Domingo 14 - El Gobierno nacional anunció este domingo, como parte de un paquete de medidas económicas, la implementación de un plan de facilidades
de pago y alivio fiscal para las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes)
que tengan obligaciones fiscales vencidas y con una menor tasa de
financiamiento. Uno por uno, cuáles son lo nuevos beneficios.
Se resolvió poner
en vigencia un amplio programa de alivio fiscal y un "plan de facilidades de pagos para cancelar obligaciones
tributarias y de los recursos de la seguridad social vencidas hasta el 30 de
abril del corriente año".
La cartera
económica detalló que se trata de un stock de deuda a
regularizar por 456.063 millones de pesos, que
comprende a 656.121 contribuyentes, de los cuales el 48,1% son micro y pequeñas
empresas, el 11,5% son medianas y el 31,2% restante son pequeños contribuyentes
y monotributistas.
De acuerdo con el
tipo de deuda, el programa observó que el 54,6% corresponde a micro y pequeñas
empresas, medianas Tramo I y monotributistas y en cuanto a las deudas por tipo
de tributo, el 18% responde al Impuesto a las Ganancias, el 34% al Impuesto al
Valor Agregado, el 3% al Impuesto a los Bienes Personales y el resto a otros
gravámenes y tributos aduaneros.
AFIP: cómo es el
nuevo plan de pagos para Pymes
El plan de
facilidades de pago incluye a "las obligaciones impositivas y de los
recursos de la seguridad social -incluidos sus intereses y multas- vencidas al
30 de abril pasado, multas impuestas, cargos suplementarios por tributos a la
importación o exportación y liquidaciones de los citados tributos comprendidas
en el procedimiento para las infracciones, así como sus intereses, todo ello
conforme con lo previsto en el Código Aduanero -Ley N° 22.415 y sus
modificaciones- formulados hasta el 30 de abril del corriente año".
Al mismo tiempo, se
resolvió que el plan "incluya la deuda en discusión en sede administrativa-judicial
como así también la incluida en planes caducos hasta la vigencia de la presente
resolución general", en tanto que "no se permite la refinanciación de
planes vigentes y no se incluye los vencimientos de ganancias y bienes personales
-de personas humanas y sociedades- de diciembre de 2022".
En cuanto a las
características del programa, las Mipymes podrán
refinanciar sus deudas impositivas y aduaneras hasta 84 cuotas, mientras que
con las obligaciones con la Seguridad Social podrán hacerlo en 36 cuotas.
Por su parte, con
las deudas por retenciones y percepciones se podrán regularizar en 12 cuotas.
La tasa de interés
aplicable para este segmento de empresas será la equivalente al 60% del interés
resarcitorio. El programa quedará caduco en el caso de que los contribuyentes
registren 3 cuotas impagas a los 60 días.
Para las medianas
empresas del tramo I, las deudas impositivas y aduaneras podrán refinanciarlas
en 48 cuotas, los aportes a la Seguridad Social en 24 cuotas y las deudas por
Retenciones y Percepciones, en 6 cuotas.
En este caso la
tasa aplicable será equivalente al 60% del interés resarcitorio y el plan
quedará caduco con 2 cuotas impagas.
AFIP: cómo será
el alivio fiscal para contribuyentes
Para el resto de
los contribuyentes, que "incluye empresas que no tramitaron certificado de
Mipyme, Personas Humanas y Medianas Empresas Tramo II", podrán refinanciar
las deudas impositivas en 36 cuotas; los aportes a la Seguridad Social y las
obligaciones aduaneras en 18 cuotas; y las retenciones y percepciones en 3
cuotas, con una tasa equivalente al 100% del interés resarcitorio.
En este segmento no
se incluye a las Asociaciones Civiles y ONGs, ya que para estos casos se
aplicarán las condiciones previstas al Plan para Micro y Pequeñas Empresas.
Las autoridades
resolvieron que para todos los casos y categorías de contribuyentes, el
programa quedará caduco cuando se detecten operaciones de compra de dólar
Contado con Liquidación "desde la adhesión del Plan".
La AFIP también
dispuso un alivio fiscal para los planes vigentes de Mipymes con tasa Badlar y
recordó que "en el marco de la pandemia por Covid-19, se aprobó la Ley
27.653 que amplió la moratoria establecida en la Ley de Solidaridad Social y
Reactivación Productiva (27.541).
En este caso el
problema se potenció debido a que desde abril pasado se aplica la tasa Badlar
para bancos privados, que se encuentra en el orden de un 70% anual y debido a
eso los planes de pago a partir de ese mes tienen aumentos sustanciales,
afectando principalmente a las Mipymes.
Esta situación
disparó el reclamo de las entidades Pymes, entre ellas CAME, para que el Gobierno modifique esta situación y que
vuelva a subsidiar la diferencia de tasa.
Al anunciar este
cambio, desde Economía dijeron que esta medida generará "un alivio fiscal promedio del 50% de las cuotas mensuales de
planes de pago que pagan las Mipymes en el marco de la moratoria de la Ley
27.563".
El organismo
tributario ejemplificó que dentro de un plan vigente de 120 cuotas para una
deuda de 1.200.000 pesos, la cuota actual es de 71.500 pesos y con este nuevo
programa de alivio fiscal, la cuota será de 32.500 pesos, lo que representa un
ahorro de 55%.
Para un plan de 120
cuotas, con una deuda de 5.400.000 pesos, la cuota actual es de 336.000 pesos y
con el alivio fiscal, la cuota pasará a ser de 153.400 pesos, lo que representa
un ahorro del 54%.
En el caso de un
plan de 89 cuotas y para una deuda de 100.000 pesos, la cuota actual pasará de
5.600 pesos a 2.860 pesos lo que representa un ahorro de 49%.
Finalmente, para un
plan de 68 cuotas por 68.000 pesos y que paga actualmente 4.400 pesos, el nuevo
alivio lleva la cuota a 2.405 pesos, lo cual implica un ahorro de 45%. |