Sábado 17 - Por iProfesional - El proyecto de la ley
de Presupuesto 2023 incluye dos artículos clave. Por un lado,
establecen blanqueos de dólares para el pago
de importaciones de insumos y servicios destinados a procesos
productivos. Además, para la construcción de proyectos inmobiliarios
como también para la adquisición de viviendas usadas.
Las medidas, dispuestas en los artículos 71 y 72 del proyecto presentado
en el Congreso eran esperadas por la Cámara Inmobiliaria Argentina (CIA) o la
Confederación General Empresaria (Cgera).
Construcción e inmuebles
Tal como explicaron desde Télam, el artículo 71 establece una enmienda a
la ley 27.679 de blanqueo para la construcción, a los fines de incorporar
en esa normativa un permiso para la "la adquisición de un inmueble usado
que sea afectado: i) con destino exclusivo a casa-habitación del declarante de
los fondos y su familia, o ii) por un plazo no inferior a diez años, a la
locación con destino exclusivo a casa-habitación del locatario y su
familia".
Es decir, con esta modificación se permite que los fondos declarados en
el marco del vigente régimen
de blanqueo para la construcción sean también utilizados para la compra de
viviendas usadas.
El texto detalla, además, que en ambos casos, "su valor de
adquisición deberá resultar igual o inferior a dos veces el importe previsto en
el segundo párrafo del artículo 24 de la Ley de Impuesto sobre los Bienes
Personales, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, vigente al 31 de
diciembre del período fiscal inmediato anterior al de la mencionada
adquisición".
En los hechos, ese ítem implica que actualmente el valor de adquisición
del inmueble debe ser igual o inferior a US$ 399.547, cálculo que surge de
dividir el doble del importe previsto en Bienes Personales ($30 millones x 2)
sobre la cotización actual del dólar oficial ($150,17), valor que se actualiza
cada año.
El blanqueo para inmuebles usados era reclamado por las entidades del
sector, y en ese sentido el presidente de la Cámara Inmobiliaria Argentina
(CIA), Alejandro Bennazar, dijo a Télam que "va a dar grandes resultados y
generar un empuje muy fuerte en el mercado inmobiliario. Si hacemos la difusión
correspondiente esto va a dinamizar el mercado en gran manera".
"Las casas usadas que se compran, generalmente requieren
refacciones, con lo que también la medida tendrá un impacto sobre la actividad
de la construcción y rubros aledaños", agregó el titular de CIA.
Por su parte, en diálogo con Télam, el presidente de la Cámara
Argentina de la Construcción (Camarco), Gustavo Weiss, afirmó que la medida
"ayudará a dinamizar al sector inmobiliario que hoy está con muy poca
actividad, con cantidad de transacciones en sus mínimos históricos".
No obstante, advirtió que "desde el punto de vista de la industria
de la construcción esto va a hacer que haya dinero que se derive a comprar
viviendas terminadas y no a proyectos en construcción".
Por otro lado, el artículo 72 crea el "Régimen de Incentivo a la
Inversión y Producción Argentina", mediante el cual se podrá
"declarar de manera voluntaria" ante la Administración Federal de
Ingresos Públicos (AFIP) la tenencia de "moneda extranjera en el país y en
el exterior" dentro de un plazo de 360 días desde la entrada en vigencia
del Régimen.
Importaciones
A continuación, el texto especifica que los fondos "deberán
afectarse, únicamente, al giro de divisas por el pago de importaciones para
consumo, incluidos servicios, destinados a procesos productivos, no siendo
aplicable en estos casos el Sistema de Capacidad Económica Financiera
operativizado por la AFIP y debiendo dicho organismo implementar un esquema
específico de Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI) para estos
giros".
Según lo
especificado, el dinero declarado "deberá depositarse en una Cuenta
Especial de Depósito y Cancelación para la Inversión y Producción Argentina
(CeproAr)", y quedarán exentos de la posibilidad
de blanqueo los dólares provenientes de delitos como lavado de activos y
financiación del terrorismo.
Además del plazo de casi un año para el blanqueo, la medida fija un
impuesto especial cuya alícuota será del 5% de lo declarado si se hace dentro
de los primeros 90 días de creado el régimen; del 10% si se hace en los
siguientes 90 días; y del 20% si se realiza en los últimos 180 días.
Al respecto, el presidente de la Confederación General Empresaria
(Cgera), Marcelo Fernández, "celebró" la iniciativa y
destacó que la entidad "había puesto mucho énfasis en la necesidad de
colaborar con la escasez de divisas y poder blanquear esos dólares que están en
poder de empresas y empresarios".
"Ahora es necesario trabajar muy fuerte y los empresarios pymes
queremos ayudar a que levante la producción nacional y que el mercado interno
tenga el desarrollo que queremos con recuperación económica", agregó
Fernández.
Días atrás, Cgera le había acercado al secretario de Comercio,
Matías Tombolini, un proyecto en ese sentido para que las pymes puedan importar
insumos y maquinarias.
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