Por Camila Dolabjian - Las restricciones a las importaciones para
limitar el acceso a los dólares del Banco Central se reflejan, en la práctica,
en una serie de demoras, trabas e inconvenientes administrativos con los que
las empresas se encuentran a la hora de hacer los trámites, especialmente desde
la implementación del sistema SIRA.
Un informe de la Unión Industrial Argentina muestra que el 84,4% de las
empresas aseguran que los plazos se alargaron al momento de obtener
autorizaciones para traer insumos.
El viernes, el Gobierno implementó cambios relacionados con el proceso
de aprobación de las importaciones de servicios. A través de una resolución
oficial, la AFIP y la Secretaría de Comercio introdujeron una serie de plazos
cuyo impacto será positivo en algunos aspectos y negativo en otros, de acuerdo
con los especialistas.
Esto se debe a que las solicitudes de las SIRASE –pagos de servicios–
hasta ahora no tenían un plazo de contestación establecido para el Estado. Por
lo tanto, si los organismos intervinientes no contestaban en un mes, los
trámites se caían, lo que provocaba problemas para las empresas.
Ahora, la AFIP y la Secretaría de Comercio tendrán la obligación de
contestar en un plazo no superior a 60 días corridos desde la carga de
información. Sin embargo, podrán ampliarlo hasta 120 días cuando “la
complejidad de la cuestión lo amerite”.
Si bien podría interpretarse como una buena medida para los
importadores, la resolución alarga, en la práctica, la aprobación de las
autorizaciones para importar. En el escenario previo a esta decisión, la
empresa perdía tiempo (30 días), pero podía volver a intentar pedir la
aprobación. A partir de este momento, podrían tener sus solicitudes congeladas
hasta un máximo de 120 días.
Por otro lado, las declaraciones juradas tendrán una mayor vigencia, de
90 días corridos desde la carga de información en SIRASE, y las que estén
aprobadas serán válidas por 30 días corridos desde que se adquirió ese estado.
Esto es una noticia positiva para las empresas.
“Lo positivo es que ya no se caen las SIRA a fin de mes, hay más plazo,
y que hay un límite para que la Secretaría de Comercio se expida. Lo negativo
es que es mucho el plazo que se establece, debería ser de 15 días. La
incertidumbre es si lo van a cumplir o si es más plazo y encima es todo igual.
Ante la escasez de dólares, con la sequía, parecería ser que la situación no va
a mejorar y esta medida es para extender aún más los plazos”, explicó Sebastián
Domínguez, consultor tributario.
La AFIP analiza, para determinar si aprueba la SIRA, la situación
tributaria del contribuyente a partir de la información disponible en sus
registros, para detectar incumplimientos de los deberes a su cargo o
irregularidades formales, el trámite iniciado quedará sin efecto. También
evalúa la capacidad económica financiera del sujeto mediante el Sistema de
Capacidad Económica Financiera, con el que algunas empresas han tenido
problemas en el pasado.
Por su parte, Comercio analizará las presentaciones efectuadas en los
sistemas de monitoreo y trazabilidad correspondientes, un criterio laxo que es
parte de la explicación de por qué la mayoría de los trámites se traban en esta
instancia.ß |