El Gobierno dispuso la creación de un régimen especial
denominado "Declaración Voluntaria del
Ahorro Argentino no Exteriorizado".
¿Quiénes podrán
acceder al nuevo blanqueo de capitales? personas humanas, sucesiones
indivisas y empresas (sujetos comprendidos en el art. 53 de la Ley de Impuesto
a las Ganancias). Quedan excluidos los sujetos que entre el primero
de enero de 2010 y la vigencia de la presente ley hubieran desempeñado funciones públicas y, también, sus cónyuges, los
convivientes, los padres y los hijos.
Además, se excluyen a aquellos sujetos declarados en estado de
quiebra sin posibilidad de continuar con la explotación, como así
también a los sujetos condenados por delitos frente a incumplimiento
tributarios en la medida que exista sentencia firme y que la condena no
estuviera cumplida.
Entre los bienes
comprendidos estará la tenencia de moneda nacional y/o extranjera en el país
y/o en el exterior, activos financieros, bienes inmuebles, bienes muebles y
demás bienes en el país y/o en el exterior (incluyendo créditos).
Entre los
beneficios se encuentra que no se considerarán incrementos
patrimoniales no justificados por los bienes declarados, y que se libera a los
sujetos comprendidos de toda acción civil, comercial, penal tributaria, penal
cambiario, penal aduanero e infracciones administrativas que pudieran
corresponder por los bienes declarados.
Además, los sujetos quedan liberados de los siguientes impuestos que
hubieran omitido declarar como, Impuesto a las Ganancias,
Impuestos Internos y al Valor Agregado, e Impuestos Sobre los Bienes Personales
y de la contribución especial de cooperativas. |