La Comisión Nacional de Valores (CNV) dispuso la implementación de nuevos
límites para las operaciones de compraventa de dólares financieros (MEP o Bolsa y Contado con
Liquidación, CCL), que no podrán realizarse si se tiene una caución deudora,
tanto en pesos como en dólares.
La medida fue
adoptada mediante la resolución general 959/2023, que ya fue
publicada este martes en el Boletín Oficial y tendrá plena vigencia a partir de
este martes, tras el feriado del 1° de mayo.
Las claves para
la nueva medida
1. Aquellos que
hayan tomado caución o pases NO podrán comprar dólar MEP o CCL. Para aquellos que normalmente compran CCL o MEP no cambia nada
respecto al viernes, excepto si se tiene una caución.
2. ALYCs no pueden
comprar MEP o CCL vía PPT sino que tendrán que ir a OTC o SENEBI.
Vale recordar que
el dólar SENEBI se trata de una rueda paralela al "dólar de
pantalla", que surge de la operación de compra y venta de bonos; y donde
operan los grandes jugadores, que pactan como compradores o vendedores un
precio para la transacción, independiente del que marca el mercado. Es decir,
una empresa que tiene pesos en la Argentina y necesita dólares para girar al
exterior, busca a otra empresa que necesita hacer lo inverso, tiene dólares
afuera y necesita pesos para el mercado local.
Esto es un acuerdo
entre privados. Los participantes pactan un precio por ese intercambio, que no
es público, sino que será de lo que surja de la oferta y la demanda entre las
partes, aunque en general el precio del intercambio suele ser más caro que el
valor del Contado Con Liquidación (CCL). |