En medio de
la tensión cambiaria en los mercados
paralelos del dólar, el
Banco Central (BCRA) aprobó este jueves nuevas medidas para financiar el pago
de la importación de servicios profesionales y de fletes entre empresas
vinculadas, al tiempo que
dispuso la autorización previa para el pago de intereses en deuda intra empresas, que
en conjunto representan una postergación de pagos en divisas por u$s 2.000 millones hasta fin de año.
En el caso de que
el acreedor sea una contraparte vinculada al deudor, se requerirá hasta fin de
año la autorización previa para acceder al mercado de cambios para
pagar servicios de intereses de deudas comerciales por importaciones de bienes y servicios y/o de préstamos financieros
con el exterior.
Complementariamente,
el Directorio del BCRA habilitó a las empresas a que
realicen imposiciones remuneradas por dólar oficial por el importe en pesos
equivalente a los intereses no cancelados o la utilización de
divisas de disponibilidad propia que apliquen al pago de compromisos cuando el
acreedor sea una contraparte vinculada.
La medida sobre el
acceso al mercado para cancelar importación de servicios no afecta al pago de
los servicios que actualmente están alcanzados por el impuesto PAIS, como las
plataformas de entretenimiento Netflix, Spotify,
Youtube, etc, que se seguirán realizando como en la actualidad.
Los servicios que
deberán abonarse a partir de los 60 (sesenta) días corridos desde la fecha de
aprobación de la declaración SIRASE son:
-S17. Servicios
jurídicos, contables y gerenciales.
-S18. Servicios de
publicidad, investigación de mercado y encuestas de opinión pública.
-S19. Servicios
arquitectónicos, de ingeniería y otros servicios técnicos.
-S22. Otros
servicios empresariales.
Para el acceso al
mercado para la cancelación antes de los 60 días será necesaria la conformidad
previa del Banco Central.
En el caso que los
pagos correspondan a contrapartes vinculadas del exterior por Servicios de
fletes u Otros servicios de transportes, el pago se concretará a partir de los
90 días corridos desde la fecha efectiva de prestación del servicio.
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