El Gobierno nacional
envió al Congreso un proyecto de blanqueo de
capitales que estará
dirigido a personas físicas, sucesiones indivisas y empresas. ¿Quiénes pueden
acceder, quiénes están excluidos y cuáles son los beneficios?
1. Cuáles son los
bienes comprendidos en el blanqueo
Los bienes
comprendidos en la iniciativa serán la tenencia de moneda nacional y/o
extranjera en el país y/o en el exterior, activos financieros, bienes
inmuebles, bienes muebles y demás bienes en el país y/o en el exterior,
incluyendo créditos, detallaron fuentes del Palacio de Hacienda. El proyecto
prevé la creación del régimen especial “Declaración Voluntaria del Ahorro
Argentino no Exteriorizado”.
2. Blanqueo: la iniciativa contempla la aplicación de 3 alícuotas
Cuando exista
repatriación aplicable sobre el monto exteriorizado al dólar Banco Nación (BNA)
5%, desde la
entrada en vigencia y hasta transcurrido el plazo de 120 días corridos
10%, para los
bienes declarados desde el vencimiento del plazo del punto anterior y hasta
transcurrido el plazo de 120 días corridos
20%, para los
bienes declarados desde el vencimiento del plazo del punto anterior y hasta
transcurrido el plazo de 120 días corridos.
3. Se incrementan
alícuotas para la exteriorización de los bienes del exterior
Cuando no exista
repatriación, que no podrá ser inferior al 10%.
4. Se establecerá un régimen simplificado con una alícuota
especial del 1,5%
Aplicable a
personas humanas que exterioricen tenencia de moneda nacional y/o extranjera y
el monto no supere el treinta y cinco por ciento (35%) de los ingresos anuales
promedio de los últimos 3 períodos fiscales y con un tope de hasta u$s50 mil.
5. ¿Cómo acceder y
quiénes están excluidos?
Para acceder al
régimen simplificado, la declaración voluntaria de la tenencia de moneda
nacional o de moneda extranjera requerirá la confección de una declaración
jurada meramente informativa que dé cuenta del monto exteriorizado.
Quedan excluidos
únicamente del Régimen Simplificado aquellos contribuyentes alcanzados por el
Aporte Solidario (se excluyen contribuyentes de alta capacidad contributiva).
- También quedan
excluidos funcionarios públicos y sus familiares directos.
- Se excluyen
sujetos declarados en estado de quiebra o sujetos condenados por delitos frente
a incumplimiento tributarios en la medida que exista sentencia firme y que la
condena no estuviera cumplida.
Proyecto de
blanqueo: cuáles son los beneficios
No se considerarán
incrementos patrimoniales no justificados por los bienes declarados, indica el
proyecto. Se liberará así a los sujetos comprendidos de toda acción civil,
comercial, penal tributaria, penal cambiario, penal aduanero e infracciones
administrativas que pudieran corresponder por los bienes declarados.
Por su parte, los
sujetos quedan liberados de los siguientes impuestos que hubieran omitido
declarar:
-Impuesto a las
Ganancias.
-Impuestos Internos
y al Valor Agregado.
-Impuestos Sobre los Bienes
Personales y de la contribución especial de cooperativas |