La Unidad de Información Financiera (UIF) incorporó modificaciones a los intercambios de información, que
incluyen solicitar a la autoridad judicial si la misma será para fines de
inteligencia o como elemento probatorio de una
causa.
De esta manera, a
través de la resolución 66/2023 publicada este
martes en el Boletín Oficial, la UIF avanzó en la optimización de los procesos de intercambio de información con
unidades análogas extranjeras.
La reforma se propone estandarizar los requerimientos cursados a pedido de
una autoridad judicial y mejorar la eficacia en los
intercambios con la incorporación de un modelo de
formulario, ajustando así la normativa local a los estándares internacionales aplicables en materia
de Prevención de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo.
¿En qué consiste
la medida?
La resolución que entrará en vigencia el 17 de mayo establece
que para cursar el pedido de información, se solicitará a la autoridad judicial competente
que indique si será empleada para fines de inteligencia o para
incorporar al proceso judicial como elemento
probatorio.
También se deberá
realizar una breve descripción de los hechos que motivan el
pedido, proporcionar datos que permitan la
identificación de las personas o bienes involucrados que sean
relevantes a los fines de la solicitud, y establecer el presunto vínculo con la
jurisdicción a la que pertenece el organismo requerido.
Este requerimiento
deberá ser efectuado mediante la “Planilla de Intercambio
de Información”, y enviada a través del formulario accesible desde la
página web de la UIF. |