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La Corte tiene más medidas de impacto electoral
ABC Mercado de Cambios S.C. comunica sobre la fuente de la siguiente nota:
Texto informativo: 29/05 - 07:46 La Nación
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Por Hernán Cappiello - Tres semanas después de suspender las elecciones en Tucumán y en San Juan, la Corte Suprema tiene en sus manos dos causas de impacto electoral: debe decidir si es posible la reelección indefinida de Gildo Insfrán como gobernador de Formosa y si Sergio Uñac puede presentarse a una nueva reelección en San Juan.

Sin plazos, el calendario electoral impone que se defina el mes próximo. Los jueces del tribunal quieren mantener la unidad ante las próximas decisiones.

Tras la suspensión de las elecciones en Tucumán y en San Juan, la Corte Suprema de Justicia aún tiene en sus manos dos causas de alto voltaje electoral: debe decidir si es posible la reelección indefinida de Gildo Insfrán como gobernador de Formosa y si Sergio Uñac puede presentarse a una nueva reelección en San Juan.

La Corte no tiene plazos para resolver, pero sí el calendario electoral. Formosa estableció que votará gobernador el 25 de junio y San Juan aún no fijó fecha, aunque se analiza votar en la primera quincena del mes de julio.

La Corte decidió suspender las elecciones en San Juan y en Tucumán al dictar una medida cautelar a pedido de dirigentes opositores. Entendió que era contradictorio con la Constitución local que Juan Manzur se presentara como candidato a vicegobernador pues superaba la veces que podía ser reelegido (ya había sido de manera consecutiva dos veces vicegobernador y dos veces gobernador) y entendió que Sergio Uñac no podía ir por un tercer mandato como candidato a gobernador.

Manzur renunció a su candidatura como vicegobernador de Tucumán y la Corte levantó la suspensión de las elecciones. Aún debe resolver el fondo del juicio en este caso.

Con respecto a San Juan, Uñac no se conformó con el fallo de la Corte. Pidió que se reviera su decisión y recusó a todos los jueces del máximo tribunal. La Corte rechazó la recusación y ahora debe decidir sobre el fondo del juicio, es decir, si puede o no puede ir a la reelección tras un mandato como vicegobernador y dos como gobernador de manera consecutiva.

La Corte es probable que termine por reafirmar lo que ya decidió en la medida cautelar y que rechace la pretensión de Uñac. Máxime si se considera que al resolver la medida cautelar la Corte estableció que estaba en juego el artículo 5 de la Constitución nacional, que establece que las provincias deben darse un sistema republicano de gobierno. Es inherente a este sistema la posibilidad de la alternancia en el poder.

San Juan argumenta que el caso de su provincia es diferente al de Tucumán, donde no se permite la reelección sucesiva del gobernador y vicegobernador sin que medie un mandato en el medio. Sostiene que en el caso de San Juan la Constitución prevé que “el gobernador y vicegobernador duran cuatro años en el ejercicio de sus funciones y pueden ser reelegidos consecutivamente hasta 2 veces”. Argumentaron que Uñac fue elegido vicegobernador en octubre de 2011 para cubrir el período 2011/2015. Que, posteriormente, en las elecciones de octubre de 2015, fue elegido gobernador para cumplir su primer mandato para el período 2015/2019. Dijeron que no hubo reelección porque venía de ser vice.

Luego, en las elecciones de octubre de 2019, tuvo “su primera reelección” como gobernador para el período 2019/2023 y ahora iría por su segunda reelección, según la provincia, autorizado por la Constitución sanjuanina.

La Corte Suprema, en cambio, entendió que el modo en que se dio la secuencia le impediría a Uñac ser candidato. Sostuvo que en este caso el mandato a vicegobernador entre 2011 y 2015 debe ser unificado con los últimos dos períodos como gobernador, por lo que con ese criterio Uñac no puede aspirar a otra elección.

La situación de Insfrán

Asimismo, hay un nuevo caso en la Corte, presentado contra la reelección indefinida que plantea la Constitución de Formosa y que permitió a Insfrán ser mandatario provincial desde 1995, durante 28 años, y ahora pretende ir por un octavo mandato.

El candidato a gobernador del radicalismo, el diputado Fernando Carbajal, presentó un recurso ante la Corte donde señala que es inconstitucional la Constitución provincial al permitir la reelección indefinida del gobernador. Aquí el caso es bien diferente a los de San Juan y de Tucumán, donde la Corte rechazó una interpretación amañada de las constituciones locales: en Formosa lo que se pretende es directamente declarar inconstitucional la Constitución provincial.

En la Corte se vive el caso de Formosa como un asunto diferente al de Tucumán y San Juan. En estos últimos casos votaron los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda. Ricardo Lorenzentti no votó. Estaba en Roma.

Fue la semana posterior al quiebre que se produjo en la Corte luego de que la mayoría de Rosatti, Rosenkrantz y Maqueda removieron al administrador Héctor Marchi, hombre de Lorenzentti. Marchi se convirtió en el principal testigo en el juicio político que el kirchnerismo impulsa contra todos los jueces de la Corte en el Congreso.

Tras esa ruptura, ahora la Corte busca volver a la paz interna, sin peleas. Y exhibe su acuerdo semanal donde los jueces se reúnen y debaten como una muestra de esa tolerancia. Ahora deben, con ese clima interno, analizar el caso de Formosa, donde ya en el pasado rechazó dos cuestionamientos sobre su sistema electoral.

La Corte tiene dicho que no pretende avanzar sobre las decisiones locales de las provincias y nunca llegó a declarar inválida una Constitución local. Además, existe un problema procesal: el pedido del radical Carbajal fue presentado antes de que Insfrán fuera formalmente ungido como candidato a gobernador, lo que ocurrió el lunes pasado. Solo esto bastaría para que la Corte rechace el asunto, dado que puede interpretar que cuando se planteó el problema aún no había un caso.

A su vez, el máximo tribunal cuenta en sus manos con un asunto más con impacto electoral: el planteo que hizo el intendente de Esteban Echeverría, Fernando Gray, sobre la legitimidad o no de la elección de Máximo Kirchner como presidente del PJ bonaerense. La Procuración dictaminó que debe rechazarse el recurso. La Corte no tiene previsto en principio pronunciarse sobre el asunto, a pesar de los temores que expresó el kirchnerismo. Sobre todo cuando Máximo Kirchner les avisó a algunos intendentes que convocará a elecciones partidarias entre diciembre de este año y marzo de 2024. Un dato político del que los jueces tomaron nota.ß

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