución de Formosa, pero cuestionada en la Justicia.

El fallo de la Corte sobre San Juan fue firmado por los jueces Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Carlos Rosenkrantz, que hizo un voto aparte con su argumentos.

El juez Ricardo Lorenzetti no votó. Tampoco había intervenido cuando la Corte dictó la medida cautelar que suspendió los comicios en la provincia, hace tres semanas.

Ahora, la Corte dictó la sentencia definitiva en ese caso y se pronunció en el mismo sentido que el dictamen del procurador interino Eduardo Casal, que sostuvo que la candidatura de Uñac violaba el artículo 175 de la Constitución de San Juan.

Ese artículo establece que el gobernador y el vicegobernador “duran cuatro años” en sus cargos y “pueden ser reelegidos consecutivamente hasta dos veces”. Uñac pretendía ir por su cuarto mandato consecutivo: cumplió uno como vicegobernador y después dos como gobernador.

“La historia política de la Argentina es trágicamente pródiga en experimentos institucionales que, con menor o mayor envergadura y éxito, intentaron forzar, en algunos casos hasta hacerlos desaparecer, los principios republicanos que establece nuestra Constitución. Ese pasado debería desalentar ensayos que, como el aquí examinado, persiguen el único objetivo de otorgar cuatro años más en el ejercicio de la máxima magistratura”, dijeron los jueces de la Corte.

Maqueda y Rosatti escribieron, en la parte final de su voto, que habían decidido “hacer lugar a la demanda y declarar que el señor Sergio Uñac se encuentra inhabilitado por el artículo 175 de la Constitución provincial para ser candidato a gobernador para el nuevo período que comienza el 10 de diciembre de 2023.

Rosenkrantz fue más duro. Habló directamente de los riesgos de caer en una “autocracia“y dijo que darle la razón a Uñac supone “la habilitación para una reelección potencialmente indefinida pues siempre podría ser reelecto para el cargo que no posee, lo que, como se dijo, colisiona con la forma republicana de gobierno, según la establece la Constitución nacional”.

Rosenkrantz dice que, de ser elegido, Uñac podría cumplir 16 años ininterrumpidos en los más altos cargos provinciales. Y afirma: “No existe duda de que habilitar que una persona se desempeñe durante dieciséis años ininterrumpidos en los más altos cargos provinciales impone un costo intolerablemente alto a los valores que encarna el sistema republicano”.

Siguiendo el criterio sentado en varios precedentes, en el sentido de resguardar la forma republicana de gobierno en materia electoral provincial, la Corte Suprema entendió que la reelección de Uñac en un cuarto mandato es contraria a la pauta del sistema republicano de gobierno.

La Corte declara que es necesario congeniar el federalismo y la defensa de las autonomías provinciales con la Constitución.

En ese sentido, las provincias tienen autonomía para gobernarse con sus propias decisiones, pero la Corte debe preservar el sistema republicano y resguardar los procedimientos democráticos, “impidiendo abusos de las autoridades que buscan reelecciones indefinidas”.

La Corte dijo que falló teniendo en cuenta el precedente de Río Negro, donde impidió la reelección de Alberto Weretilneck, advirtiendo que “la pauta republicana” implica “desalentar la posibilidad de perpetuación en el poder, al darle sentido a la noción de periodicidad de los mandatos”. Y aclaró que la vigencia del artículo 5 de la Constitución nacional “presupone de manera primordial la periodicidad y renovación de las autoridades”.

Todas estas ideas de la Corte, que recogió en su dictamen el procurador, señalan un camino sobre la posición del tribunal cuando deba decidir sobre Insfrán, siempre y cuando decida que tiene competencia originaria y que no es un asunto de la Justicia local.

Rosenkrantz fue severo. Escribió que es “un rasgo fundamental del sistema republicano de gobierno la existencia de mecanismos para evitar la concentración del poder y, en última instancia, evitar la dominación u opresión por parte de los gobernantes”. Citando a Alberdi, sostuvo que la reelección “desnaturaliza el gobierno republicano” porque induce a la perpetuidad”. Señala que los gobernadores “gozan de una importante preeminencia frente a eventuales competidores electorales” y eso rompe las “condiciones generales de igualdad”.

“La influencia en la composición del Poder Judicial local y de los órganos de control, el manejo de los fondos públicos, el control de la agenda política y legislativa, entre otros factores […] se traduce en una significativa concentración de poder que erosiona la separación de poderes y rompe las ‘condiciones generales de igualdad’”, señaló.

Y fue más duro cuando sostuvo que “tolerar la consolidación de esta situación supone romper el equilibrio que debe regir entre la libertad de la provincia de San Juan para permitir que sus ciudadanos elijan al candidato de su preferencia –a quien ya pudieron elegir en tres oportunidades consecutivas– y las características definitorias del sistema republicano”.

“Llegado cierto punto, la reelección para sucesivos mandatos de una persona en el ejercicio de un cargo público de la naturaleza de la gobernación o vicegobernación conlleva el riesgo de que el pueblo deje de ser debidamente representado por sus elegidos y que el sistema de gobierno se asemeje más a una autocracia que a una democracia”, escribió el juez, dejando en claro su punto de vista para el futuro.

Advirtió el juez que las degradaciones del sistema republicano son progresivas, graduales y a veces imperceptibles para los ciudadanos y “la Constitución nacional debería contrarrestarlos”.

“Es esta una amarga lección que hemos aprendido en nuestra república: el colapso del sistema republicano no siempre es el producto de un acto único e identificable, sino que también puede ser la culminación de una declinación paulatina, un progresivo debilitamiento de sus bases, que llega al punto final y visible para todos cuando gran parte del daño es total”, dijo el magistrado.

“La reelección en diversos mandatos sucesivos lleva el riesgo de que el sistema de gobierno se asemeje más a una autocracia que a una democracia”, dijo el juez Rosenkrantz

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