Por Hernán
Cappiello - La Corte Suprema emitió ayer un fallo de alto impacto político por
el que inhabilitó al gobernador de San Juan, el peronista Sergio Uñac, a
competir por otro mandato y advirtió sobre el riesgo que implica para el
sistema republicano la ausencia de límites a las reelecciones.
La sentencia abunda
sobre el papel que puede tener la Corte para decidir sobre la organización
política de las provincias. Y proyecta un mensaje sobre casos que el tribunal
podría tratar en breve, como la demanda contra el nuevo intento reeleccionista
de Gildo Insfrán, que gobierna Formosa desde 1995.
En uno de sus
párrafos, el fallo rechaza los “experimentos institucionales” que “intentaron
forzar, en algunos casos hasta hacer desaparecer, los principios republicanos”
que establece la Constitución. Lo firmaron Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda
y Carlos Rosenkrantz, que registró un voto aparte.
La Corte Suprema de
Justicia declaró inconstitucional la postulación del gobernador de San Juan,
Sergio Uñac, que aspiraba a un nuevo mandato. El máximo tribunal dictó un fallo
de alto impacto, con duras advertencias sobre las reelecciones, que proyecta su
mensaje sobre otros casos. La Corte tiene que resolver si toma una demanda
contra la reelección indefinida de Gildo Insfrán, quien gobierna desde hace 28
años y que fue habilitada por la Constitución de Formosa, pero cuestionada en
la Justicia.
El fallo de la
Corte sobre San Juan fue firmado por los jueces Horacio Rosatti, Juan Carlos
Maqueda y Carlos Rosenkrantz, que hizo un voto aparte con su argumentos.
El juez Ricardo
Lorenzetti no votó. Tampoco había intervenido cuando la Corte dictó la medida
cautelar que suspendió los comicios en la provincia, hace tres semanas.
Ahora, la Corte
dictó la sentencia definitiva en ese caso y se pronunció en el mismo sentido
que el dictamen del procurador interino Eduardo Casal, que sostuvo que la
candidatura de Uñac violaba el artículo 175 de la Constitución de San Juan.
Ese artículo
establece que el gobernador y el vicegobernador “duran cuatro años” en sus cargos
y “pueden ser reelegidos consecutivamente hasta dos veces”. Uñac pretendía ir
por su cuarto mandato consecutivo: cumplió uno como vicegobernador y después
dos como gobernador.
“La historia
política de la Argentina es trágicamente pródiga en experimentos
institucionales que, con menor o mayor envergadura y éxito, intentaron forzar,
en algunos casos hasta hacerlos desaparecer, los principios republicanos que
establece nuestra Constitución. Ese pasado debería desalentar ensayos que, como
el aquí examinado, persiguen el único objetivo de otorgar cuatro años más en el
ejercicio de la máxima magistratura”, dijeron los jueces de la Corte.
Maqueda y Rosatti
escribieron, en la parte final de su voto, que habían decidido “hacer lugar a
la demanda y declarar que el señor Sergio Uñac se encuentra inhabilitado por el
artículo 175 de la Constitución provincial para ser candidato a gobernador para
el nuevo período que comienza el 10 de diciembre de 2023.
Rosenkrantz fue más
duro. Habló directamente de los riesgos de caer en una “autocracia“y dijo que
darle la razón a Uñac supone “la habilitación para una reelección
potencialmente indefinida pues siempre podría ser reelecto para el cargo que no
posee, lo que, como se dijo, colisiona con la forma republicana de gobierno, según
la establece la Constitución nacional”.
Rosenkrantz dice
que, de ser elegido, Uñac podría cumplir 16 años ininterrumpidos en los más
altos cargos provinciales. Y afirma: “No existe duda de que habilitar que una
persona se desempeñe durante dieciséis años ininterrumpidos en los más altos
cargos provinciales impone un costo intolerablemente alto a los valores que
encarna el sistema republicano”.
Siguiendo el
criterio sentado en varios precedentes, en el sentido de resguardar la forma
republicana de gobierno en materia electoral provincial, la Corte Suprema
entendió que la reelección de Uñac en un cuarto mandato es contraria a la pauta
del sistema republicano de gobierno.
La Corte declara
que es necesario congeniar el federalismo y la defensa de las autonomías
provinciales con la Constitución.
En ese sentido, las
provincias tienen autonomía para gobernarse con sus propias decisiones, pero la
Corte debe preservar el sistema republicano y resguardar los procedimientos
democráticos, “impidiendo abusos de las autoridades que buscan reelecciones
indefinidas”.
La Corte dijo que
falló teniendo en cuenta el precedente de Río Negro, donde impidió la
reelección de Alberto Weretilneck, advirtiendo que “la pauta republicana”
implica “desalentar la posibilidad de perpetuación en el poder, al darle
sentido a la noción de periodicidad de los mandatos”. Y aclaró que la vigencia
del artículo 5 de la Constitución nacional “presupone de manera primordial la
periodicidad y renovación de las autoridades”.
Todas estas ideas
de la Corte, que recogió en su dictamen el procurador, señalan un camino sobre
la posición del tribunal cuando deba decidir sobre Insfrán, siempre y cuando
decida que tiene competencia originaria y que no es un asunto de la Justicia
local.
Rosenkrantz fue
severo. Escribió que es “un rasgo fundamental del sistema republicano de
gobierno la existencia de mecanismos para evitar la concentración del poder y,
en última instancia, evitar la dominación u opresión por parte de los
gobernantes”. Citando a Alberdi, sostuvo que la reelección “desnaturaliza el
gobierno republicano” porque induce a la perpetuidad”. Señala que los
gobernadores “gozan de una importante preeminencia frente a eventuales
competidores electorales” y eso rompe las “condiciones generales de igualdad”.
“La influencia en
la composición del Poder Judicial local y de los órganos de control, el manejo
de los fondos públicos, el control de la agenda política y legislativa, entre
otros factores […] se traduce en una significativa concentración de poder que erosiona
la separación de poderes y rompe las ‘condiciones generales de igualdad’”,
señaló.
Y fue más duro
cuando sostuvo que “tolerar la consolidación de esta situación supone romper el
equilibrio que debe regir entre la libertad de la provincia de San Juan para
permitir que sus ciudadanos elijan al candidato de su preferencia –a quien ya
pudieron elegir en tres oportunidades consecutivas– y las características
definitorias del sistema republicano”.
“Llegado cierto
punto, la reelección para sucesivos mandatos de una persona en el ejercicio de
un cargo público de la naturaleza de la gobernación o vicegobernación conlleva
el riesgo de que el pueblo deje de ser debidamente representado por sus
elegidos y que el sistema de gobierno se asemeje más a una autocracia que a una
democracia”, escribió el juez, dejando en claro su punto de vista para el futuro.
Advirtió el juez
que las degradaciones del sistema republicano son progresivas, graduales y a
veces imperceptibles para los ciudadanos y “la Constitución nacional debería
contrarrestarlos”.
“Es esta una amarga
lección que hemos aprendido en nuestra república: el colapso del sistema
republicano no siempre es el producto de un acto único e identificable, sino
que también puede ser la culminación de una declinación paulatina, un
progresivo debilitamiento de sus bases, que llega al punto final y visible para
todos cuando gran parte del daño es total”, dijo el magistrado.
“La reelección en
diversos mandatos sucesivos lleva el riesgo de que el sistema de gobierno se
asemeje más a una autocracia que a una democracia”, dijo el juez Rosenkrantz |